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Prólogo
La preocupación comunitaria por la mejora de las condiciones de trabajo, la salud y la seguridad de los
trabajadores está presente en todas las acciones políticas como componente social y económico. El progreso
económico y el social deben ir unidos.
El objetivo de la política que ha aplicado la Comisión en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo durante
los últimos treinta años ha sido reducir al máximo tanto los accidentes laborales como las enfermedades
profesionales.
Esta acción comunitaria en relación con la salud y la seguridad en el trabajo se ha llevado a cabo con arreglo al
artículo 137 (antiguo artículo 118 A) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. El Consejo ha adoptado en
torno a quince directivas, que los Estados miembros han incorporado en su mayoría a la legislación nacional.
Pero la elaboración de un amplio corpus legislativo y su transposición al Derecho nacional de los Estados miembros
constituyen las herramientas y no el objetivo de la Comisión. El objetivo final es la reducción de los accidentes de
trabajo y de las enfermedades profesionales. Se trata de evitar el sufrimiento de los trabajadores y de sus familias, los
problemas relacionados con la calidad del trabajo, con la reinserción social y las repercusiones económicas inducidas
que se manifiestan en la toda sociedad.
Por esa razón, con el fin de supervisar la eficacia de las medidas existentes, tanto de orden legislativo como de
otro tipo, la Directiva marco establece que las empresas elaboren una lista de los accidentes de trabajo que hayan
causado al trabajador una incapacidad laboral superior a tres días.
Sobre esta base, en 1990 se emprendió la labor de armonización a escala europea de los criterios y la metodología
que deberá aplicarse para el registro de los datos sobre los accidentes de trabajo. La presente publicación,
resultado de esta exhaustiva labor llevada a cabo en colaboración con los Estados miembros, es la metodología
final de las Estadísticas europeas de accidentes de trabajo, que incluye las herramientas armonizadas para
analizar las causas y circunstancias de los accidentes laborales (recopilación de datos, nomenclaturas, normas de
codificación). Los resultados permitirán mejorar el seguimiento de la aplicación de las directivas y, en su caso, su
adaptación a las nuevas necesidades y la instauración de nuevas políticas a escala comunitaria.
La presente publicación se dirige especialmente a las instituciones nacionales encargadas del registro y
tratamiento de los datos de accidentes de trabajo, como los institutos de estadística, los seguros y mutualidades y
los departamentos de prevención de accidentes y enfermedades profesionales. De manera general, será útil a los
técnicos y expertos del sector y a las empresas.
DG Empleo y Asuntos Sociales Eurostat
J.R. Biosca De Sagastuy M. Skaliotis
Jefe de Unidad D-5 Jefe de Unidad E-3
«Salud, seguridad e higiene «Educación, sanidad y
en el trabajo» otros sectores sociales»
4
Prefacio
El proyecto de armonización de las Estadísticas europeas de accidentes de trabajo (EEAT) comenzó en 1990 bajo
la coordinación conjunta de la Unidad E3 de Eurostat y la Unidad D/5 de la Dirección General de Empleo y Asuntos
Sociales (DG EMPL) con objeto de redactar una metodología para la recopilación de datos comparables en la
Unión Europea.
Esta labor tiene por objetivo la armonización de los criterios y métodos que se deben aplicar cuando se registren
los datos sobre accidentes laborales. Esta metodología se desarrolló en distintas fases como una técnica mejorada
que permite supervisar la aplicación de las medidas adoptadas con arreglo al artículo 137 (ex-artículo 118 A) del
Tratado con el fin de promover la mejora del entorno laboral y de proteger la seguridad y la salud de los
trabajadores.
La Directiva marco 89/391/CEE(1) relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de
la salud de los trabajadores en el trabajo, estableció, en efecto, en las letras c) y d) del artículo 9, la obligación para
los empresarios de elaborar una lista de accidentes de trabajo que impliquen para el trabajador una incapacidad
laboral superior a tres días, así como la obligación, de conformidad con las legislaciones o con las prácticas
nacionales, de elaborar informes sobre los accidentes de trabajo de los que hayan sido víctimas sus trabajadores.
En el mismo contexto, conviene también destacar que el Consejo, en sus Resoluciones de 21 de diciembre de
1987(2) y de 27 de marzo de 1995(3), pidió específicamente a la Comisión que le presentara propuestas para la
armonización de las estadísticas de accidentes de trabajo, y ulteriormente invitó a la Comisión a esforzarse en
llevar a buen fin los trabajos en curso sobre este ámbito. El programa relativo a la seguridad, higiene y salud en el
lugar de trabajo (1996-2000) prevé también la continuación de la aplicación del proyecto EEAT. Por último, este
proyecto forma parte del programa marco para acciones prioritarias en el ámbito de la información estadística
1993-1997(4). Del mismo modo, la Decisión del Consejo, de 22 de diciembre de 1998, relativa al programa
estadístico comunitario 1998-2002(5), que define los principales ámbitos y objetivos de las estadísticas de la
Comunidad Europea, prevé el establecimiento de series coherentes de datos a nivel europeo que permitan
controlar la salud y la seguridad en el trabajo y la eficacia de la normativa de este ámbito.
Las Fases I y II del proyecto EEAT se aplican respectivamente desde 1993(6) y 1996. La Comisión (DG EMPL y
EUROSTAT) comenzó a desarrollarlas en 1990, en colaboración con los Estados miembros. El Grupo de Trabajo
EEAT se creó con el fin de realizar el seguimiento del trabajo y proporcionar recomendaciones a la Comisión
Europea a la hora de desarrollar este ámbito de las estadísticas. También se creó un grupo operativo compuesto
por expertos nacionales para asesorar técnicamente en la elaboración de una metodología que tenga en cuenta,
en la medida de lo posible, los procedimientos y metodologías de declaración vigentes actualmente en los diversos
Estados miembros.
La Fase I incluye variables destinadas a la definición de la actividad económica del empresario, profesión, edad y
sexo de la víctima, naturaleza de la lesión y parte del cuerpo lesionada, así como la localización geográfica, fecha y
hora del accidente, mientras que la Fase II complementa esta primera información con datos sobre el tamaño de la
empresa, nacionalidad y situación profesional de la víctima, así como las consecuencias del accidente: número de
días perdidos, incapacidad permanente o muertes subsiguientes al accidente.
Todas estas variables ofrecen una información que permite definir las características de la empresa, de la víctima, de
la lesión y sus consecuencias, así como fechar y localizar el accidente. No obstante, a fin de fomentar una política
europea más activa para la prevención de accidentes de trabajo, la Fase III de las EEAT cubre otras variables y
nomenclaturas armonizadas sobre las causas y circunstancias(7) de los accidentes laborales que ayudarán a
esclarecer la situación y las condiciones en el momento del accidente. Los resultados de tales análisis proporcionarán
información útil para orientar de modo oportuno las nuevas políticas de prevención que hayan de desarrollarse.
(1) 89/391/CEE, DO L 183 de 29.6.1989.
(2) 88/C 28/01, DO C 28 de 3.2.1988.
(3) 95/C 168/01, DO C 168 de 4.7.1995.
(4) 93/464/CEE, DO L 219 de 28.8.1993.
(5) 99/126/CE, DO L 42 de 16.2.1999.
(6) Año de referencia = datos recogidos relativos a los accidentes de ese año.
(7) Basadas en un proyecto de sistema europeo de codificación de las causas y circunstancias de accidentes de trabajo
propuesto por un grupo de Estados miembros (DWES de Dinamarca, HVBG de Alemania, CNAMTS de Francia e INAIL
de Italia) coordinado por EUROGIP (Francia), validado previamente mediante una muestra de más de 6 000 accidentes
reales en diversos Estados miembros (Bélgica, España, Luxemburgo, Portugal, Finlandia, Suecia y el Reino Unido).
5
El primer año de referencia para la Fase III del proyecto es 2001(
6
).
Hay que tener en cuenta que el proyecto EEAT fue reconocido a escala internacional por la Resolución de la OIT
sobre «Estadísticas de lesiones profesionales ocasionadas por accidentes del trabajo»(8), que recoge gran parte
de la metodología EEAT de la Comisión Europea. En particular, la Fase III constituye a la vez el principio
metodológico y el primer intento de aplicación de la información complementaria sobre las circunstancias del
accidente cuyo desarrollo prevé la Resolución. La Fase III garantizará la armonización de los datos sobre este
tema procedentes de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros países que quieran utilizar este
sistema. Es al mismo tiempo un instrumento suficientemente afín a los sistemas nacionales ya operativos, total o
parcialmente, en algunos países como para garantizar una aplicación óptima en las instituciones nacionales que
generan los datos (seguridad social, seguros, inspección de trabajo) que incluso, llegado el caso, pueden utilizar
las propias empresas.
La presente publicación ofrece los resultados del trabajo en la metodología de las tres fases de EEAT que desde
1990 llevan a cabo los servicios de la Comisión junto con expertos de las instituciones pertinentes (institutos
nacionales de estadística, ministerios o departamentos de trabajo y asuntos sociales, institutos de la seguridad
social) en el ámbito de Salud y seguridad en el trabajo en los Estados miembros. El resultado se ha concretado en
un conjunto completo de variables con sus nomenclaturas, notas explicativas y guías de codificación.
Durante la preparación de este sistema, los diseñadores se guiaron permanentemente por el objetivo de crear una
herramienta de recogida de información que sea útil para la prevención de los accidentes laborales en toda Europa
y que garantice al mismo tiempo una compatibilidad máxima con los sistemas estadísticos existentes en los
Estados miembros. Por consiguiente, se prestó gran atención a estos sistemas, así como a las propuestas que
presentaron al proyecto todos los interlocutores. El objetivo general consistía en elaborar una metodología
suficientemente detallada como para que fuera eficaz, evitando al mismo tiempo, tanto globalmente como para
cada variable, una excesiva complejidad, con el fin de facilitar la aplicación de este nuevo sistema estadístico. A
esta preferencia por la simplicidad hay que añadir un afán de apertura y adaptabilidad en el tiempo. Estas
características del sistema permiten su perfeccionamiento por la adición de nuevos dígitos en los Estados
miembros, la introducción progresiva del método en las instituciones nacionales respectivas y, cuando proceda, la
búsqueda de información complementaria sobre las causas y circunstancias de los accidentes laborales,
respetando al mismo tiempo la estructura general del proyecto.
Asimismo, cabe recordar que las actividades de la Comisión relativas a las estadísticas sobre los accidentes de
trabajo están vinculadas con la encuesta de población activa (EPA) comunitaria. En concreto, la población de
referencia de las EEAT sobre la que se calculan las tasas de incidencia de los accidentes laborales, se basa en los
datos de la EPA. Además, para conseguir una visión más amplia de la situación, se incluyó un módulo ad hoc
sobre salud y seguridad en el trabajo en la EPA de 1999 [Reglamento (CE) nº 1571/98 de la Comisión, de 20 de
julio de 1998(
9
)]. El análisis de los resultados de este módulo aportará valor añadido a la información ya recogida
por las EEAT: accidentes con una baja de menos de 4 días, análisis cruzado con información sobre el mercado
laboral, características de los puestos de trabajo o formación.
La nueva Fase III sobre causas y circunstancias se pone en marcha progresivamente en los Estados miembros a
partir de 2001, de acuerdo con programas nacionales de aplicación que tienen en cuenta las adaptaciones
necesarias de los sistemas de declaración y codificación de accidentes de trabajo. En 2003 se esperan los
primeros resultados en un conjunto inicial de Estados miembros sobre los datos del año de referencia(
6
) 2001.
DG EMPL D-5 y EUROSTAT E-3
Marzo 2001
© Comisión Europea 2001
Doc. ESTAT/E3/HSW/2001/1130
(8) Adoptada por la Decimosexta Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo, Ginebra, 6-15 de octubre de 1998.
(9) Reglamento (CE) nº 1571/98 de la Comisión, de 20 de julio de 1998, sobre las modalidades de aplicación del
Reglamento (CE) nº 577/98 del Consejo relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en
la Comunidad, DO L 205 de 22.7.1998.
6
Información adicional:
Didier Dupré
Eurostat E3 - Edificio Bech D2/723 Tel.: (352) 4301-35034; Fax: (352) 4301-35399
Didier.Dupre@cec.eu.int
Angel Fuente
DG Empleo y Asuntos Sociales D5 - Edificio Jean Monnet C3/79 Tel.: (352) 4301-32739; Fax: (352) 4301-34259
Angel.Fuente-Martin@cec.eu.int
Sitio de Eurostat en Internet:
http://europa.eu.int/comm/eurostat/
Sitio de la DG Empleo y Asuntos Sociales sobre salud y seguridad en el trabajo:
http://europa.eu.int/comm/employment_social/h&s/index_en.htm
7
Índice
PRÓLOGO...................................................................................................................................3
PREFACIO...................................................................................................................................4
ANTECEDENTES Y OBJETIVOS DEL PROYECTO EEAT......................................................11
Antecedentes del proyecto EEAT........................................................................................................................... 11
Objetivos del proyecto EEAT.................................................................................................................................. 11
CONCEPTOS BÁSICOS Y DEFINICIONES..............................................................................12
Pormenores sobre la definición de accidente de trabajo .................................................................................... 12
Accidentes de circulación (tráfico) y otros accidentes en un medio de transporte................................................ 12
Accidentes ocurridos fuera de la empresa .............................................................................................................. 13
Miembros del público............................................................................................................................................. 13
Accidentes derivados de causas estrictamente naturales..................................................................................... 14
Accidente de trabajo con más de 3 días de baja................................................................................................... 14
Accidentes de trabajo mortales.............................................................................................................................. 14
CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES .............................................................................15
Introducción general al sistema ............................................................................................................................. 15
Variable ..................................................................................................................................................................... 16
Número de caso..................................................................................................................................................... 17
Actividad económica del empresario ..................................................................................................................... 17
Profesión de la víctima........................................................................................................................................... 17
Edad de la víctima ................................................................................................................................................. 17
Sexo de la víctima.................................................................................................................................................. 17
Tipo de lesión......................................................................................................................................................... 17
Parte del cuerpo afectada...................................................................................................................................... 17
Situación geográfica del accidente ........................................................................................................................ 17
Fecha del accidente............................................................................................................................................... 17
Hora del accidente................................................................................................................................................. 18
Dimensiones de la empresa .................................................................................................................................. 18
Nacionalidad de la víctima..................................................................................................................................... 18
Situación profesional de la víctima ........................................................................................................................ 18
Días perdidos......................................................................................................................................................... 18
Definición de unidad local de una empresa........................................................................................................... 19
Puesto de trabajo................................................................................................................................................... 19
Tipo de lugar.......................................................................................................................................................... 19
Tipo de trabajo....................................................................................................................................................... 19
Actividad física específica...................................................................................................................................... 20
Agente material de la Actividad física específica................................................................................................... 20
Desviación ............................................................................................................................................................. 20
Agente material de la Desviación .......................................................................................................................... 20
Contacto - Tipo de lesión....................................................................................................................................... 20
Agente material del Contacto - Tipo de lesión....................................................................................................... 20
Ponderación........................................................................................................................................................... 20
INDICADORES Y MÉTODOS DE NORMALIZACIÓN DE LOS DATOS...................................21
Tasas de incidencia ................................................................................................................................................. 21
Factores de corrección y métodos de normalización .......................................................................................... 21
Corrección.............................................................................................................................................................. 21
Normalización ........................................................................................................................................................ 21
8
RECOPILACIÓN DE DATOS Y ARMONIZACIÓN ....................................................................23
Procedimientos de declaración en los Estados miembros ................................................................................. 23
Sistemas basados en compañías de seguros y sistemas no basados en compañías de seguros....................... 23
Evaluación de los procedimientos nacionales de declaración............................................................................... 23
Recopilación de datos EEAT armonizados ........................................................................................................... 24
Definición de accidente de trabajo......................................................................................................................... 24
Accidentes no mortales.......................................................................................................................................... 24
Accidentes mortales............................................................................................................................................... 25
Grupos cubiertos por los sistemas nacionales de declaración.......................................................................... 25
Cobertura de trabajadores por cuenta propia y trabajadores familiares................................................................ 25
Sectores................................................................................................................................................................. 26
Cobertura de accidentes fuera de los locales de la empresa (incluidos los accidentes de circulación) ............... 27
Niveles de declaración de los Estados miembros................................................................................................ 27
POBLACIÓN DE REFERENCIA (BASADA EN LA EPA)..........................................................28
Año de referencia ..................................................................................................................................................... 28
Establecimiento de filtros ....................................................................................................................................... 28
Población de referencia estimada para 1998 ........................................................................................................ 28
EVOLUCIÓN FUTURA ..............................................................................................................29
Mejora de la calidad de los datos........................................................................................................................... 29
Cobertura............................................................................................................................................................... 29
Niveles de declaración........................................................................................................................................... 29
Inclusión/exclusión de tipos específicos de accidentes......................................................................................... 30
Desarrollo de nuevos indicadores ......................................................................................................................... 30
APÉNDICE A: APLICACIÓN DE LA FASE III DE EEAT A PARTIR DEL AÑO DE
REFERENCIA 2001...................................................................................................................31
Elección de las variables......................................................................................................................................... 31
Variables sobre las causas y las circunstancias.................................................................................................... 31
Variables prioritarias .............................................................................................................................................. 32
Opción intermedia.................................................................................................................................................. 32
Variable opcional suplementaria Puesto de trabajo............................................................................................... 32
Consideración de la totalidad de las 9 variables.................................................................................................... 32
Precisiones relativas a la variable Desviación y su Agente material ..................................................................... 33
Mejoras opcionales de las variables de las Fases I y II........................................................................................ 33
Actividad económica del empresario ..................................................................................................................... 33
Situación profesional.............................................................................................................................................. 34
APÉNDICE B: CLASIFICACIONES Y FORMATOS UTILIZADOS PARA LAS EEAT ..............35
Clasificaciones ......................................................................................................................................................... 35
Número de caso..................................................................................................................................................... 35
Actividad económica del empresario ..................................................................................................................... 35
Ocupación de la víctima......................................................................................................................................... 37
Edad de la víctima ................................................................................................................................................. 38
Sexo de la víctima.................................................................................................................................................. 38
Tipo de lesión......................................................................................................................................................... 39
Parte del cuerpo afectada...................................................................................................................................... 40
Situación geográfica del accidente ........................................................................................................................ 41
Fecha del accidente............................................................................................................................................... 46
Hora del accidente................................................................................................................................................. 46
Dimensiones de la empresa .................................................................................................................................. 46
Nacionalidad de la víctima..................................................................................................................................... 47
Situación profesional de la víctima ........................................................................................................................ 47
Días perdidos......................................................................................................................................................... 48
Clasificación de las causas y circunstancias........................................................................................................ 49
Puesto de trabajo................................................................................................................................................... 49
9
Tipo de lugar.......................................................................................................................................................... 49
Tipo de trabajo....................................................................................................................................................... 50
Actividad física específica...................................................................................................................................... 51
Desviación ............................................................................................................................................................. 52
Contacto - Tipo de lesión....................................................................................................................................... 54
Agente material...................................................................................................................................................... 55
Formatos agregados................................................................................................................................................ 62
APÉNDICE C: DIRECTRICES PARA LA CLASIFICACIÓN .....................................................63
Tipo de lesión ........................................................................................................................................................... 63
Comentarios generales relativos a las variables sobre las causas y circunstancias....................................... 67
Organización de las variables................................................................................................................................ 67
Precisiones sobre la utilización del código 00 ó 99................................................................................................ 67
Desarrollo específico sobre el Agente material ..................................................................................................... 68
Puesto de trabajo ..................................................................................................................................................... 68
Tipo de lugar............................................................................................................................................................. 68
Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 68
Desarrollo............................................................................................................................................................... 68
010-019 Zonas industriales.................................................................................................................................... 69
020-029 Obras, construcción, canteras, minas a cielo abierto.............................................................................. 69
030-039 Lugares agrícolas, de cría de animales, de piscicultura, zona forestal................................................... 69
040-049 Lugares de actividad terciaria, oficinas, áreas de ocio, varios ................................................................ 69
050-059 Centros sanitarios.................................................................................................................................... 69
060-069 Lugares públicos...................................................................................................................................... 69
070-079 Domicilio .................................................................................................................................................. 69
080-089 Lugares de actividades deportivas .......................................................................................................... 70
Lugares con condiciones excepcionales - 090-099 en el aire, elevados - con excepción de las obras - 100-109
subterráneos - con excepción de las obras - 110-119 en el agua - con excepción de las obras.......................... 70
120-129 En medio hiperbárico - excluidas las obras............................................................................................. 70
Comentarios generales.......................................................................................................................................... 70
Tipo de trabajo ......................................................................................................................................................... 71
Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 71
Desarrollo............................................................................................................................................................... 71
10-19 Producción, transformación, tratamiento, almacenamiento - de todo tipo .................................................. 71
20-29 Movimiento de tierras, construcción, mantenimiento, demolición ............................................................... 71
30-39 Labores de tipo agrícola, forestal, hortícola, piscícola, con animales vivos................................................ 72
40-49 Actividades de servicios a empresas o a personas y trabajos intelectuales ............................................... 72
50-59 Trabajos relacionados con las tareas codificadas en el 10, 20, 30 y 40 ..................................................... 72
60-69 Circulación, actividades deportivas o artísticas........................................................................................... 72
Actividad física específica....................................................................................................................................... 72
Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 72
Desarrollo............................................................................................................................................................... 73
Distinción entre herramienta y máquina - máquina fija y máquina móvil............................................................... 73
10-19 Operaciones con máquinas......................................................................................................................... 73
20-29 Trabajos con herramientas manuales ......................................................................................................... 73
30-39 Conducir/estar a bordo de un medio de transporte - equipo de carga........................................................ 74
40-49 Manipulación de objetos .............................................................................................................................. 74
50-59 Transporte manual ...................................................................................................................................... 75
60-69 Movimiento .................................................................................................................................................. 75
70 Estar presente................................................................................................................................................... 76
Desviación ................................................................................................................................................................ 76
Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 76
Desarrollo............................................................................................................................................................... 76
10-19 Desviación por problema eléctrico, explosión, fuego .................................................................................. 76
20-29 Desviación por desbordamiento, vuelco, escape, derrame, vaporización, emanación............................... 77
30-39 Rotura, fractura, estallido, resbalón, caída, derrumbamiento de Agente material ...................................... 77
40-49 Pérdida (total o parcial) de control de máquinas, medios de transporte - equipo de carga, herramienta
manual, objeto, animal........................................................................................................................................... 77
50-59 Resbalón o tropezón - con caída, caída de personas ................................................................................. 78
Nota preliminar para la utilización de los códigos 60-69 y 70-79........................................................................... 78
10
60-69 Movimiento del cuerpo sin esfuerzo físico (por lo general provoca una lesión externa)............................. 78
70-79 Movimiento del cuerpo como consecuencia de o con esfuerzo físico (por lo general provoca una lesión
interna)................................................................................................................................................................... 79
80-89 Sorpresa, miedo, violencia, agresión, amenaza, presencia ........................................................................ 80
Contacto - Tipo de lesión ........................................................................................................................................ 80
Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 80
Desarrollo............................................................................................................................................................... 80
10-19 Contacto con corriente eléctrica, temperaturas o sustancias peligrosas .................................................... 80
20-29 Ahogamiento, quedar sepultado, quedar envuelto...................................................................................... 81
31-39 Aplastamiento en movimiento vertical u horizontal sobre o contra un objeto inmóvil (la víctima está en
movimiento) ........................................................................................................................................................... 81
40-49 Choque con un objeto en movimiento, colisión con .................................................................................... 81
50-59 Contacto con Agente material cortante, punzante, duro o rugoso .............................................................. 82
60-69 Quedar atrapado, ser aplastado, etc. .......................................................................................................... 82
70-79 Esfuerzo físico del cuerpo, esfuerzo psíquico ............................................................................................. 83
80-89 Mordeduras, patadas, etc. de animales o personas.................................................................................... 83
Agente material ........................................................................................................................................................ 83
Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 83
Desarrollo............................................................................................................................................................... 83
Descripción de los grupos en el nivel de una posición .......................................................................................... 83
Codificación detallada opcional ............................................................................................................................. 84
Ejemplos de codificación de las causas y circunstancias .................................................................................. 85
APÉNDICE D: NOMENCLATURAS OPCIONALES DE 4 POSICIONES..................................91
Actividad económica del empresario (NACE) ....................................................................................................... 91
Agente material ...................................................................................................................................................... 107
APÉNDICE E: PONDERACIÓN ..............................................................................................201
APÉNDICE F: METODOLOGÍA DE LOS ACCIDENTES IN ITINERE ....................................204
Introducción............................................................................................................................................................ 204
Metodología............................................................................................................................................................ 204
Definiciones ......................................................................................................................................................... 204
Variables .............................................................................................................................................................. 204
Cuestionario de evaluación .................................................................................................................................. 204
APÉNDICE G: REFERENCIAS ...............................................................................................205
APÉNDICE H: PROVEEDORES NACIONALES DE DATOS SOBRE EEAT .........................206
ANTECEDENTES Y OBJETIVOS DEL PROYECTO EEAT
11
Antecedentes y objetivos del proyecto EEAT
Antecedentes del proyecto EEAT
En la Directiva marco sobre salud y seguridad en el trabajo(10) se solicitaba a la Comisión que procediera a la
armonización de los datos relativos a los accidentes de trabajo, especificando que «…el empresario deberá
elaborar una lista de los accidentes de trabajo que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a
tres días de trabajo» y que deberá «redactar informes, destinados a las autoridades competentes y de conformidad
con las legislaciones y/o los usos nacionales sobre los accidentes laborales de que son víctimas sus trabajadores».
Sobre esta base, se puso en marcha en 1990 el proyecto EEAT, destinado a armonizar los datos relativos a los
accidentes de trabajo para todos los accidentes que causan una baja laboral superior a tres días. Eurostat y la
DG Empleo y Asuntos Sociales publicaron en 1992 la «Metodología para la armonización de las estadísticas
europeas de accidentes de trabajo» (11). El proyecto EEAT ha sido una parte integrante del programa marco de
acciones prioritarias en el ámbito de la información estadística entre 1993 y 1997(12).
Por otro lado, en la Resolución 95/C 168/01 del Consejo(13) se solicita a la Comisión que se esfuerce «por llevar a
buen término los trabajos, actualmente en curso, en materia de armonización de las estadísticas de accidentes
laborales...». El programa relativo a seguridad, higiene y salud en el trabajo (1996-2000) prevé también la
continuación de la aplicación de este proyecto.
Además, el Programa Estadístico Comunitario 1998-2002, que define los principales ámbitos y objetivos de las
estadísticas comunitarias, prevé el establecimiento de series coherentes de datos a nivel europeo con el fin de
proporcionar los medios para realizar el seguimiento de la salud y la seguridad en el trabajo y garantizar la eficacia
de la legislación en este ámbito(14).
Objetivos del proyecto EEAT
El objetivo del proyecto EEAT es «recoger datos comparables de toda la Unión Europea sobre accidentes laborales y
elaborar una base de datos». Para seguir las tendencias de la salud y seguridad en el trabajo en la Unión Europea y
fomentar la prevención de accidentes tanto a nivel comunitario como de cada Estado miembro es necesario disponer de
datos comparables sobre los accidentes de trabajo.
Los objetivos son proporcionar datos sobre grupos y sectores de alto riesgo, así como indicadores sobre las causas
y los costes socioeconómicos de los accidentes de trabajo. Deberán elaborarse series coherentes de datos para
proporcionar los medios de realizar el seguimiento de la salud y la seguridad en el trabajo y garantizar la eficacia de
la legislación en este ámbito.
Asimismo, otro objetivo del proyecto EEAT es desarrollar una metodología que sea, en la medida de lo posible,
comparable con otras estadísticas internacionales y participar en la coordinación de dichos trabajos. La
metodología EEAT se ajusta a la Resolución de la OIT de 1998 sobre «Estadísticas de lesiones profesionales
ocasionadas por accidentes del trabajo»(15).
(10) Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora
de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, DO L 183 de 29.6.1989. En lo sucesivo, Directiva marco
(sobre salud y seguridad en el trabajo).
(11) Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, tema 3 serie E, ISBN 92-826-4100-7, número de catálogo
CA-74-92-257-EN-C.
(12) Decisión 93/464/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1993, relativa al programa marco para las acciones prioritarias en el
ámbito de la información estadística 1993-1997, DO L 219 de 28.8.1993.
(13) DO C 168 de 4.7.1995, p. 1-2.
(14) Decisión 99/126/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1998, relativa al programa estadístico comunitario 1998-2002,
DO L 42 de 16.2.1999.
(15) Adoptada por la Decimosexta Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo, Ginebra, 6-15 de octubre de 1998.
CONCEPTOS BÁSICOS Y DEFINICIONES
12
Conceptos básicos y definiciones
Los datos correspondientes a las Fases I, II y III de las EEAT se han recogido, respectivamente, los años de
referencia 1993, 1996 y de 2001 en adelante. El periodo de referencia se define como el año de notificación del
accidente. En los datos de las EEAT se incluyen todos los casos de accidentes laborales que causan una baja de
más de tres días naturales(16). En la práctica, esto significa que un accidente laboral se incluye en las EEAT si la
persona no puede trabajar durante más de tres días, aunque en estos días se incluyan sábados, domingos u otros
días en los que la persona normalmente no trabaje.
Los accidentes de trabajo se definen como «un suceso concreto durante el trabajo que produce una lesión física o
mental». Esta definición incluye casos de envenenamiento agudo y actos voluntarios de otras personas, así como
accidentes durante el trabajo pero fuera de las instalaciones de la empresa, incluso los causados por terceros.
Excluye heridas autoinfligidas deliberadamente, accidentes durante el trayecto de ida o vuelta del trabajo
(accidentes in itinere, véase el apéndice F), accidentes con causa exclusivamente médica y enfermedades
profesionales (17). «Durante el trabajo» significa mientras se está dedicado a una actividad profesional o durante el
tiempo pasado en el trabajo, lo que incluye los accidentes de circulación durante el trabajo.
La definición de «accidente mortal» es la siguiente: un accidente que produce la muerte de la víctima en el año
siguiente al día del accidente.
Pormenores sobre la definición de accidente de trabajo
Inclusiones
La definición anterior de accidente de trabajo incluye los siguientes tipos de accidentes (resumen en el cuadro 1).
Accidentes de circulación (tráfico) y otros accidentes en un medio de transporte
Los accidentes de circulación durante el trabajo se incluyen en la metodología EEAT. Se trata de los accidentes que
sufren no sólo las personas cuya actividad profesional se ejerce principalmente en la vía pública, por ejemplo,
conductores de autobuses o de camiones, sino también aquellas cuya actividad implica desplazamientos frecuentes u
ocasionales.
Entre estas actividades profesionales cabe citar las reparaciones, las actividades comerciales u otros servicios
prestados en los locales de un cliente, así como, por ejemplo, un accidente de circulación de un ejecutivo en el
trayecto entre su oficina y el lugar de una reunión. Este accidente seguiría considerándose accidente de trabajo y debe
incluirse en la metodología EEAT, con independencia de que tal lugar pertenezca a la empresa o al cliente, a otra
empresa o a otra institución. Entre los accidentes de circulación descritos anteriormente se incluyen también las
incidencias que tienen lugar en aparcamientos y en las vías interiores de los locales de la empresa.
La expresión «mientras se está dedicado a una actividad profesional o durante el tiempo pasado en el trabajo»
tiene por consiguiente un sentido que debe entenderse de forma amplia. De ahí que deban también incluirse los
demás tipos de accidentes en la vía pública, tales como los resbalones en la calzada y las caídas en escaleras, e
incluso las agresiones, cuando la presencia en la vía pública se debe a un desplazamiento por motivos laborales.
De igual forma también deben considerarse accidentes de trabajo los accidentes a bordo de un medio de transporte
(metro, tranvía, tren, barco, avión, etc.) o en los lugares de llegada o partida (estación, puerto, aeropuerto, etc.)
siempre que se produzcan durante el trabajo.
Cabe señalar que los accidentes in itinere, es decir los que se producen en el itinerario de ida y de vuelta al trabajo, no
se incluyen en la metodología EEAT(18).
(16) La Directiva marco (artículo 9) habla de días laborables. No obstante, se ha decidido que para la metodología EEAT se
seguirá la práctica más común de los Estados miembros, que es utilizar días naturales para calcular el número de días
de ausencia del trabajo.
(17) La Comisión ha elaborado las Estadísticas europeas sobre enfermedades profesionales (EEEP, Fase I)
aplicadas desde el año de referencia 2001 en adelante (véase la sección Evolución futura).
(18) No obstante, se ha elaborado una recopilación adicional de datos sobre accidentes in itinere aplicando la misma
metodología que en el proyecto EEAT. Las especificaciones de esta recopilación, que por ahora afecta únicamente a
ocho Estados miembros, se recogen en el apéndice F.
CONCEPTOS BÁSICOS Y DEFINICIONES
13
Accidentes ocurridos fuera de la empresa
Los accidentes de trabajo ocurridos en los locales de una empresa diferente de la que emplea a la víctima también
tienen que considerarse accidentes de trabajo. Puede tratarse por ejemplo de accidentes en el lugar de reunión, o
durante una visita de trabajo fuera de la empresa, que sucedan durante el trabajo de la víctima. Pueden citarse como
ejemplos los siguientes: accidentes durante una reunión o una visita de trabajo fuera de la empresa; accidentes en el
momento de la entrega o la recepción de mercancías en las instalaciones de un cliente (empresa o particular), al
efectuar reparaciones o trabajos de mantenimiento en una fábrica o en el domicilio de un particular; al trabajar como
desplazado en otra empresa o durante un trabajo en el domicilio; accidentes causados por otras actividades laborales
no relacionadas con las actividades habituales de las víctimas, etc.
En resumen, en la metodología EEAT hay que considerar todos los accidentes correspondientes a todos los riesgos a
que se expone el trabajador por su trabajo o con motivo de él. Esto se refiere tanto a los riesgos específicos a que se
expone en su empresa como a los riesgos externos a los cuales puede estar expuesto con motivo de su trabajo (vía
pública, medio de transporte, riesgos causados por un tercero), incluso si su patrono no puede intervenir para prevenir
o reducir estos riesgos fuera de sus propios locales.
Cuadro 1- Tipos de accidente incluidos/excluidos de la metodología EEAT
Tipos de accidente Incluidos
SÍ/NO
Definición: «Un suceso concreto durante el trabajo que produce una lesión física o mental».
«Durante el trabajo» significa «mientras se está dedicado a una actividad profesional o durante el
tiempo pasado en el trabajo».
Envenenamiento agudo SÍ
Actos voluntarios de otras persona SÍ
Accidentes en la vía pública o en un medio de transporte durante un desplazamiento por motivos
laborales:
SÍ
Accidentes de circulación durante el trabajo (vías públicas, aparcamientos, vías de circulación
interiores en los locales de la empresa).
SÍ
Otros accidentes (resbalones, caídas, agresiones, etc.) en la vía pública (calzada, escaleras,
etc.) o en los puntos de partida y llegada (estación, puerto, aeropuerto, etc.) de un medio de
transporte durante un desplazamiento efectuado durante el trabajo.
SÍ
Accidentes a bordo de un medio de transporte usado durante el trabajo (metro, tranvía, tren,
barco, avión, etc.).
SÍ
Accidentes ocurridos durante el trabajo en los locales de una empresa diferente de la que emplea a
la víctima o en los de un particular.
SÍ
Heridas autoinfligidas deliberadamente. NO
Accidentes durante el trayecto de ida o vuelta del trabajo (accidentes in itinere, véase apéndice F). NO
Accidentes durante el trabajo con causa exclusivamente médica y enfermedades profesionales. NO
Miembro del público, sin actividad profesional. NO
Exclusiones
Los siguientes tipos de accidentes no están cubiertos por la definición mencionada anteriormente de accidente de
trabajo (resumen en el cuadro 1).
Miembros del público
Los accidentes ocurridos a miembros del público no se incluyen en la metodología EEAT. Aunque tal accidente se
deba a una actividad laboral dentro de una empresa, no deberá considerarse accidente de trabajo en el marco de la
metodología EEAT. Se incluyen los accidentes sufridos por trabajadores fuera de sus actividades profesionales, por
ejemplo, en una tienda, una dependencia de la administración pública, un banco, una empresa de seguros, una
estación, una oficina de telecomunicaciones, un hospital, una oficina postal, un puerto, un aeropuerto, etc. Los
miembros de las familias de trabajadores o patronos que, estando en la empresa, sufren un accidente se consideran
miembros del público y no deben incluirse en la metodología EEAT. También se aplica a los niños en la guardería de
la empresa, por ejemplo.
CONCEPTOS BÁSICOS Y DEFINICIONES
14
Accidentes derivados de causas estrictamente naturales
Las lesiones derivadas de causas estrictamente naturales también se excluyen de la metodología EEAT. Se trata, por
ejemplo, de los accidentes cardiacos y cerebrales o de cualquier otro trastorno de salud repentino que se hayan
producido durante el trabajo, pero que no tengan a priori ninguna relación con la actividad profesional de la víctima.
No obstante, debe excluirse el accidente sólo en el caso de que no se identifique ningún otro elemento causal
relacionado con el trabajo. Por ejemplo, si un albañil se desmaya (causa médica) y se cae de un andamio (parte
del accidente más específicamente profesional), el accidente deberá incluirse en la metodología EEAT. Aunque la
caída no se habría producido sin el desmayo, las consecuencias son mucho más graves por el hecho de
encontrarse sobre un andamio, coyuntura puramente profesional.
Accidente de trabajo con más de 3 días de baja
La Directiva marco utilizaba el concepto «ausencia del trabajo de más de 3 días laborables».
No obstante, dado que un gran número de Estados miembros no puede diferenciar entre días laborables y días no
laborables, por estar estos últimos reglamentados en días naturales, en las EEAT se ha optado por el concepto de
«3 días naturales», o más simplemente «3 días».
El concepto de «más» de 3 días de baja laboral se ha aplicado de la siguiente manera en la metodología EEAT
(resumen en el cuadro 2):
Sólo se tendrán en cuenta los días de trabajo completos de baja laboral de la víctima, sin incluir el día del
accidente. Así, «más de 3 días» quiere decir «como mínimo 4 días», lo que implica que sólo deberán incluirse los
accidentes en los que el trabajo no se reanuda antes del quinto día después del día del accidente o posteriormente.
En consecuencia, el «número de días perdidos» será 4 días si la vuelta al trabajo se produce el quinto día siguiente
al día del accidente, 5 días si la vuelta al trabajo se produce el sexto día siguiente al día del accidente, etc.
Cuadro 2 - Concepto de «accidentes de trabajo con más de 3 días de baja» y de número de «días perdidos»
contabilizados en la metodología EEAT
Vuelta al trabajo: el mismo día del
accidente
del primer al cuarto
día después del
accidente
el quinto día después
del accidente
el sexto día después
del accidente / o
después
Accidente incluido
en EEAT
NO NO SÍ SÍ
Número de días
perdidos
no incluido no incluido 4 5 / o más
Accidentes de trabajo mortales
La definición adoptada en el proyecto EEAT es la siguiente: «los accidentes de trabajo que producen la muerte de
la víctima en el año siguiente al día del accidente». En la práctica, la mayoría de los Estados miembros transmite el
número de accidentes de trabajo mortales que incluye en sus estadísticas nacionales.
De hecho, la mayoría de las muertes accidentales ocurre o en el mismo momento del accidente o pocos días o
semanas después.
CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES
15
Caracterización de las variables
Introducción general al sistema
Para registrar un accidente se necesitan tres tipos de datos básicos:
• Datos que indiquen el lugar donde se ha producido el accidente y que permitan identificar a la víctima:
Se trata de la actividad económica del empresario, la profesión, la categoría profesional, el sexo, la edad y la
nacionalidad de la víctima, la situación geográfica y las dimensiones de la unidad local de la empresa, la fecha
y la hora, el tipo de lugar, el puesto de trabajo y el tipo de trabajo.
• Datos que indiquen cómo se ha producido el accidente, las circunstancias en que se ha producido y la forma
en que se han producido las lesiones:
Se trata del suceso dividido en tres secuencias que se describen a continuación: la actividad física específica,
la desviación, el contacto - tipo de lesión y sus agentes materiales asociados.
• Datos sobre el tipo y la gravedad de las lesiones y las consecuencias de los accidentes:
Se trata de la parte del cuerpo lesionada y del número de días perdidos.
EMPRESA
- actividad económica
- dimensiones de la empresa
- situación geográfica, fecha y hora
EXPOSICIÓN ORGANIZACIÓN
CONDICIONES DE TRABAJO
- tipo de lugar
TRABAJADOR PUESTO DE TRABAJO
- profesión - tipo de trabajo
- edad y sexo - puesto de trabajo
- nacionalidad
- categoría profesional
FORMA EN QUE SE HA PRODUCIDO EL SUCESO
- actividad física específica y agente material asociado
- desviación y Agente material asociado
- contacto - tipo de lesión y Agente material asociado.
VÍCTIMA
- tipo de lesión
- parte del cuerpo lesionada
- días perdidos
El objetivo de la metodología presentada en la presente publicación es ofrecer una descripción detallada de las
características de la víctima, su empresa y su lesión, así como desglosar la secuencia de acontecimientos que
desembocaron en el accidente a efectos de elaborar una política europea de prevención.
Las variables recogidas en la metodología EEAT se detallan en el cuadro 3. Más adelante se incluye una definición
de cada una de las variables. Las clasificaciones y formatos correspondientes se especifican en el apéndice B. Las
variables de causa junto con directrices para su uso y ejemplos destinados a ayudar a los codificadores se incluyen
en el apéndice C (también se incluyen orientaciones sobre el tipo de lesión).
CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES
16
Variable
Cuadro 3 - Estructura de los registros para los datos de las EEAT
Número de caracteres
Datos de la fase III
Variable
Mínimo
obligatorio
Opcional (
1
)
adicional
Total (
1
)
Datos de las fases
I y II
Número de caso 11 11 11
Actividad económica del empresario 2 2 4 2
Profesión de la víctima 2 2 2
Edad de la víctima 2 2 2
Sexo de la víctima 1 1 1
Tipo de lesión 3 3 3
Parte del cuerpo afectada 2 2 2
Situación geográfica 5 5 5
Fecha del accidente 8 8 8
Hora del accidente 2 2 2
Dimensiones de la empresa 1 1 1
Nacionalidad 1 1 1
Situación profesional 1 2 3 1
Días perdidos 3 3 3
Puesto de trabajo 0 1 1
Tipo de lugar (
2
) 3 ó 0 (
2
) 0 ó 3 (
2
) 3
Tipo de trabajo (
2
) 2 ó 0 (
2
) 0 ó 2 (
2
) 2
Actividad física específica (
2
) 2 ó 0 (
2
) 0 ó 2 (
2
) 2
Agente material de la Actividad física
específica - 2 posiciones ( = 4
caracteres)
0 4 4
Desviación 2 2
Agente material de la Desviación - 2
posiciones ( = 4 caracteres) (
3
)
4 ó 0 (
3
) 0 ó 4 (
3
) 4
Contacto - Tipo de lesión 2 2
Agente material del Contacto - Tipo de
lesión - 2 posiciones ( = 4 caracteres) (
3
)
4 ó 0 (
3
) 0 ó 4 (
3
) 4
Ponderación (
4
) 9 (3,6) (
4
) 9
Número total de caracteres (
5
) 63 ó 64 (
2
) (
5
) 18 ó 17 (
2
) 81 (
5
) 44
(
1
) Cuando no se utilizan la posición o posiciones opcionales para una variable, deberá indicarse el valor «0», «00», «000» ó
«00.00», según la variable, como código o parte de código correspondiente.
(
2
) Se codificará de manera obligatoria por lo menos 1 de las 3 variables «Tipo de lugar», «Tipo de trabajo» o «Actividad física
específica» (según se trate del «Tipo de lugar» con 3 dígitos o de una de las otras 2 variables de 2 dígitos; el número total de
caracteres efectivamente utilizados varía, por tanto, en 1). Las 2 variables restantes no escogidas para la parte obligatoria son
opcionales.
(
3
) Se codificará de manera obligatoria como mínimo 1 de las 2 variables «Agente material de la Desviación» o «Agente
material del Contacto - Tipo de lesión». La variable restante no escogida para la parte obligatoria es opcional.
(
4
) La ponderación tiene 9 caracteres, de ellos 3 en la parte entera y 6 en las posiciones decimales.
(
5
) Cuando se utilice solamente el mínimo de 4 variables prioritarias, de las cuales una tenga 1 posición (teniendo
obligatoriamente las demás 2 posiciones), el número total mínimo de caracteres deberá ser de «63 ó 64». No obstante, el
fichero de datos siempre deberá tener una longitud de registro de 81 dígitos, incluidas todas las variables.
CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES
17
Número de caso
El número de caso siempre será único para identificar cada uno de los registros individuales enviados a Eurostat y
para garantizar que cada registro representa un caso independiente de accidente de trabajo y evitar duplicaciones.
El número de caso es también necesario para dar respuesta a las consultas que impliquen la búsqueda y
corrección de un único registro durante el análisis de los datos; solamente se utiliza internamente y no se incluirá
en ninguna forma de difusión de datos realizada por Eurostat. Cada Estado miembro determinará el formato del
número de caso, pero evitará la identificación de las personas afectadas. Además, el número elegido llevará como
prefijo los 4 dígitos del año en que se notificó el accidente a las autoridades. Obsérvese que el año de notificación,
que es también el período de referencia de los datos de las EEAT, no es necesariamente el mismo año del
accidente. Por esta razón, los cuatro primeros dígitos del número de caso representan el año de referencia de los
datos recopilados.
Actividad económica del empresario
El término «actividad económica del empresario» significa la actividad «económica» principal de la unidad local de
la empresa de la víctima. La actividad principal se define en este caso como el tipo de actividad más importante en
cuanto a mayor número de asalariados. La unidad local de una empresa significa la ubicación geográfica de un
negocio, práctica profesional, explotación agrícola, industria, entidad pública, etc. (véase más abajo). Se clasifica
en una versión detallada (nivel de 4 dígitos) de la NACE Rev. 1. No obstante, se acepta el valor «0» en la cuarta
posición o el valor «00» en la tercera y cuarta posiciones cuando solamente se conozca el código a nivel de 3 o 2
dígitos.
Profesión de la víctima
La profesión de la víctima en el momento del accidente se clasifica según una versión corta (nivel de 2 dígitos) de
la CIUO-88 (COM).
Edad de la víctima
La edad vendrá representada por la edad de la víctima en la fecha del accidente. Los valores inferiores a 10 se
introducirán precedidos de un cero (7 años = 07).
Sexo de la víctima
El sexo es una simple variable de categoría.
Tipo de lesión
La variable «tipo de lesión» describe las consecuencias físicas para la víctima, por ejemplo, fractura ósea, heridas,
etc. Se utilizará la versión de 3 dígitos de la clasificación de las EEAT para «tipo de lesión» con vistas a codificar la
información sobre esta variable. La actual clasificación es una nueva que empezó a utilizarse a partir de las EEAT
de 1997, de conformidad con la recomendación de la OIT mencionada anteriormente.
Parte del cuerpo afectada
Esta variable describe la parte lesionada del cuerpo. Deberá usarse la actual versión de 2 dígitos de la clasificación
de «parte del cuerpo afectada», introducida a partir del año de referencia 1995. En general, se ajusta a la
recomendación de la OIT mencionada anteriormente. La clasificación sólo permite una opción, es decir, sólo se
puede escoger un código para describir la parte o partes afectadas. En los casos de lesiones en varias partes del
cuerpo deberá escogerse la más grave; la amputación, por ejemplo, precederá a la fractura ósea, que a su vez
precederá a la heridas, etc. En otros casos deberá utilizarse un código de múltiples partes del cuerpo en el nivel
correspondiente de clasificación, por ejemplo, fractura de mano y de pie. En los casos en que haya quedado
afectada una gran parte del cuerpo, por ejemplo, lesiones causadas por quemaduras o escaldaduras, también
deberá utilizarse el código correspondiente a múltiples partes.
Situación geográfica del accidente
La variable «situación geográfica» es el lugar geográfico donde ocurrió el accidente. Obsérvese que deberá usarse
el nivel de la clasificación NUTS especificado en el apéndice B (versión NUTS 1995, incluida la revisión de 1998).
Esta clasificación describe el país en cuestión y sus regiones.
Fecha del accidente
Esta variable indica la fecha en que se produjo el accidente. Es una variable numérica que se define de la manera
siguiente: año, mes y día (aaaammdd).
CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES
18
Hora del accidente
Esta variable describe la hora del día en que ocurrió el accidente. Es una variable numérica que describe horas
enteras (hh), por ejemplo, las 2 p.m. corresponde a 14, y abarca el tiempo comprendido entre las 14:00 y las 14:59.
Dimensiones de la empresa
La dimensión de la empresa se define en este caso por el número de asalariados (equivalentes a tiempo completo,
véase la definición junto con la clasificación en el apéndice B) que trabajan en la unidad local de la empresa de la
víctima. Para una especificación de la unidad local, véase el punto correspondiente más abajo.
Nacionalidad de la víctima
Esta variable se define como el país de ciudadanía. Si una persona posee más de una nacionalidad, se
mencionará la nacionalidad del país en el que la persona haya notificado el accidente. Se utiliza un formato
agregado para esta variable.
Situación profesional de la víctima
Esta variable se refiere al estado profesional de la víctima, por ejemplo asalariado, trabajador por cuenta propia,
trabajador familiar, etc. En el caso de los asalariados (primer dígito = 3) se precisará en el segundo dígito, cuando
se conozca, si se trata de un puesto de trabajo permanente (contrato de duración ilimitada) o no (temporal de
duración limitada) y, en el tercer dígito, si se realiza a tiempo completo o a tiempo parcial. La información que falta
puede dejarse en blanco («000»), así como los valores parciales para la información de los dígitos segundo o
tercero (300, 301, 302, 310 y 320).
El concepto de estabilidad del empleo que deberá tenerse en cuenta es el que aplica la encuesta de población
activa (epígrafe 45, «Grado de estabilidad del empleo»):
«En la mayor parte de los Estados miembros, la gran mayoría de los puestos de trabajo se basa en contratos de
trabajo escritos, mientras que en algunos países estos contratos se reservan para casos especiales (p.ej.: en el sector
público, a los aprendices y otras personas que siguen oficialmente una formación dentro de la empresa). Teniendo en
cuenta estos diferentes marcos institucionales, se han introducido los conceptos de «empleo temporal» y de «contrato
de trabajo de duración limitada» (al igual que «trabajo permanente» o «contrato de trabajo de duración ilimitada») para
describir situaciones que, en marcos institucionales diferentes, pueden considerarse análogas.
Un puesto de trabajo puede considerarse temporal si la empresa y el empleado han convenido que el fin de la
relación laboral quede determinado por condiciones objetivas tales como la expiración de cierto plazo, la realización
de un trabajo determinado o la reincorporación de un empleado al que se había reemplazado temporalmente. En el
caso de un contrato de trabajo de duración limitada, las condiciones correspondientes para su terminación se
mencionan generalmente en el mismo. Es preciso incluir en esta categoría a los temporeros, las personas
contratadas por una agencia de empleo por cuenta de un tercero para la ejecución de «una misión de trabajo» y las
personas con contratos específicos de formación.
Si no existen criterios objetivos para la terminación de un puesto de trabajo o contrato de trabajo, éstos deben ser
considerados respectivamente permanentes o de duración ilimitada.»
Para el concepto de tiempo completo/parcial, por analogía con los elementos indicativos de la encuesta de población
activa (EPA - epígrafe 44 «Distinción entre tiempo completo/parcial») y del Panel Comunitario de los Hogares (ECHP),
se puede escoger un límite puramente indicativo de 30 horas por semana (6 horas por 5 días ó 7,5 horas por 4 días,
por ejemplo) como frontera entre tiempo parcial y tiempo completo. No obstante, ese límite sigue siendo flexible ya
que hay profesiones específicas, como los docentes, que pueden tener puestos a tiempo completo con un número de
horas de clase ampliamente inferior y, a la inversa, profesiones artesanales o comerciales que pueden tener horas
muy por encima de la media. Cuando la información procede de la declaración de accidente, se recopilará de hecho la
percepción de «tiempo completo» y «tiempo parcial» propia de la empresa.
Días perdidos
La variable «días perdidos» significa el número de días naturales en los que la víctima no puede trabajar a causa
de un accidente de trabajo. El número se expresará mediante un formato de 3 dígitos. Cuando sólo se pueda
facilitar esta información utilizando clases de días perdidos, se utilizarán seis clases con los códigos A01 a A06. No
obstante, se considerará que el número de días perdidos está en consonancia con la metodología EEAT, es decir,
sólo deberán incluirse los caso de accidentes de trabajo que den lugar a una ausencia superior a tres días
naturales completos. Deberán utilizarse códigos específicos para definir la incapacidad permanente (997) y los
accidentes mortales (998). En ese caso, los días perdidos antes del reconocimiento de la incapacidad permanente
o del fallecimiento no se tomarán en consideración.
CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES
19
Definición de unidad local de una empresa
Esta definición es útil para las variables «Actividad económica del empresario» y «Dimensiones de la empresa». Si
el concepto de «unidad local de la empresa» que se define no es aplicable directamente en un país, deberá
sustituirse por la definición nacional.
La «unidad local» considerada es un lugar identificado geográficamente en el que se realiza la actividad principal o
en el que puede decirse que ésta tiene su base. Si una persona trabaja en lugares diversos (transportes,
construcción, mantenimiento, vigilancia y trabajo con desplazamiento) o en su domicilio, se considera unidad local
el lugar desde el que recibe instrucciones o en el que se organiza el trabajo.
Normalmente, se trata de un edificio entero, de parte de un edificio o, como mucho, de un grupo autónomo de
edificios. La unidad local de la empresa es, pues, el grupo de asalariados del establecimiento que está situado
geográficamente en la misma sede.
Un lugar identificado geográficamente debe entenderse en sentido estricto: dos unidades de una misma empresa
que tienen sedes diferentes (aunque estas unidades locales se encuentren muy próximas entre sí) deben
considerarse dos unidades locales. Sin embargo, una sola unidad local puede extenderse por varias zonas
administrativas adyacentes. Además, los límites de la unidad vienen determinados por los límites del terreno, lo
que significa, por ejemplo, que las vías públicas que la atraviesan no interrumpen la continuidad de los límites.
Puesto de trabajo
Esta variable define la naturaleza habitual u ocasional del lugar/puesto de trabajo ocupado por la víctima en el
momento del accidente. No tiene en cuenta el carácter permanente o no del empleo (véase la variable «Situación
profesional» más arriba).
El concepto de «puesto de trabajo habitual» se debe entender en sentido restrictivo, siempre dentro del
establecimiento de la unidad local habitual de trabajo: puesto de trabajo fijo en un taller, tienda, oficina, y, más en
general, dentro del establecimiento de la unidad local del empresario.
El concepto de «puesto de trabajo ocasional» se utiliza en sentido amplio y engloba a la vez:
• Actividades con un puesto de trabajo «móvil» (camionero, trabajador de la construcción, instalador, reparador,
policía, agente de seguridad, personal de mantenimiento de vías públicas, etc.).
• Situaciones ocasionales para personas habitualmente en puesto fijo:
ü desplazamiento ocasional por cuenta del empresario;
ü intervenciones específicas por cuenta del empresario fuera de la unidad local habitual, en los locales de un
cliente o dentro del establecimiento de otra empresa (reunión, viaje de trabajo, visita comercial, instalación o
reparación, etc.);
ü destino temporal en puesto fijo distinto o una unidad local distinta de la habitual, incluidos los puestos de
trabajo ocupados durante varios días o semanas, pero que no van a constituir el lugar de trabajo de destino
definitivo (trabajo como interino, destino temporal por parte de empresas que actúan en otra empresa,
acción de mantenimiento intenso en los locales de un cliente, teletrabajo, etc.).
Tipo de lugar
Se trata de un sustantivo.
Se refiere al tipo de lugar, de emplazamiento o de espacio de trabajo donde se hallaba o trabajaba la víctima
inmediatamente antes de producirse el accidente.
Se trata del lugar de trabajo, del entorno general o del local de trabajo donde se ha producido el accidente.
Tipo de trabajo
Se trata de un sustantivo (pero es una acción que también podría expresarse con un verbo).
Se refiere a la naturaleza principal del trabajo o de la tarea (actividad general) que realizaba la víctima en el
momento de producirse el accidente.
Se trata de la actividad general que realizaba la víctima en el momento de producirse el accidente. No se trata ni de
la profesión de la víctima ni tampoco de la Actividad física específica concreta que ésta realizaba en el momento
mismo de producirse el accidente. Corresponde a una descripción del tipo de trabajo (la tarea, en sentido amplio)
que la víctima estaba efectuando durante un determinado período de tiempo hasta el momento mismo de
producirse el accidente.
CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES
20
Actividad física específica
Se trata de un verbo (aunque los códigos de un dígito se expresan con el sustantivo genérico de dichas acciones).
Se refiere a la actividad realizada o ejecutada por la víctima inmediatamente antes de producirse el accidente.
Se trata de la Actividad física específica concreta en el momento mismo de producirse el accidente. Es preciso
determinar con exactitud lo que estaba haciendo la víctima en el momento mismo de producirse el accidente.
Cubre únicamente un período corto.
Agente material de la Actividad física específica
Se trata de un sustantivo.
Se refiere al principal Agente material asociado o ligado a la Actividad física específica de la víctima
inmediatamente antes de producirse el accidente.
El Agente material asociado con la Actividad física específica describe la herramienta, el objeto o el instrumento
utilizado por la víctima en el momento de producirse el accidente. El Agente puede haber intervenido o no en el
accidente. No obstante, si hubiera varios Agentes materiales de la Actividad física específica, deberá registrarse el
que tenga una mayor relación con el accidente o la lesión.
Desviación
Se trata de un sustantivo (pero es una acción que también podría expresarse con un verbo).
Se refiere al último suceso que se desvía de lo que se considera normal y provoca el accidente.
Se trata de la descripción de aquello que se ha desarrollado anormalmente, es decir, la desviación del proceso
normal de ejecución del trabajo. La Desviación es el suceso que origina el accidente. Si hubiera varios sucesos
consecutivos, se registrará la última (la que se haya producido más cerca, en el tiempo, del contacto que ha
producido la lesión).
Agente material de la Desviación
Se trata de un sustantivo.
Se refiere al principal Agente material asociado o ligado al suceso que provoca la desviación.
El Agente material asociado a la Desviación describe la herramienta, el objeto o el instrumento ligado a lo que se
ha producido de forma anormal. Si hubiera varios Agentes materiales asociados a la (última) Desviación, se
registrará el último (el que se halle más cerca, en el tiempo, del contacto que ha producido la lesión).
Contacto - Tipo de lesión
Se trata de un sustantivo (pero es una acción que también podría expresarse con un verbo). También puede
denominarse: Tipo de lesión.
Se refiere al contacto que ha producido la lesión a la víctima.
Describe el modo en que la víctima ha resultado lesionada (físicamente o choque psicológico) por el Agente
material que ha provocado dicha lesión. Si hubiera varios Contactos - Tipos de lesión, se registrará el que produzca
la lesión más grave.
Agente material del Contacto - Tipo de lesión
Se trata de un sustantivo.
Se refiere al principal Agente material asociado o ligado al contacto que ha producido la lesión.
El Agente material asociado al Contacto - Tipo de lesión describe físicamente la herramienta, el objeto o el
instrumento con el cual estuvo en contacto la víctima, o la modalidad psicológica de la lesión. Si varios Agentes
materiales hubieran producido la lesión, se registrará el Agente material ligado a la lesión más grave.
Ponderación
En la Fase III se aplicará un procedimiento de ponderación para resolver la situación de los Estados miembros que
codifican las variables de la Fase III de EEAT solamente para una muestra nacional de accidentes de trabajo. Esta
misma variable se podría utilizar también para indicar el nivel de declaración. El procedimiento de ponderación se
definirá en el transcurso del año 2001 en colaboración con los Estados miembros (véase el apéndice E).
INDICADORES Y MÉTODOS DE NORMALIZACIÓN DE LOS DATOS
21
Indicadores y métodos de normalización de los datos
Tasas de incidencia
La metodología EEAT considera dos tipos principales de indicadores de accidentes de trabajo: el número de
accidentes y las tasas de incidencia. Obviamente, la cifra de accidentes debe relacionarse con la población de
referencia de las personas ocupadas (personas expuestas al riesgo de accidente laboral), con el fin de establecer
las tasas de incidencia (frecuencia). Las cifras se facilitan principalmente para las actividades económicas que
todos los Estados miembros incluyen en los datos de EEAT («ramas comunes», véase el cuadro 7 «Ramas
cubiertas por los sistemas nacionales de declaración» y la sección «Población de referencia (basada en la EPA)»
más adelante).
La tasa de incidencia se define como el número de accidentes laborales por 100 000 personas ocupadas. Puede
calcularse para Europa, un Estado miembro o cualquier subpoblación de acuerdo con una o varias de las variables
mencionadas anteriormente que caracterizan la víctima del accidente (actividad económica, edad, etc.). Puede
establecerse para todos los accidentes o desgloses según una o más variables de las que caracterizan los
accidentes (parte del cuerpo afectada, etc.). En el caso de los accidentes mortales y de los accidentes con más de
tres días de baja se calculan tasas de incidencia por separado.
Por otro lado, para los accidentes mortales a nivel europeo se calcula una tasa de incidencia adicional que excluye
los accidentes de circulación, con el fin de proporcionar tasas de incidencia comparables en todos los Estados
miembros. Ello se debe al hecho de que los accidentes de circulación durante el trabajo no se registran como
accidentes laborales en algunos Estados miembros. Los accidentes de circulación mortales representan una
proporción importante del número de accidentes mortales. Por este motivo, las comparaciones de las tasas de
incidencia nacionales de los accidentes mortales introducirían un desvío importante sin este ajuste de las tasas.
Ello se aplica también a los accidentes en cualquier medio de transporte durante un desplazamiento durante el
trabajo, que también se excluyen de esta tasa adaptada de accidentes mortales.
Cabe señalar que esta tasa de incidencia adaptada se utiliza únicamente para el desglose por Estado miembro.
La fórmula tipo es la siguiente:
Número de accidentes (mortales o no)
Tasa de incidencia = ------------------------------------------------------------------------------------- X 100 000
Número de personas ocupadas en la población estudiada
Factores de corrección y métodos de normalización
Corrección
En el caso de los Estados miembros en los que los accidentes laborales con más de 3 días de baja se notifican
sólo parcialmente, los niveles de declaración se estiman principalmente desglosando las ramas de actividad
económica de dichos Estados miembros. Sobre la base de estos niveles de declaración, Eurostat corrige los datos
presentados en relación con los accidentes y obtiene una estimación del número de accidentes laborales
acaecidos.
Normalización
Es algo demostrado que la frecuencia de los accidentes laborales es muy superior en algunas actividades que en
otras. Por este motivo, la estructura industrial de un país influirá en la frecuencia total de accidentes laborales, en
función de la proporción de los sectores de alto riesgo. Por ejemplo, aunque la frecuencia de accidentes laborales
en cada sector sea la misma en dos Estados miembros, aquel país con una proporción más elevada de
trabajadores en sectores de alto riesgo como la agricultura, la construcción o los transportes tendrá una tasa de
incidencia nacional total más elevada.
Para corregir este efecto, se calcula un número «normalizado» de accidentes laborales por 100 000 personas
ocupadas por Estado miembro, dando a cada sector el mismo peso a nivel nacional que en toda la Unión Europea
(tasa de incidencia «normalizada»). Este método de normalización se utiliza en las actuales publicaciones de EEAT
sobre accidentes de trabajo.
INDICADORES Y MÉTODOS DE NORMALIZACIÓN DE LOS DATOS
22
Está previsto mejorar este método de normalización en el futuro. En función de la fiabilidad y cobertura de la
información facilitada por los Estados miembros, podrían introducirse las siguientes mejoras:
— normalización de la estructura industrial por sector (subsección o división NACE) y no únicamente por
ramas agregadas NACE (sección); de hecho, el peso relativo de los sectores dentro de las principales
ramas también varía de un país a otro, mientras que los niveles de riesgo varían de forma distinta entre
los sectores;
— normalización según el tiempo de trabajo y, por consiguiente, el tiempo de exposición al riesgo (tiempo
parcial, contratos de corta duración, duración legal del trabajo, etc.), que varía de un país a otro;
— posiblemente, normalización según la edad y el sexo.
RECOPILACIÓN DE DATOS Y ARMONIZACIÓN
23
Recopilación de datos y armonización
Procedimientos de declaración en los Estados miembros
Sistemas basados en compañías de seguros y sistemas no basados en compañías de seguros
Eurostat recibe los datos relativos a las EEAT de los registros nacionales de los Estados miembros o de otros
organismos nacionales responsables de la recopilación de datos sobre accidentes de trabajo. Estos datos se basan
en los incidentes y en las fuentes administrativas de los Estados miembros. En comparación con las encuestas, las
perspectivas de armonización de los datos relativos a las EEAT dependen por tanto de los procedimientos
operativos de declaración, de la posibilidad de modificarlos o de adaptar estos datos a los conceptos y
especificaciones EEAT.
Principalmente, pueden distinguirse dos tipos de procedimientos de declaración en los Estados miembros de la
Unión Europea. Los sistemas basados en seguros, que pueden encontrarse en 10 Estados miembros, disponen de
procedimientos de notificación basados principalmente en la declaración de los accidentes a la entidad
aseguradora, pública o privada según el caso. Por otro lado, los procedimientos de declaración de los demás
Estados miembros (Dinamarca, Irlanda, los Países Bajos, Suecia y el Reino Unido) se basan sobre todo en la
obligación legal del empresario de notificar los accidentes a las autoridades nacionales pertinentes, a menudo el
Servicio Nacional de Inspección de Trabajo. Noruega, que también proporciona datos a Eurostat, pertenece a este
último grupo. Suiza, cuyo sistema está basado en seguros, prevé el envío de datos EEAT en un futuro.
En los sistemas de seguros, el suministro o reembolso de las prestaciones de asistencia y el pago de las
prestaciones en metálico (indemnizaciones diarias, pagos, etc.) derivados de los accidentes de trabajo dependen
de su declaración a la entidad aseguradora pública o privada. Además, en algunos de estos países, las
prestaciones pagadas en el marco de la legislación de seguros de accidentes de trabajo son superiores a las que
se pagan en el caso de accidentes no laborales. De esta forma, existe un incentivo económico para que el
empresario y el trabajador declaren los accidentes de trabajo. Debido a estos diversos factores, los niveles de
declaración de accidentes de trabajo son en general muy elevados en estos sistemas y se estima que se acercan
al 100 %.
Los demás Estados miembros y Noruega tienen en general un sistema de «cobertura» universal de la seguridad
social. En tal sistema, las prestaciones que recibe la víctima de un accidente de trabajo no dependen de una
declaración previa del accidente, excepto en el caso de prestaciones específicas pagadas por accidentes más
graves (rentas por incapacidad permanente, etc.). En consecuencia, el incentivo económico para notificar los
accidentes laborales no es muy fuerte. Sin embargo, el empresario tiene la obligación legal de notificar los
accidentes de trabajo. En la práctica, solamente una parte de estos accidentes se declaran y los sistemas basados
en la responsabilidad de los empresarios de notificar los accidentes de trabajo a las autoridades tienen solamente
un nivel de declaración que oscila entre el 30 y el 50 por ciento, por término medio, en el conjunto de sectores
económicos (véase el cuadro 9).
Evaluación de los procedimientos nacionales de declaración
La evaluación inicial de las fuentes de información constituye un requisito previo para una correcta interpretación
de los datos recibidos de los diversos Estados miembros. En particular, es importante tener en cuenta las
diferencias de los procedimientos nacionales de declaración mencionados anteriormente. Mediante un cuestionario
de evaluación se lleva a cabo un análisis detallado de los mismos. Las respuestas nacionales al cuestionario se
entregan a Eurostat junto con los datos anuales de las EEAT.
Los principales temas cubiertos por el cuestionario de evaluación son los siguientes:
— definición de accidente de trabajo
— cobertura de los grupos
— niveles de declaración
La definición de accidente de trabajo, en particular las categorías de accidentes mortales y no mortales declarados,
puede variar ligeramente de un país a otro (cuadros 4 y 5). Por ejemplo, para algunos procedimientos de
declaración, un accidente mortal se registra únicamente como tal si la víctima fallece dentro de un plazo
determinado tras el accidente. En algunos Estados miembros se incluyen todos los accidentes no mortales, con
independencia de si la víctima estaba de baja o no.
Asimismo, el cuestionario pregunta si algunos tipos de accidentes se incluyen o no en los datos presentados, por
ejemplo, los accidentes de circulación (cuadro 8) o los accidentes de los miembros del público.
RECOPILACIÓN DE DATOS Y ARMONIZACIÓN
24
Otra parte del cuestionario se refiere a los grupos cubiertos por los datos nacionales (por situación profesional,
actividad económica y grupos profesionales). Esta información es muy importante para elaborar una población de
referencia adecuada para el cálculo de frecuencias (cuadros 6 y 7).
También debe proporcionarse a Eurostat una estimación de los niveles nacionales de declaración por categoría de
accidente, actividad económica, profesión, situación profesional y dimensiones de la empresa (cuadro 9). Las
preguntas relativas a las definiciones nacionales de unidad local de una empresa también se incluyen en el
cuestionario, pero los resultados no se recogen en la presente publicación.
Los resultados de la evaluación de los procedimientos nacionales actuales de declaración se reflejan más abajo.
Recopilación de datos EEAT armonizados
Pese a las diferencias nacionales en los procedimientos de declaración y en la cobertura, todos los Estados
miembros extraen de sus datos nacionales la información de conformidad con la metodología EEAT, su
definición de accidente de trabajo, etc., con objeto de enviar datos EEAT a Eurostat. En concreto, se limitan a
facilitar datos sobre accidentes que causan una baja de más de tres días, excluyen los accidentes con causa
exclusivamente médica, etc.
En lo que se refiere a la cobertura de los sectores económicos, continúa habiendo diferencias, pero Eurostat
armoniza el análisis con el método de contabilizar las incidencias en solamente 9 ramas «comunes» (véase el
cuadro 7). Esto mismo sucede para el cálculo de los accidentes mortales en cada país, en el cual Eurostat excluye
los accidentes de circulación en todos los Estados miembros.
Por último, en relación con los Estados miembros cuyo sistema no está basado en seguros, Eurostat estima el
número de accidentes ocurridos a partir del número de casos declarados y de niveles de declaración detallados
(desglose actualizado principalmente por rama de la actividad económica) que los Estados miembros evalúan y
proporcionan a Eurostat (véase el cuadro 9).
Definición de accidente de trabajo
Accidentes no mortales
La definición de lo que constituye un accidente de trabajo declarable oscila entre cualquier accidente laboral, tanto
si ocasiona una interrupción del trabajo como si no, y una baja mínima de más de tres días. Como puede
observarse en el cuadro 4, todos los Estados miembros reflejan los accidentes con bajas de más de tres días, que
es también la definición del proyecto EEAT.
Se considera que los accidentes con una baja superior a tres días tienen un nivel de declaración superior a los
accidentes con bajas de menos de tres días. En la metodología EEAT solamente se registran los accidentes con
bajas de más de tres días (reanudación del trabajo el quinto día o después tras el día del accidente).
Cuadro 4 - Categorías de accidentes de trabajo no mortales declarados en la Unión Europea
Los accidentes son declarables en los
siguientes casos:
B DK D EL E F IRL I L NL A P FIN S UK NO
Sin baja laboral o vuelta al trabajo el
mismo día del accidente (
3
)
S N S(1
) S S S N N S N S S N S N S
Vuelta al trabajo el primer, segundo o
tercer día después del día del accidente
(
3
)
S S S(1
) S S S N N S N S S N S N S
Vuelta al trabajo el cuarto día después
del día del accidente (
3
)
S S S(1
) S S S S N S N S S S S N S
Vuelta al trabajo a partir del quinto día
después del accidente
S S S S S S S S S N S S S S S S
Otros (2
)
(1
) D: Los accidentes con menos de cuatro días de baja son cubiertos por el sistema de compensación pero no se incluyen
en las estadísticas nacionales.
(2
) NL: Sólo se declaran las «lesiones graves».
(3
) La metodología EEAT no incluye los accidentes sin baja laboral o con una baja de menos de cuatro días (vuelta al
trabajo entre el mismo día y el cuarto día después del día del accidente) y los Estados miembros no los incluyen en
los datos EEAT.
Leyenda: S = Sí, declarado. N = No, no declarado.
RECOPILACIÓN DE DATOS Y ARMONIZACIÓN
25
Accidentes mortales
Los accidentes mortales deberían, en principio declararse en todos los Estados miembros. No obstante, algunos
países sólo registran como mortales los accidentes en los que la víctima muere dentro de un plazo determinado
tras el accidente. Hay procedimientos de registro en los que el accidente se considera mortal en las estadísticas si
la víctima muere el mismo día (Países Bajos) o en un plazo de treinta días después del accidente (Alemania), y
casos en los que no se fijan plazos (B, EL, F, I, L, A, S y NO). En los demás Estados miembros, el plazo es 1 año –
E : 1,5 años - después de la fecha del accidente (cuadro 5).
Cuadro 5 - Categorías de accidentes de trabajo mortales declarados en la Unión Europeas
Los accidentes se registran como
mortales cuando la víctima muere:
B DK D EL E F IRL I L NL A P FIN S UK NO
En el plazo de un año después del día del
accidente
S S S(1
) S S(2
) S S S S N S S S S S S
En cualquier momento después del día
del accidente
S N S(1
) S N S N S S N S N N S N S
Tras un reconocimiento previo de
incapacidad permanente
S N S(1
) - S N(3
) S(4
) S S N - S(4
) N S S(4
) N
Otros (1
) (5
)
(1
) D: Únicamente se incluyen en las estadísticas nacionales y en los datos EEAT aquellos en que la muerte se
produce 30 días después del accidente.
(2
) E: Los accidentes mortales únicamente se indemnizan y se incluyen en las estadísticas si la víctima muere en
un plazo de 18 meses tras el accidente.
(3
) F: Las muertes provocadas por un accidente laboral pero que ocurren tras el reconocimiento de una incapacidad
permanente están cubiertas por el seguro si se deben a accidentes laborales pero no se incluyen como accidentes
mortales en las estadísticas.
(4
) IRL, P y UK: Las muertes debidas a un accidente de trabajo pero que se producen tras el reconocimiento de una
incapacidad permanente se incluyen en las estadísticas únicamente si se producen en el plazo de un año tras el día del
accidente.
(5
) NL: Únicamente se registran las muertes inmediatas
Leyenda: S = Sí, declarado. N = No, no declarado.
Grupos cubiertos por los sistemas nacionales de declaración
En principio, todos los grupos o sectores deberían estar cubiertos por la legislación nacional u otras disposiciones
reglamentarias que exijan la notificación de todos los casos de accidentes laborales a las autoridades, o bien a una
entidad aseguradora pública o privada de conformidad con la legislación. No obstante, no todos los datos se
recopilan a efectos estadísticos: o bien los datos se mantienen en un formato que no permite su análisis estadístico
o los ficheros de datos no están por el momento disponibles para el proyecto EEAT. Por este motivo, el término
«cobertura» debe entenderse como cobertura de los datos relativos a accidentes que han sido efectivamente
enviados a Eurostat, de conformidad con la metodología EEAT.
Cobertura de trabajadores por cuenta propia y trabajadores familiares
La cobertura de los grupos varía de un Estado miembro a otro. Los trabajadores por cuenta propia y los miembros
de la familia no están cubiertos por algunos sistemas nacionales de declaración. En particular, el sector agrícola se
ve afectado por la falta de cobertura de los trabajadores autónomos. Por otro lado, la cobertura de los datos en
algunos Estados miembros en los que existen numerosos trabajadores de este tipo, por ejemplo, Grecia, se ve
afectada por la exclusión de los mismos de los procedimientos de declaración y registro. En el cuadro 6 se
presentan los grupos cubiertos por los sistemas nacionales de declaración por situación profesional.
Cuadro 6 - Situación profesional cubierta por los sistemas nacionales de declaración(1
)
B DK D EL E F IRL I L NL A P FIN S UK NO
Asalariados S S S S S S S S S S(2
) S S S S S(3
) S
Trabajadores por cuenta propia N S P N P(4
) N N S S N S N P S S(3
) P(4
)
Trabajadores familiares N S P N P(4
) N S S S N P(4
) N N S S(3
) P(4
)
(1
) La cobertura por ramas y sectores económicos se indica en el cuadro 7.
(2
) NL: datos de 1994.
(3
) UK: excepto Irlanda del Norte.
(4
) E, A y NO: Los trabajadores familiares se incluyen únicamente en agricultura y silvicultura - NACE A - (también para
trabajadores por cuenta propia, y en pesca - NACE B - en España y para la construcción en Noruega).
Leyenda: S = Sí, cubiertos N = No, no cubierto P = Parcialmente cubierto
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
Eeat
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  • 1.
  • 2.
  • 3. 3 Prólogo La preocupación comunitaria por la mejora de las condiciones de trabajo, la salud y la seguridad de los trabajadores está presente en todas las acciones políticas como componente social y económico. El progreso económico y el social deben ir unidos. El objetivo de la política que ha aplicado la Comisión en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo durante los últimos treinta años ha sido reducir al máximo tanto los accidentes laborales como las enfermedades profesionales. Esta acción comunitaria en relación con la salud y la seguridad en el trabajo se ha llevado a cabo con arreglo al artículo 137 (antiguo artículo 118 A) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. El Consejo ha adoptado en torno a quince directivas, que los Estados miembros han incorporado en su mayoría a la legislación nacional. Pero la elaboración de un amplio corpus legislativo y su transposición al Derecho nacional de los Estados miembros constituyen las herramientas y no el objetivo de la Comisión. El objetivo final es la reducción de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales. Se trata de evitar el sufrimiento de los trabajadores y de sus familias, los problemas relacionados con la calidad del trabajo, con la reinserción social y las repercusiones económicas inducidas que se manifiestan en la toda sociedad. Por esa razón, con el fin de supervisar la eficacia de las medidas existentes, tanto de orden legislativo como de otro tipo, la Directiva marco establece que las empresas elaboren una lista de los accidentes de trabajo que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a tres días. Sobre esta base, en 1990 se emprendió la labor de armonización a escala europea de los criterios y la metodología que deberá aplicarse para el registro de los datos sobre los accidentes de trabajo. La presente publicación, resultado de esta exhaustiva labor llevada a cabo en colaboración con los Estados miembros, es la metodología final de las Estadísticas europeas de accidentes de trabajo, que incluye las herramientas armonizadas para analizar las causas y circunstancias de los accidentes laborales (recopilación de datos, nomenclaturas, normas de codificación). Los resultados permitirán mejorar el seguimiento de la aplicación de las directivas y, en su caso, su adaptación a las nuevas necesidades y la instauración de nuevas políticas a escala comunitaria. La presente publicación se dirige especialmente a las instituciones nacionales encargadas del registro y tratamiento de los datos de accidentes de trabajo, como los institutos de estadística, los seguros y mutualidades y los departamentos de prevención de accidentes y enfermedades profesionales. De manera general, será útil a los técnicos y expertos del sector y a las empresas. DG Empleo y Asuntos Sociales Eurostat J.R. Biosca De Sagastuy M. Skaliotis Jefe de Unidad D-5 Jefe de Unidad E-3 «Salud, seguridad e higiene «Educación, sanidad y en el trabajo» otros sectores sociales»
  • 4. 4 Prefacio El proyecto de armonización de las Estadísticas europeas de accidentes de trabajo (EEAT) comenzó en 1990 bajo la coordinación conjunta de la Unidad E3 de Eurostat y la Unidad D/5 de la Dirección General de Empleo y Asuntos Sociales (DG EMPL) con objeto de redactar una metodología para la recopilación de datos comparables en la Unión Europea. Esta labor tiene por objetivo la armonización de los criterios y métodos que se deben aplicar cuando se registren los datos sobre accidentes laborales. Esta metodología se desarrolló en distintas fases como una técnica mejorada que permite supervisar la aplicación de las medidas adoptadas con arreglo al artículo 137 (ex-artículo 118 A) del Tratado con el fin de promover la mejora del entorno laboral y de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores. La Directiva marco 89/391/CEE(1) relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, estableció, en efecto, en las letras c) y d) del artículo 9, la obligación para los empresarios de elaborar una lista de accidentes de trabajo que impliquen para el trabajador una incapacidad laboral superior a tres días, así como la obligación, de conformidad con las legislaciones o con las prácticas nacionales, de elaborar informes sobre los accidentes de trabajo de los que hayan sido víctimas sus trabajadores. En el mismo contexto, conviene también destacar que el Consejo, en sus Resoluciones de 21 de diciembre de 1987(2) y de 27 de marzo de 1995(3), pidió específicamente a la Comisión que le presentara propuestas para la armonización de las estadísticas de accidentes de trabajo, y ulteriormente invitó a la Comisión a esforzarse en llevar a buen fin los trabajos en curso sobre este ámbito. El programa relativo a la seguridad, higiene y salud en el lugar de trabajo (1996-2000) prevé también la continuación de la aplicación del proyecto EEAT. Por último, este proyecto forma parte del programa marco para acciones prioritarias en el ámbito de la información estadística 1993-1997(4). Del mismo modo, la Decisión del Consejo, de 22 de diciembre de 1998, relativa al programa estadístico comunitario 1998-2002(5), que define los principales ámbitos y objetivos de las estadísticas de la Comunidad Europea, prevé el establecimiento de series coherentes de datos a nivel europeo que permitan controlar la salud y la seguridad en el trabajo y la eficacia de la normativa de este ámbito. Las Fases I y II del proyecto EEAT se aplican respectivamente desde 1993(6) y 1996. La Comisión (DG EMPL y EUROSTAT) comenzó a desarrollarlas en 1990, en colaboración con los Estados miembros. El Grupo de Trabajo EEAT se creó con el fin de realizar el seguimiento del trabajo y proporcionar recomendaciones a la Comisión Europea a la hora de desarrollar este ámbito de las estadísticas. También se creó un grupo operativo compuesto por expertos nacionales para asesorar técnicamente en la elaboración de una metodología que tenga en cuenta, en la medida de lo posible, los procedimientos y metodologías de declaración vigentes actualmente en los diversos Estados miembros. La Fase I incluye variables destinadas a la definición de la actividad económica del empresario, profesión, edad y sexo de la víctima, naturaleza de la lesión y parte del cuerpo lesionada, así como la localización geográfica, fecha y hora del accidente, mientras que la Fase II complementa esta primera información con datos sobre el tamaño de la empresa, nacionalidad y situación profesional de la víctima, así como las consecuencias del accidente: número de días perdidos, incapacidad permanente o muertes subsiguientes al accidente. Todas estas variables ofrecen una información que permite definir las características de la empresa, de la víctima, de la lesión y sus consecuencias, así como fechar y localizar el accidente. No obstante, a fin de fomentar una política europea más activa para la prevención de accidentes de trabajo, la Fase III de las EEAT cubre otras variables y nomenclaturas armonizadas sobre las causas y circunstancias(7) de los accidentes laborales que ayudarán a esclarecer la situación y las condiciones en el momento del accidente. Los resultados de tales análisis proporcionarán información útil para orientar de modo oportuno las nuevas políticas de prevención que hayan de desarrollarse. (1) 89/391/CEE, DO L 183 de 29.6.1989. (2) 88/C 28/01, DO C 28 de 3.2.1988. (3) 95/C 168/01, DO C 168 de 4.7.1995. (4) 93/464/CEE, DO L 219 de 28.8.1993. (5) 99/126/CE, DO L 42 de 16.2.1999. (6) Año de referencia = datos recogidos relativos a los accidentes de ese año. (7) Basadas en un proyecto de sistema europeo de codificación de las causas y circunstancias de accidentes de trabajo propuesto por un grupo de Estados miembros (DWES de Dinamarca, HVBG de Alemania, CNAMTS de Francia e INAIL de Italia) coordinado por EUROGIP (Francia), validado previamente mediante una muestra de más de 6 000 accidentes reales en diversos Estados miembros (Bélgica, España, Luxemburgo, Portugal, Finlandia, Suecia y el Reino Unido).
  • 5. 5 El primer año de referencia para la Fase III del proyecto es 2001( 6 ). Hay que tener en cuenta que el proyecto EEAT fue reconocido a escala internacional por la Resolución de la OIT sobre «Estadísticas de lesiones profesionales ocasionadas por accidentes del trabajo»(8), que recoge gran parte de la metodología EEAT de la Comisión Europea. En particular, la Fase III constituye a la vez el principio metodológico y el primer intento de aplicación de la información complementaria sobre las circunstancias del accidente cuyo desarrollo prevé la Resolución. La Fase III garantizará la armonización de los datos sobre este tema procedentes de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros países que quieran utilizar este sistema. Es al mismo tiempo un instrumento suficientemente afín a los sistemas nacionales ya operativos, total o parcialmente, en algunos países como para garantizar una aplicación óptima en las instituciones nacionales que generan los datos (seguridad social, seguros, inspección de trabajo) que incluso, llegado el caso, pueden utilizar las propias empresas. La presente publicación ofrece los resultados del trabajo en la metodología de las tres fases de EEAT que desde 1990 llevan a cabo los servicios de la Comisión junto con expertos de las instituciones pertinentes (institutos nacionales de estadística, ministerios o departamentos de trabajo y asuntos sociales, institutos de la seguridad social) en el ámbito de Salud y seguridad en el trabajo en los Estados miembros. El resultado se ha concretado en un conjunto completo de variables con sus nomenclaturas, notas explicativas y guías de codificación. Durante la preparación de este sistema, los diseñadores se guiaron permanentemente por el objetivo de crear una herramienta de recogida de información que sea útil para la prevención de los accidentes laborales en toda Europa y que garantice al mismo tiempo una compatibilidad máxima con los sistemas estadísticos existentes en los Estados miembros. Por consiguiente, se prestó gran atención a estos sistemas, así como a las propuestas que presentaron al proyecto todos los interlocutores. El objetivo general consistía en elaborar una metodología suficientemente detallada como para que fuera eficaz, evitando al mismo tiempo, tanto globalmente como para cada variable, una excesiva complejidad, con el fin de facilitar la aplicación de este nuevo sistema estadístico. A esta preferencia por la simplicidad hay que añadir un afán de apertura y adaptabilidad en el tiempo. Estas características del sistema permiten su perfeccionamiento por la adición de nuevos dígitos en los Estados miembros, la introducción progresiva del método en las instituciones nacionales respectivas y, cuando proceda, la búsqueda de información complementaria sobre las causas y circunstancias de los accidentes laborales, respetando al mismo tiempo la estructura general del proyecto. Asimismo, cabe recordar que las actividades de la Comisión relativas a las estadísticas sobre los accidentes de trabajo están vinculadas con la encuesta de población activa (EPA) comunitaria. En concreto, la población de referencia de las EEAT sobre la que se calculan las tasas de incidencia de los accidentes laborales, se basa en los datos de la EPA. Además, para conseguir una visión más amplia de la situación, se incluyó un módulo ad hoc sobre salud y seguridad en el trabajo en la EPA de 1999 [Reglamento (CE) nº 1571/98 de la Comisión, de 20 de julio de 1998( 9 )]. El análisis de los resultados de este módulo aportará valor añadido a la información ya recogida por las EEAT: accidentes con una baja de menos de 4 días, análisis cruzado con información sobre el mercado laboral, características de los puestos de trabajo o formación. La nueva Fase III sobre causas y circunstancias se pone en marcha progresivamente en los Estados miembros a partir de 2001, de acuerdo con programas nacionales de aplicación que tienen en cuenta las adaptaciones necesarias de los sistemas de declaración y codificación de accidentes de trabajo. En 2003 se esperan los primeros resultados en un conjunto inicial de Estados miembros sobre los datos del año de referencia( 6 ) 2001. DG EMPL D-5 y EUROSTAT E-3 Marzo 2001 © Comisión Europea 2001 Doc. ESTAT/E3/HSW/2001/1130 (8) Adoptada por la Decimosexta Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo, Ginebra, 6-15 de octubre de 1998. (9) Reglamento (CE) nº 1571/98 de la Comisión, de 20 de julio de 1998, sobre las modalidades de aplicación del Reglamento (CE) nº 577/98 del Consejo relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad, DO L 205 de 22.7.1998.
  • 6. 6 Información adicional: Didier Dupré Eurostat E3 - Edificio Bech D2/723 Tel.: (352) 4301-35034; Fax: (352) 4301-35399 Didier.Dupre@cec.eu.int Angel Fuente DG Empleo y Asuntos Sociales D5 - Edificio Jean Monnet C3/79 Tel.: (352) 4301-32739; Fax: (352) 4301-34259 Angel.Fuente-Martin@cec.eu.int Sitio de Eurostat en Internet: http://europa.eu.int/comm/eurostat/ Sitio de la DG Empleo y Asuntos Sociales sobre salud y seguridad en el trabajo: http://europa.eu.int/comm/employment_social/h&s/index_en.htm
  • 7. 7 Índice PRÓLOGO...................................................................................................................................3 PREFACIO...................................................................................................................................4 ANTECEDENTES Y OBJETIVOS DEL PROYECTO EEAT......................................................11 Antecedentes del proyecto EEAT........................................................................................................................... 11 Objetivos del proyecto EEAT.................................................................................................................................. 11 CONCEPTOS BÁSICOS Y DEFINICIONES..............................................................................12 Pormenores sobre la definición de accidente de trabajo .................................................................................... 12 Accidentes de circulación (tráfico) y otros accidentes en un medio de transporte................................................ 12 Accidentes ocurridos fuera de la empresa .............................................................................................................. 13 Miembros del público............................................................................................................................................. 13 Accidentes derivados de causas estrictamente naturales..................................................................................... 14 Accidente de trabajo con más de 3 días de baja................................................................................................... 14 Accidentes de trabajo mortales.............................................................................................................................. 14 CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES .............................................................................15 Introducción general al sistema ............................................................................................................................. 15 Variable ..................................................................................................................................................................... 16 Número de caso..................................................................................................................................................... 17 Actividad económica del empresario ..................................................................................................................... 17 Profesión de la víctima........................................................................................................................................... 17 Edad de la víctima ................................................................................................................................................. 17 Sexo de la víctima.................................................................................................................................................. 17 Tipo de lesión......................................................................................................................................................... 17 Parte del cuerpo afectada...................................................................................................................................... 17 Situación geográfica del accidente ........................................................................................................................ 17 Fecha del accidente............................................................................................................................................... 17 Hora del accidente................................................................................................................................................. 18 Dimensiones de la empresa .................................................................................................................................. 18 Nacionalidad de la víctima..................................................................................................................................... 18 Situación profesional de la víctima ........................................................................................................................ 18 Días perdidos......................................................................................................................................................... 18 Definición de unidad local de una empresa........................................................................................................... 19 Puesto de trabajo................................................................................................................................................... 19 Tipo de lugar.......................................................................................................................................................... 19 Tipo de trabajo....................................................................................................................................................... 19 Actividad física específica...................................................................................................................................... 20 Agente material de la Actividad física específica................................................................................................... 20 Desviación ............................................................................................................................................................. 20 Agente material de la Desviación .......................................................................................................................... 20 Contacto - Tipo de lesión....................................................................................................................................... 20 Agente material del Contacto - Tipo de lesión....................................................................................................... 20 Ponderación........................................................................................................................................................... 20 INDICADORES Y MÉTODOS DE NORMALIZACIÓN DE LOS DATOS...................................21 Tasas de incidencia ................................................................................................................................................. 21 Factores de corrección y métodos de normalización .......................................................................................... 21 Corrección.............................................................................................................................................................. 21 Normalización ........................................................................................................................................................ 21
  • 8. 8 RECOPILACIÓN DE DATOS Y ARMONIZACIÓN ....................................................................23 Procedimientos de declaración en los Estados miembros ................................................................................. 23 Sistemas basados en compañías de seguros y sistemas no basados en compañías de seguros....................... 23 Evaluación de los procedimientos nacionales de declaración............................................................................... 23 Recopilación de datos EEAT armonizados ........................................................................................................... 24 Definición de accidente de trabajo......................................................................................................................... 24 Accidentes no mortales.......................................................................................................................................... 24 Accidentes mortales............................................................................................................................................... 25 Grupos cubiertos por los sistemas nacionales de declaración.......................................................................... 25 Cobertura de trabajadores por cuenta propia y trabajadores familiares................................................................ 25 Sectores................................................................................................................................................................. 26 Cobertura de accidentes fuera de los locales de la empresa (incluidos los accidentes de circulación) ............... 27 Niveles de declaración de los Estados miembros................................................................................................ 27 POBLACIÓN DE REFERENCIA (BASADA EN LA EPA)..........................................................28 Año de referencia ..................................................................................................................................................... 28 Establecimiento de filtros ....................................................................................................................................... 28 Población de referencia estimada para 1998 ........................................................................................................ 28 EVOLUCIÓN FUTURA ..............................................................................................................29 Mejora de la calidad de los datos........................................................................................................................... 29 Cobertura............................................................................................................................................................... 29 Niveles de declaración........................................................................................................................................... 29 Inclusión/exclusión de tipos específicos de accidentes......................................................................................... 30 Desarrollo de nuevos indicadores ......................................................................................................................... 30 APÉNDICE A: APLICACIÓN DE LA FASE III DE EEAT A PARTIR DEL AÑO DE REFERENCIA 2001...................................................................................................................31 Elección de las variables......................................................................................................................................... 31 Variables sobre las causas y las circunstancias.................................................................................................... 31 Variables prioritarias .............................................................................................................................................. 32 Opción intermedia.................................................................................................................................................. 32 Variable opcional suplementaria Puesto de trabajo............................................................................................... 32 Consideración de la totalidad de las 9 variables.................................................................................................... 32 Precisiones relativas a la variable Desviación y su Agente material ..................................................................... 33 Mejoras opcionales de las variables de las Fases I y II........................................................................................ 33 Actividad económica del empresario ..................................................................................................................... 33 Situación profesional.............................................................................................................................................. 34 APÉNDICE B: CLASIFICACIONES Y FORMATOS UTILIZADOS PARA LAS EEAT ..............35 Clasificaciones ......................................................................................................................................................... 35 Número de caso..................................................................................................................................................... 35 Actividad económica del empresario ..................................................................................................................... 35 Ocupación de la víctima......................................................................................................................................... 37 Edad de la víctima ................................................................................................................................................. 38 Sexo de la víctima.................................................................................................................................................. 38 Tipo de lesión......................................................................................................................................................... 39 Parte del cuerpo afectada...................................................................................................................................... 40 Situación geográfica del accidente ........................................................................................................................ 41 Fecha del accidente............................................................................................................................................... 46 Hora del accidente................................................................................................................................................. 46 Dimensiones de la empresa .................................................................................................................................. 46 Nacionalidad de la víctima..................................................................................................................................... 47 Situación profesional de la víctima ........................................................................................................................ 47 Días perdidos......................................................................................................................................................... 48 Clasificación de las causas y circunstancias........................................................................................................ 49 Puesto de trabajo................................................................................................................................................... 49
  • 9. 9 Tipo de lugar.......................................................................................................................................................... 49 Tipo de trabajo....................................................................................................................................................... 50 Actividad física específica...................................................................................................................................... 51 Desviación ............................................................................................................................................................. 52 Contacto - Tipo de lesión....................................................................................................................................... 54 Agente material...................................................................................................................................................... 55 Formatos agregados................................................................................................................................................ 62 APÉNDICE C: DIRECTRICES PARA LA CLASIFICACIÓN .....................................................63 Tipo de lesión ........................................................................................................................................................... 63 Comentarios generales relativos a las variables sobre las causas y circunstancias....................................... 67 Organización de las variables................................................................................................................................ 67 Precisiones sobre la utilización del código 00 ó 99................................................................................................ 67 Desarrollo específico sobre el Agente material ..................................................................................................... 68 Puesto de trabajo ..................................................................................................................................................... 68 Tipo de lugar............................................................................................................................................................. 68 Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 68 Desarrollo............................................................................................................................................................... 68 010-019 Zonas industriales.................................................................................................................................... 69 020-029 Obras, construcción, canteras, minas a cielo abierto.............................................................................. 69 030-039 Lugares agrícolas, de cría de animales, de piscicultura, zona forestal................................................... 69 040-049 Lugares de actividad terciaria, oficinas, áreas de ocio, varios ................................................................ 69 050-059 Centros sanitarios.................................................................................................................................... 69 060-069 Lugares públicos...................................................................................................................................... 69 070-079 Domicilio .................................................................................................................................................. 69 080-089 Lugares de actividades deportivas .......................................................................................................... 70 Lugares con condiciones excepcionales - 090-099 en el aire, elevados - con excepción de las obras - 100-109 subterráneos - con excepción de las obras - 110-119 en el agua - con excepción de las obras.......................... 70 120-129 En medio hiperbárico - excluidas las obras............................................................................................. 70 Comentarios generales.......................................................................................................................................... 70 Tipo de trabajo ......................................................................................................................................................... 71 Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 71 Desarrollo............................................................................................................................................................... 71 10-19 Producción, transformación, tratamiento, almacenamiento - de todo tipo .................................................. 71 20-29 Movimiento de tierras, construcción, mantenimiento, demolición ............................................................... 71 30-39 Labores de tipo agrícola, forestal, hortícola, piscícola, con animales vivos................................................ 72 40-49 Actividades de servicios a empresas o a personas y trabajos intelectuales ............................................... 72 50-59 Trabajos relacionados con las tareas codificadas en el 10, 20, 30 y 40 ..................................................... 72 60-69 Circulación, actividades deportivas o artísticas........................................................................................... 72 Actividad física específica....................................................................................................................................... 72 Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 72 Desarrollo............................................................................................................................................................... 73 Distinción entre herramienta y máquina - máquina fija y máquina móvil............................................................... 73 10-19 Operaciones con máquinas......................................................................................................................... 73 20-29 Trabajos con herramientas manuales ......................................................................................................... 73 30-39 Conducir/estar a bordo de un medio de transporte - equipo de carga........................................................ 74 40-49 Manipulación de objetos .............................................................................................................................. 74 50-59 Transporte manual ...................................................................................................................................... 75 60-69 Movimiento .................................................................................................................................................. 75 70 Estar presente................................................................................................................................................... 76 Desviación ................................................................................................................................................................ 76 Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 76 Desarrollo............................................................................................................................................................... 76 10-19 Desviación por problema eléctrico, explosión, fuego .................................................................................. 76 20-29 Desviación por desbordamiento, vuelco, escape, derrame, vaporización, emanación............................... 77 30-39 Rotura, fractura, estallido, resbalón, caída, derrumbamiento de Agente material ...................................... 77 40-49 Pérdida (total o parcial) de control de máquinas, medios de transporte - equipo de carga, herramienta manual, objeto, animal........................................................................................................................................... 77 50-59 Resbalón o tropezón - con caída, caída de personas ................................................................................. 78 Nota preliminar para la utilización de los códigos 60-69 y 70-79........................................................................... 78
  • 10. 10 60-69 Movimiento del cuerpo sin esfuerzo físico (por lo general provoca una lesión externa)............................. 78 70-79 Movimiento del cuerpo como consecuencia de o con esfuerzo físico (por lo general provoca una lesión interna)................................................................................................................................................................... 79 80-89 Sorpresa, miedo, violencia, agresión, amenaza, presencia ........................................................................ 80 Contacto - Tipo de lesión ........................................................................................................................................ 80 Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 80 Desarrollo............................................................................................................................................................... 80 10-19 Contacto con corriente eléctrica, temperaturas o sustancias peligrosas .................................................... 80 20-29 Ahogamiento, quedar sepultado, quedar envuelto...................................................................................... 81 31-39 Aplastamiento en movimiento vertical u horizontal sobre o contra un objeto inmóvil (la víctima está en movimiento) ........................................................................................................................................................... 81 40-49 Choque con un objeto en movimiento, colisión con .................................................................................... 81 50-59 Contacto con Agente material cortante, punzante, duro o rugoso .............................................................. 82 60-69 Quedar atrapado, ser aplastado, etc. .......................................................................................................... 82 70-79 Esfuerzo físico del cuerpo, esfuerzo psíquico ............................................................................................. 83 80-89 Mordeduras, patadas, etc. de animales o personas.................................................................................... 83 Agente material ........................................................................................................................................................ 83 Recordatorio de la definición ................................................................................................................................. 83 Desarrollo............................................................................................................................................................... 83 Descripción de los grupos en el nivel de una posición .......................................................................................... 83 Codificación detallada opcional ............................................................................................................................. 84 Ejemplos de codificación de las causas y circunstancias .................................................................................. 85 APÉNDICE D: NOMENCLATURAS OPCIONALES DE 4 POSICIONES..................................91 Actividad económica del empresario (NACE) ....................................................................................................... 91 Agente material ...................................................................................................................................................... 107 APÉNDICE E: PONDERACIÓN ..............................................................................................201 APÉNDICE F: METODOLOGÍA DE LOS ACCIDENTES IN ITINERE ....................................204 Introducción............................................................................................................................................................ 204 Metodología............................................................................................................................................................ 204 Definiciones ......................................................................................................................................................... 204 Variables .............................................................................................................................................................. 204 Cuestionario de evaluación .................................................................................................................................. 204 APÉNDICE G: REFERENCIAS ...............................................................................................205 APÉNDICE H: PROVEEDORES NACIONALES DE DATOS SOBRE EEAT .........................206
  • 11. ANTECEDENTES Y OBJETIVOS DEL PROYECTO EEAT 11 Antecedentes y objetivos del proyecto EEAT Antecedentes del proyecto EEAT En la Directiva marco sobre salud y seguridad en el trabajo(10) se solicitaba a la Comisión que procediera a la armonización de los datos relativos a los accidentes de trabajo, especificando que «…el empresario deberá elaborar una lista de los accidentes de trabajo que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a tres días de trabajo» y que deberá «redactar informes, destinados a las autoridades competentes y de conformidad con las legislaciones y/o los usos nacionales sobre los accidentes laborales de que son víctimas sus trabajadores». Sobre esta base, se puso en marcha en 1990 el proyecto EEAT, destinado a armonizar los datos relativos a los accidentes de trabajo para todos los accidentes que causan una baja laboral superior a tres días. Eurostat y la DG Empleo y Asuntos Sociales publicaron en 1992 la «Metodología para la armonización de las estadísticas europeas de accidentes de trabajo» (11). El proyecto EEAT ha sido una parte integrante del programa marco de acciones prioritarias en el ámbito de la información estadística entre 1993 y 1997(12). Por otro lado, en la Resolución 95/C 168/01 del Consejo(13) se solicita a la Comisión que se esfuerce «por llevar a buen término los trabajos, actualmente en curso, en materia de armonización de las estadísticas de accidentes laborales...». El programa relativo a seguridad, higiene y salud en el trabajo (1996-2000) prevé también la continuación de la aplicación de este proyecto. Además, el Programa Estadístico Comunitario 1998-2002, que define los principales ámbitos y objetivos de las estadísticas comunitarias, prevé el establecimiento de series coherentes de datos a nivel europeo con el fin de proporcionar los medios para realizar el seguimiento de la salud y la seguridad en el trabajo y garantizar la eficacia de la legislación en este ámbito(14). Objetivos del proyecto EEAT El objetivo del proyecto EEAT es «recoger datos comparables de toda la Unión Europea sobre accidentes laborales y elaborar una base de datos». Para seguir las tendencias de la salud y seguridad en el trabajo en la Unión Europea y fomentar la prevención de accidentes tanto a nivel comunitario como de cada Estado miembro es necesario disponer de datos comparables sobre los accidentes de trabajo. Los objetivos son proporcionar datos sobre grupos y sectores de alto riesgo, así como indicadores sobre las causas y los costes socioeconómicos de los accidentes de trabajo. Deberán elaborarse series coherentes de datos para proporcionar los medios de realizar el seguimiento de la salud y la seguridad en el trabajo y garantizar la eficacia de la legislación en este ámbito. Asimismo, otro objetivo del proyecto EEAT es desarrollar una metodología que sea, en la medida de lo posible, comparable con otras estadísticas internacionales y participar en la coordinación de dichos trabajos. La metodología EEAT se ajusta a la Resolución de la OIT de 1998 sobre «Estadísticas de lesiones profesionales ocasionadas por accidentes del trabajo»(15). (10) Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, DO L 183 de 29.6.1989. En lo sucesivo, Directiva marco (sobre salud y seguridad en el trabajo). (11) Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, tema 3 serie E, ISBN 92-826-4100-7, número de catálogo CA-74-92-257-EN-C. (12) Decisión 93/464/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1993, relativa al programa marco para las acciones prioritarias en el ámbito de la información estadística 1993-1997, DO L 219 de 28.8.1993. (13) DO C 168 de 4.7.1995, p. 1-2. (14) Decisión 99/126/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1998, relativa al programa estadístico comunitario 1998-2002, DO L 42 de 16.2.1999. (15) Adoptada por la Decimosexta Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo, Ginebra, 6-15 de octubre de 1998.
  • 12. CONCEPTOS BÁSICOS Y DEFINICIONES 12 Conceptos básicos y definiciones Los datos correspondientes a las Fases I, II y III de las EEAT se han recogido, respectivamente, los años de referencia 1993, 1996 y de 2001 en adelante. El periodo de referencia se define como el año de notificación del accidente. En los datos de las EEAT se incluyen todos los casos de accidentes laborales que causan una baja de más de tres días naturales(16). En la práctica, esto significa que un accidente laboral se incluye en las EEAT si la persona no puede trabajar durante más de tres días, aunque en estos días se incluyan sábados, domingos u otros días en los que la persona normalmente no trabaje. Los accidentes de trabajo se definen como «un suceso concreto durante el trabajo que produce una lesión física o mental». Esta definición incluye casos de envenenamiento agudo y actos voluntarios de otras personas, así como accidentes durante el trabajo pero fuera de las instalaciones de la empresa, incluso los causados por terceros. Excluye heridas autoinfligidas deliberadamente, accidentes durante el trayecto de ida o vuelta del trabajo (accidentes in itinere, véase el apéndice F), accidentes con causa exclusivamente médica y enfermedades profesionales (17). «Durante el trabajo» significa mientras se está dedicado a una actividad profesional o durante el tiempo pasado en el trabajo, lo que incluye los accidentes de circulación durante el trabajo. La definición de «accidente mortal» es la siguiente: un accidente que produce la muerte de la víctima en el año siguiente al día del accidente. Pormenores sobre la definición de accidente de trabajo Inclusiones La definición anterior de accidente de trabajo incluye los siguientes tipos de accidentes (resumen en el cuadro 1). Accidentes de circulación (tráfico) y otros accidentes en un medio de transporte Los accidentes de circulación durante el trabajo se incluyen en la metodología EEAT. Se trata de los accidentes que sufren no sólo las personas cuya actividad profesional se ejerce principalmente en la vía pública, por ejemplo, conductores de autobuses o de camiones, sino también aquellas cuya actividad implica desplazamientos frecuentes u ocasionales. Entre estas actividades profesionales cabe citar las reparaciones, las actividades comerciales u otros servicios prestados en los locales de un cliente, así como, por ejemplo, un accidente de circulación de un ejecutivo en el trayecto entre su oficina y el lugar de una reunión. Este accidente seguiría considerándose accidente de trabajo y debe incluirse en la metodología EEAT, con independencia de que tal lugar pertenezca a la empresa o al cliente, a otra empresa o a otra institución. Entre los accidentes de circulación descritos anteriormente se incluyen también las incidencias que tienen lugar en aparcamientos y en las vías interiores de los locales de la empresa. La expresión «mientras se está dedicado a una actividad profesional o durante el tiempo pasado en el trabajo» tiene por consiguiente un sentido que debe entenderse de forma amplia. De ahí que deban también incluirse los demás tipos de accidentes en la vía pública, tales como los resbalones en la calzada y las caídas en escaleras, e incluso las agresiones, cuando la presencia en la vía pública se debe a un desplazamiento por motivos laborales. De igual forma también deben considerarse accidentes de trabajo los accidentes a bordo de un medio de transporte (metro, tranvía, tren, barco, avión, etc.) o en los lugares de llegada o partida (estación, puerto, aeropuerto, etc.) siempre que se produzcan durante el trabajo. Cabe señalar que los accidentes in itinere, es decir los que se producen en el itinerario de ida y de vuelta al trabajo, no se incluyen en la metodología EEAT(18). (16) La Directiva marco (artículo 9) habla de días laborables. No obstante, se ha decidido que para la metodología EEAT se seguirá la práctica más común de los Estados miembros, que es utilizar días naturales para calcular el número de días de ausencia del trabajo. (17) La Comisión ha elaborado las Estadísticas europeas sobre enfermedades profesionales (EEEP, Fase I) aplicadas desde el año de referencia 2001 en adelante (véase la sección Evolución futura). (18) No obstante, se ha elaborado una recopilación adicional de datos sobre accidentes in itinere aplicando la misma metodología que en el proyecto EEAT. Las especificaciones de esta recopilación, que por ahora afecta únicamente a ocho Estados miembros, se recogen en el apéndice F.
  • 13. CONCEPTOS BÁSICOS Y DEFINICIONES 13 Accidentes ocurridos fuera de la empresa Los accidentes de trabajo ocurridos en los locales de una empresa diferente de la que emplea a la víctima también tienen que considerarse accidentes de trabajo. Puede tratarse por ejemplo de accidentes en el lugar de reunión, o durante una visita de trabajo fuera de la empresa, que sucedan durante el trabajo de la víctima. Pueden citarse como ejemplos los siguientes: accidentes durante una reunión o una visita de trabajo fuera de la empresa; accidentes en el momento de la entrega o la recepción de mercancías en las instalaciones de un cliente (empresa o particular), al efectuar reparaciones o trabajos de mantenimiento en una fábrica o en el domicilio de un particular; al trabajar como desplazado en otra empresa o durante un trabajo en el domicilio; accidentes causados por otras actividades laborales no relacionadas con las actividades habituales de las víctimas, etc. En resumen, en la metodología EEAT hay que considerar todos los accidentes correspondientes a todos los riesgos a que se expone el trabajador por su trabajo o con motivo de él. Esto se refiere tanto a los riesgos específicos a que se expone en su empresa como a los riesgos externos a los cuales puede estar expuesto con motivo de su trabajo (vía pública, medio de transporte, riesgos causados por un tercero), incluso si su patrono no puede intervenir para prevenir o reducir estos riesgos fuera de sus propios locales. Cuadro 1- Tipos de accidente incluidos/excluidos de la metodología EEAT Tipos de accidente Incluidos SÍ/NO Definición: «Un suceso concreto durante el trabajo que produce una lesión física o mental». «Durante el trabajo» significa «mientras se está dedicado a una actividad profesional o durante el tiempo pasado en el trabajo». Envenenamiento agudo SÍ Actos voluntarios de otras persona SÍ Accidentes en la vía pública o en un medio de transporte durante un desplazamiento por motivos laborales: SÍ Accidentes de circulación durante el trabajo (vías públicas, aparcamientos, vías de circulación interiores en los locales de la empresa). SÍ Otros accidentes (resbalones, caídas, agresiones, etc.) en la vía pública (calzada, escaleras, etc.) o en los puntos de partida y llegada (estación, puerto, aeropuerto, etc.) de un medio de transporte durante un desplazamiento efectuado durante el trabajo. SÍ Accidentes a bordo de un medio de transporte usado durante el trabajo (metro, tranvía, tren, barco, avión, etc.). SÍ Accidentes ocurridos durante el trabajo en los locales de una empresa diferente de la que emplea a la víctima o en los de un particular. SÍ Heridas autoinfligidas deliberadamente. NO Accidentes durante el trayecto de ida o vuelta del trabajo (accidentes in itinere, véase apéndice F). NO Accidentes durante el trabajo con causa exclusivamente médica y enfermedades profesionales. NO Miembro del público, sin actividad profesional. NO Exclusiones Los siguientes tipos de accidentes no están cubiertos por la definición mencionada anteriormente de accidente de trabajo (resumen en el cuadro 1). Miembros del público Los accidentes ocurridos a miembros del público no se incluyen en la metodología EEAT. Aunque tal accidente se deba a una actividad laboral dentro de una empresa, no deberá considerarse accidente de trabajo en el marco de la metodología EEAT. Se incluyen los accidentes sufridos por trabajadores fuera de sus actividades profesionales, por ejemplo, en una tienda, una dependencia de la administración pública, un banco, una empresa de seguros, una estación, una oficina de telecomunicaciones, un hospital, una oficina postal, un puerto, un aeropuerto, etc. Los miembros de las familias de trabajadores o patronos que, estando en la empresa, sufren un accidente se consideran miembros del público y no deben incluirse en la metodología EEAT. También se aplica a los niños en la guardería de la empresa, por ejemplo.
  • 14. CONCEPTOS BÁSICOS Y DEFINICIONES 14 Accidentes derivados de causas estrictamente naturales Las lesiones derivadas de causas estrictamente naturales también se excluyen de la metodología EEAT. Se trata, por ejemplo, de los accidentes cardiacos y cerebrales o de cualquier otro trastorno de salud repentino que se hayan producido durante el trabajo, pero que no tengan a priori ninguna relación con la actividad profesional de la víctima. No obstante, debe excluirse el accidente sólo en el caso de que no se identifique ningún otro elemento causal relacionado con el trabajo. Por ejemplo, si un albañil se desmaya (causa médica) y se cae de un andamio (parte del accidente más específicamente profesional), el accidente deberá incluirse en la metodología EEAT. Aunque la caída no se habría producido sin el desmayo, las consecuencias son mucho más graves por el hecho de encontrarse sobre un andamio, coyuntura puramente profesional. Accidente de trabajo con más de 3 días de baja La Directiva marco utilizaba el concepto «ausencia del trabajo de más de 3 días laborables». No obstante, dado que un gran número de Estados miembros no puede diferenciar entre días laborables y días no laborables, por estar estos últimos reglamentados en días naturales, en las EEAT se ha optado por el concepto de «3 días naturales», o más simplemente «3 días». El concepto de «más» de 3 días de baja laboral se ha aplicado de la siguiente manera en la metodología EEAT (resumen en el cuadro 2): Sólo se tendrán en cuenta los días de trabajo completos de baja laboral de la víctima, sin incluir el día del accidente. Así, «más de 3 días» quiere decir «como mínimo 4 días», lo que implica que sólo deberán incluirse los accidentes en los que el trabajo no se reanuda antes del quinto día después del día del accidente o posteriormente. En consecuencia, el «número de días perdidos» será 4 días si la vuelta al trabajo se produce el quinto día siguiente al día del accidente, 5 días si la vuelta al trabajo se produce el sexto día siguiente al día del accidente, etc. Cuadro 2 - Concepto de «accidentes de trabajo con más de 3 días de baja» y de número de «días perdidos» contabilizados en la metodología EEAT Vuelta al trabajo: el mismo día del accidente del primer al cuarto día después del accidente el quinto día después del accidente el sexto día después del accidente / o después Accidente incluido en EEAT NO NO SÍ SÍ Número de días perdidos no incluido no incluido 4 5 / o más Accidentes de trabajo mortales La definición adoptada en el proyecto EEAT es la siguiente: «los accidentes de trabajo que producen la muerte de la víctima en el año siguiente al día del accidente». En la práctica, la mayoría de los Estados miembros transmite el número de accidentes de trabajo mortales que incluye en sus estadísticas nacionales. De hecho, la mayoría de las muertes accidentales ocurre o en el mismo momento del accidente o pocos días o semanas después.
  • 15. CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES 15 Caracterización de las variables Introducción general al sistema Para registrar un accidente se necesitan tres tipos de datos básicos: • Datos que indiquen el lugar donde se ha producido el accidente y que permitan identificar a la víctima: Se trata de la actividad económica del empresario, la profesión, la categoría profesional, el sexo, la edad y la nacionalidad de la víctima, la situación geográfica y las dimensiones de la unidad local de la empresa, la fecha y la hora, el tipo de lugar, el puesto de trabajo y el tipo de trabajo. • Datos que indiquen cómo se ha producido el accidente, las circunstancias en que se ha producido y la forma en que se han producido las lesiones: Se trata del suceso dividido en tres secuencias que se describen a continuación: la actividad física específica, la desviación, el contacto - tipo de lesión y sus agentes materiales asociados. • Datos sobre el tipo y la gravedad de las lesiones y las consecuencias de los accidentes: Se trata de la parte del cuerpo lesionada y del número de días perdidos. EMPRESA - actividad económica - dimensiones de la empresa - situación geográfica, fecha y hora EXPOSICIÓN ORGANIZACIÓN CONDICIONES DE TRABAJO - tipo de lugar TRABAJADOR PUESTO DE TRABAJO - profesión - tipo de trabajo - edad y sexo - puesto de trabajo - nacionalidad - categoría profesional FORMA EN QUE SE HA PRODUCIDO EL SUCESO - actividad física específica y agente material asociado - desviación y Agente material asociado - contacto - tipo de lesión y Agente material asociado. VÍCTIMA - tipo de lesión - parte del cuerpo lesionada - días perdidos El objetivo de la metodología presentada en la presente publicación es ofrecer una descripción detallada de las características de la víctima, su empresa y su lesión, así como desglosar la secuencia de acontecimientos que desembocaron en el accidente a efectos de elaborar una política europea de prevención. Las variables recogidas en la metodología EEAT se detallan en el cuadro 3. Más adelante se incluye una definición de cada una de las variables. Las clasificaciones y formatos correspondientes se especifican en el apéndice B. Las variables de causa junto con directrices para su uso y ejemplos destinados a ayudar a los codificadores se incluyen en el apéndice C (también se incluyen orientaciones sobre el tipo de lesión).
  • 16. CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES 16 Variable Cuadro 3 - Estructura de los registros para los datos de las EEAT Número de caracteres Datos de la fase III Variable Mínimo obligatorio Opcional ( 1 ) adicional Total ( 1 ) Datos de las fases I y II Número de caso 11 11 11 Actividad económica del empresario 2 2 4 2 Profesión de la víctima 2 2 2 Edad de la víctima 2 2 2 Sexo de la víctima 1 1 1 Tipo de lesión 3 3 3 Parte del cuerpo afectada 2 2 2 Situación geográfica 5 5 5 Fecha del accidente 8 8 8 Hora del accidente 2 2 2 Dimensiones de la empresa 1 1 1 Nacionalidad 1 1 1 Situación profesional 1 2 3 1 Días perdidos 3 3 3 Puesto de trabajo 0 1 1 Tipo de lugar ( 2 ) 3 ó 0 ( 2 ) 0 ó 3 ( 2 ) 3 Tipo de trabajo ( 2 ) 2 ó 0 ( 2 ) 0 ó 2 ( 2 ) 2 Actividad física específica ( 2 ) 2 ó 0 ( 2 ) 0 ó 2 ( 2 ) 2 Agente material de la Actividad física específica - 2 posiciones ( = 4 caracteres) 0 4 4 Desviación 2 2 Agente material de la Desviación - 2 posiciones ( = 4 caracteres) ( 3 ) 4 ó 0 ( 3 ) 0 ó 4 ( 3 ) 4 Contacto - Tipo de lesión 2 2 Agente material del Contacto - Tipo de lesión - 2 posiciones ( = 4 caracteres) ( 3 ) 4 ó 0 ( 3 ) 0 ó 4 ( 3 ) 4 Ponderación ( 4 ) 9 (3,6) ( 4 ) 9 Número total de caracteres ( 5 ) 63 ó 64 ( 2 ) ( 5 ) 18 ó 17 ( 2 ) 81 ( 5 ) 44 ( 1 ) Cuando no se utilizan la posición o posiciones opcionales para una variable, deberá indicarse el valor «0», «00», «000» ó «00.00», según la variable, como código o parte de código correspondiente. ( 2 ) Se codificará de manera obligatoria por lo menos 1 de las 3 variables «Tipo de lugar», «Tipo de trabajo» o «Actividad física específica» (según se trate del «Tipo de lugar» con 3 dígitos o de una de las otras 2 variables de 2 dígitos; el número total de caracteres efectivamente utilizados varía, por tanto, en 1). Las 2 variables restantes no escogidas para la parte obligatoria son opcionales. ( 3 ) Se codificará de manera obligatoria como mínimo 1 de las 2 variables «Agente material de la Desviación» o «Agente material del Contacto - Tipo de lesión». La variable restante no escogida para la parte obligatoria es opcional. ( 4 ) La ponderación tiene 9 caracteres, de ellos 3 en la parte entera y 6 en las posiciones decimales. ( 5 ) Cuando se utilice solamente el mínimo de 4 variables prioritarias, de las cuales una tenga 1 posición (teniendo obligatoriamente las demás 2 posiciones), el número total mínimo de caracteres deberá ser de «63 ó 64». No obstante, el fichero de datos siempre deberá tener una longitud de registro de 81 dígitos, incluidas todas las variables.
  • 17. CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES 17 Número de caso El número de caso siempre será único para identificar cada uno de los registros individuales enviados a Eurostat y para garantizar que cada registro representa un caso independiente de accidente de trabajo y evitar duplicaciones. El número de caso es también necesario para dar respuesta a las consultas que impliquen la búsqueda y corrección de un único registro durante el análisis de los datos; solamente se utiliza internamente y no se incluirá en ninguna forma de difusión de datos realizada por Eurostat. Cada Estado miembro determinará el formato del número de caso, pero evitará la identificación de las personas afectadas. Además, el número elegido llevará como prefijo los 4 dígitos del año en que se notificó el accidente a las autoridades. Obsérvese que el año de notificación, que es también el período de referencia de los datos de las EEAT, no es necesariamente el mismo año del accidente. Por esta razón, los cuatro primeros dígitos del número de caso representan el año de referencia de los datos recopilados. Actividad económica del empresario El término «actividad económica del empresario» significa la actividad «económica» principal de la unidad local de la empresa de la víctima. La actividad principal se define en este caso como el tipo de actividad más importante en cuanto a mayor número de asalariados. La unidad local de una empresa significa la ubicación geográfica de un negocio, práctica profesional, explotación agrícola, industria, entidad pública, etc. (véase más abajo). Se clasifica en una versión detallada (nivel de 4 dígitos) de la NACE Rev. 1. No obstante, se acepta el valor «0» en la cuarta posición o el valor «00» en la tercera y cuarta posiciones cuando solamente se conozca el código a nivel de 3 o 2 dígitos. Profesión de la víctima La profesión de la víctima en el momento del accidente se clasifica según una versión corta (nivel de 2 dígitos) de la CIUO-88 (COM). Edad de la víctima La edad vendrá representada por la edad de la víctima en la fecha del accidente. Los valores inferiores a 10 se introducirán precedidos de un cero (7 años = 07). Sexo de la víctima El sexo es una simple variable de categoría. Tipo de lesión La variable «tipo de lesión» describe las consecuencias físicas para la víctima, por ejemplo, fractura ósea, heridas, etc. Se utilizará la versión de 3 dígitos de la clasificación de las EEAT para «tipo de lesión» con vistas a codificar la información sobre esta variable. La actual clasificación es una nueva que empezó a utilizarse a partir de las EEAT de 1997, de conformidad con la recomendación de la OIT mencionada anteriormente. Parte del cuerpo afectada Esta variable describe la parte lesionada del cuerpo. Deberá usarse la actual versión de 2 dígitos de la clasificación de «parte del cuerpo afectada», introducida a partir del año de referencia 1995. En general, se ajusta a la recomendación de la OIT mencionada anteriormente. La clasificación sólo permite una opción, es decir, sólo se puede escoger un código para describir la parte o partes afectadas. En los casos de lesiones en varias partes del cuerpo deberá escogerse la más grave; la amputación, por ejemplo, precederá a la fractura ósea, que a su vez precederá a la heridas, etc. En otros casos deberá utilizarse un código de múltiples partes del cuerpo en el nivel correspondiente de clasificación, por ejemplo, fractura de mano y de pie. En los casos en que haya quedado afectada una gran parte del cuerpo, por ejemplo, lesiones causadas por quemaduras o escaldaduras, también deberá utilizarse el código correspondiente a múltiples partes. Situación geográfica del accidente La variable «situación geográfica» es el lugar geográfico donde ocurrió el accidente. Obsérvese que deberá usarse el nivel de la clasificación NUTS especificado en el apéndice B (versión NUTS 1995, incluida la revisión de 1998). Esta clasificación describe el país en cuestión y sus regiones. Fecha del accidente Esta variable indica la fecha en que se produjo el accidente. Es una variable numérica que se define de la manera siguiente: año, mes y día (aaaammdd).
  • 18. CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES 18 Hora del accidente Esta variable describe la hora del día en que ocurrió el accidente. Es una variable numérica que describe horas enteras (hh), por ejemplo, las 2 p.m. corresponde a 14, y abarca el tiempo comprendido entre las 14:00 y las 14:59. Dimensiones de la empresa La dimensión de la empresa se define en este caso por el número de asalariados (equivalentes a tiempo completo, véase la definición junto con la clasificación en el apéndice B) que trabajan en la unidad local de la empresa de la víctima. Para una especificación de la unidad local, véase el punto correspondiente más abajo. Nacionalidad de la víctima Esta variable se define como el país de ciudadanía. Si una persona posee más de una nacionalidad, se mencionará la nacionalidad del país en el que la persona haya notificado el accidente. Se utiliza un formato agregado para esta variable. Situación profesional de la víctima Esta variable se refiere al estado profesional de la víctima, por ejemplo asalariado, trabajador por cuenta propia, trabajador familiar, etc. En el caso de los asalariados (primer dígito = 3) se precisará en el segundo dígito, cuando se conozca, si se trata de un puesto de trabajo permanente (contrato de duración ilimitada) o no (temporal de duración limitada) y, en el tercer dígito, si se realiza a tiempo completo o a tiempo parcial. La información que falta puede dejarse en blanco («000»), así como los valores parciales para la información de los dígitos segundo o tercero (300, 301, 302, 310 y 320). El concepto de estabilidad del empleo que deberá tenerse en cuenta es el que aplica la encuesta de población activa (epígrafe 45, «Grado de estabilidad del empleo»): «En la mayor parte de los Estados miembros, la gran mayoría de los puestos de trabajo se basa en contratos de trabajo escritos, mientras que en algunos países estos contratos se reservan para casos especiales (p.ej.: en el sector público, a los aprendices y otras personas que siguen oficialmente una formación dentro de la empresa). Teniendo en cuenta estos diferentes marcos institucionales, se han introducido los conceptos de «empleo temporal» y de «contrato de trabajo de duración limitada» (al igual que «trabajo permanente» o «contrato de trabajo de duración ilimitada») para describir situaciones que, en marcos institucionales diferentes, pueden considerarse análogas. Un puesto de trabajo puede considerarse temporal si la empresa y el empleado han convenido que el fin de la relación laboral quede determinado por condiciones objetivas tales como la expiración de cierto plazo, la realización de un trabajo determinado o la reincorporación de un empleado al que se había reemplazado temporalmente. En el caso de un contrato de trabajo de duración limitada, las condiciones correspondientes para su terminación se mencionan generalmente en el mismo. Es preciso incluir en esta categoría a los temporeros, las personas contratadas por una agencia de empleo por cuenta de un tercero para la ejecución de «una misión de trabajo» y las personas con contratos específicos de formación. Si no existen criterios objetivos para la terminación de un puesto de trabajo o contrato de trabajo, éstos deben ser considerados respectivamente permanentes o de duración ilimitada.» Para el concepto de tiempo completo/parcial, por analogía con los elementos indicativos de la encuesta de población activa (EPA - epígrafe 44 «Distinción entre tiempo completo/parcial») y del Panel Comunitario de los Hogares (ECHP), se puede escoger un límite puramente indicativo de 30 horas por semana (6 horas por 5 días ó 7,5 horas por 4 días, por ejemplo) como frontera entre tiempo parcial y tiempo completo. No obstante, ese límite sigue siendo flexible ya que hay profesiones específicas, como los docentes, que pueden tener puestos a tiempo completo con un número de horas de clase ampliamente inferior y, a la inversa, profesiones artesanales o comerciales que pueden tener horas muy por encima de la media. Cuando la información procede de la declaración de accidente, se recopilará de hecho la percepción de «tiempo completo» y «tiempo parcial» propia de la empresa. Días perdidos La variable «días perdidos» significa el número de días naturales en los que la víctima no puede trabajar a causa de un accidente de trabajo. El número se expresará mediante un formato de 3 dígitos. Cuando sólo se pueda facilitar esta información utilizando clases de días perdidos, se utilizarán seis clases con los códigos A01 a A06. No obstante, se considerará que el número de días perdidos está en consonancia con la metodología EEAT, es decir, sólo deberán incluirse los caso de accidentes de trabajo que den lugar a una ausencia superior a tres días naturales completos. Deberán utilizarse códigos específicos para definir la incapacidad permanente (997) y los accidentes mortales (998). En ese caso, los días perdidos antes del reconocimiento de la incapacidad permanente o del fallecimiento no se tomarán en consideración.
  • 19. CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES 19 Definición de unidad local de una empresa Esta definición es útil para las variables «Actividad económica del empresario» y «Dimensiones de la empresa». Si el concepto de «unidad local de la empresa» que se define no es aplicable directamente en un país, deberá sustituirse por la definición nacional. La «unidad local» considerada es un lugar identificado geográficamente en el que se realiza la actividad principal o en el que puede decirse que ésta tiene su base. Si una persona trabaja en lugares diversos (transportes, construcción, mantenimiento, vigilancia y trabajo con desplazamiento) o en su domicilio, se considera unidad local el lugar desde el que recibe instrucciones o en el que se organiza el trabajo. Normalmente, se trata de un edificio entero, de parte de un edificio o, como mucho, de un grupo autónomo de edificios. La unidad local de la empresa es, pues, el grupo de asalariados del establecimiento que está situado geográficamente en la misma sede. Un lugar identificado geográficamente debe entenderse en sentido estricto: dos unidades de una misma empresa que tienen sedes diferentes (aunque estas unidades locales se encuentren muy próximas entre sí) deben considerarse dos unidades locales. Sin embargo, una sola unidad local puede extenderse por varias zonas administrativas adyacentes. Además, los límites de la unidad vienen determinados por los límites del terreno, lo que significa, por ejemplo, que las vías públicas que la atraviesan no interrumpen la continuidad de los límites. Puesto de trabajo Esta variable define la naturaleza habitual u ocasional del lugar/puesto de trabajo ocupado por la víctima en el momento del accidente. No tiene en cuenta el carácter permanente o no del empleo (véase la variable «Situación profesional» más arriba). El concepto de «puesto de trabajo habitual» se debe entender en sentido restrictivo, siempre dentro del establecimiento de la unidad local habitual de trabajo: puesto de trabajo fijo en un taller, tienda, oficina, y, más en general, dentro del establecimiento de la unidad local del empresario. El concepto de «puesto de trabajo ocasional» se utiliza en sentido amplio y engloba a la vez: • Actividades con un puesto de trabajo «móvil» (camionero, trabajador de la construcción, instalador, reparador, policía, agente de seguridad, personal de mantenimiento de vías públicas, etc.). • Situaciones ocasionales para personas habitualmente en puesto fijo: ü desplazamiento ocasional por cuenta del empresario; ü intervenciones específicas por cuenta del empresario fuera de la unidad local habitual, en los locales de un cliente o dentro del establecimiento de otra empresa (reunión, viaje de trabajo, visita comercial, instalación o reparación, etc.); ü destino temporal en puesto fijo distinto o una unidad local distinta de la habitual, incluidos los puestos de trabajo ocupados durante varios días o semanas, pero que no van a constituir el lugar de trabajo de destino definitivo (trabajo como interino, destino temporal por parte de empresas que actúan en otra empresa, acción de mantenimiento intenso en los locales de un cliente, teletrabajo, etc.). Tipo de lugar Se trata de un sustantivo. Se refiere al tipo de lugar, de emplazamiento o de espacio de trabajo donde se hallaba o trabajaba la víctima inmediatamente antes de producirse el accidente. Se trata del lugar de trabajo, del entorno general o del local de trabajo donde se ha producido el accidente. Tipo de trabajo Se trata de un sustantivo (pero es una acción que también podría expresarse con un verbo). Se refiere a la naturaleza principal del trabajo o de la tarea (actividad general) que realizaba la víctima en el momento de producirse el accidente. Se trata de la actividad general que realizaba la víctima en el momento de producirse el accidente. No se trata ni de la profesión de la víctima ni tampoco de la Actividad física específica concreta que ésta realizaba en el momento mismo de producirse el accidente. Corresponde a una descripción del tipo de trabajo (la tarea, en sentido amplio) que la víctima estaba efectuando durante un determinado período de tiempo hasta el momento mismo de producirse el accidente.
  • 20. CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES 20 Actividad física específica Se trata de un verbo (aunque los códigos de un dígito se expresan con el sustantivo genérico de dichas acciones). Se refiere a la actividad realizada o ejecutada por la víctima inmediatamente antes de producirse el accidente. Se trata de la Actividad física específica concreta en el momento mismo de producirse el accidente. Es preciso determinar con exactitud lo que estaba haciendo la víctima en el momento mismo de producirse el accidente. Cubre únicamente un período corto. Agente material de la Actividad física específica Se trata de un sustantivo. Se refiere al principal Agente material asociado o ligado a la Actividad física específica de la víctima inmediatamente antes de producirse el accidente. El Agente material asociado con la Actividad física específica describe la herramienta, el objeto o el instrumento utilizado por la víctima en el momento de producirse el accidente. El Agente puede haber intervenido o no en el accidente. No obstante, si hubiera varios Agentes materiales de la Actividad física específica, deberá registrarse el que tenga una mayor relación con el accidente o la lesión. Desviación Se trata de un sustantivo (pero es una acción que también podría expresarse con un verbo). Se refiere al último suceso que se desvía de lo que se considera normal y provoca el accidente. Se trata de la descripción de aquello que se ha desarrollado anormalmente, es decir, la desviación del proceso normal de ejecución del trabajo. La Desviación es el suceso que origina el accidente. Si hubiera varios sucesos consecutivos, se registrará la última (la que se haya producido más cerca, en el tiempo, del contacto que ha producido la lesión). Agente material de la Desviación Se trata de un sustantivo. Se refiere al principal Agente material asociado o ligado al suceso que provoca la desviación. El Agente material asociado a la Desviación describe la herramienta, el objeto o el instrumento ligado a lo que se ha producido de forma anormal. Si hubiera varios Agentes materiales asociados a la (última) Desviación, se registrará el último (el que se halle más cerca, en el tiempo, del contacto que ha producido la lesión). Contacto - Tipo de lesión Se trata de un sustantivo (pero es una acción que también podría expresarse con un verbo). También puede denominarse: Tipo de lesión. Se refiere al contacto que ha producido la lesión a la víctima. Describe el modo en que la víctima ha resultado lesionada (físicamente o choque psicológico) por el Agente material que ha provocado dicha lesión. Si hubiera varios Contactos - Tipos de lesión, se registrará el que produzca la lesión más grave. Agente material del Contacto - Tipo de lesión Se trata de un sustantivo. Se refiere al principal Agente material asociado o ligado al contacto que ha producido la lesión. El Agente material asociado al Contacto - Tipo de lesión describe físicamente la herramienta, el objeto o el instrumento con el cual estuvo en contacto la víctima, o la modalidad psicológica de la lesión. Si varios Agentes materiales hubieran producido la lesión, se registrará el Agente material ligado a la lesión más grave. Ponderación En la Fase III se aplicará un procedimiento de ponderación para resolver la situación de los Estados miembros que codifican las variables de la Fase III de EEAT solamente para una muestra nacional de accidentes de trabajo. Esta misma variable se podría utilizar también para indicar el nivel de declaración. El procedimiento de ponderación se definirá en el transcurso del año 2001 en colaboración con los Estados miembros (véase el apéndice E).
  • 21. INDICADORES Y MÉTODOS DE NORMALIZACIÓN DE LOS DATOS 21 Indicadores y métodos de normalización de los datos Tasas de incidencia La metodología EEAT considera dos tipos principales de indicadores de accidentes de trabajo: el número de accidentes y las tasas de incidencia. Obviamente, la cifra de accidentes debe relacionarse con la población de referencia de las personas ocupadas (personas expuestas al riesgo de accidente laboral), con el fin de establecer las tasas de incidencia (frecuencia). Las cifras se facilitan principalmente para las actividades económicas que todos los Estados miembros incluyen en los datos de EEAT («ramas comunes», véase el cuadro 7 «Ramas cubiertas por los sistemas nacionales de declaración» y la sección «Población de referencia (basada en la EPA)» más adelante). La tasa de incidencia se define como el número de accidentes laborales por 100 000 personas ocupadas. Puede calcularse para Europa, un Estado miembro o cualquier subpoblación de acuerdo con una o varias de las variables mencionadas anteriormente que caracterizan la víctima del accidente (actividad económica, edad, etc.). Puede establecerse para todos los accidentes o desgloses según una o más variables de las que caracterizan los accidentes (parte del cuerpo afectada, etc.). En el caso de los accidentes mortales y de los accidentes con más de tres días de baja se calculan tasas de incidencia por separado. Por otro lado, para los accidentes mortales a nivel europeo se calcula una tasa de incidencia adicional que excluye los accidentes de circulación, con el fin de proporcionar tasas de incidencia comparables en todos los Estados miembros. Ello se debe al hecho de que los accidentes de circulación durante el trabajo no se registran como accidentes laborales en algunos Estados miembros. Los accidentes de circulación mortales representan una proporción importante del número de accidentes mortales. Por este motivo, las comparaciones de las tasas de incidencia nacionales de los accidentes mortales introducirían un desvío importante sin este ajuste de las tasas. Ello se aplica también a los accidentes en cualquier medio de transporte durante un desplazamiento durante el trabajo, que también se excluyen de esta tasa adaptada de accidentes mortales. Cabe señalar que esta tasa de incidencia adaptada se utiliza únicamente para el desglose por Estado miembro. La fórmula tipo es la siguiente: Número de accidentes (mortales o no) Tasa de incidencia = ------------------------------------------------------------------------------------- X 100 000 Número de personas ocupadas en la población estudiada Factores de corrección y métodos de normalización Corrección En el caso de los Estados miembros en los que los accidentes laborales con más de 3 días de baja se notifican sólo parcialmente, los niveles de declaración se estiman principalmente desglosando las ramas de actividad económica de dichos Estados miembros. Sobre la base de estos niveles de declaración, Eurostat corrige los datos presentados en relación con los accidentes y obtiene una estimación del número de accidentes laborales acaecidos. Normalización Es algo demostrado que la frecuencia de los accidentes laborales es muy superior en algunas actividades que en otras. Por este motivo, la estructura industrial de un país influirá en la frecuencia total de accidentes laborales, en función de la proporción de los sectores de alto riesgo. Por ejemplo, aunque la frecuencia de accidentes laborales en cada sector sea la misma en dos Estados miembros, aquel país con una proporción más elevada de trabajadores en sectores de alto riesgo como la agricultura, la construcción o los transportes tendrá una tasa de incidencia nacional total más elevada. Para corregir este efecto, se calcula un número «normalizado» de accidentes laborales por 100 000 personas ocupadas por Estado miembro, dando a cada sector el mismo peso a nivel nacional que en toda la Unión Europea (tasa de incidencia «normalizada»). Este método de normalización se utiliza en las actuales publicaciones de EEAT sobre accidentes de trabajo.
  • 22. INDICADORES Y MÉTODOS DE NORMALIZACIÓN DE LOS DATOS 22 Está previsto mejorar este método de normalización en el futuro. En función de la fiabilidad y cobertura de la información facilitada por los Estados miembros, podrían introducirse las siguientes mejoras: — normalización de la estructura industrial por sector (subsección o división NACE) y no únicamente por ramas agregadas NACE (sección); de hecho, el peso relativo de los sectores dentro de las principales ramas también varía de un país a otro, mientras que los niveles de riesgo varían de forma distinta entre los sectores; — normalización según el tiempo de trabajo y, por consiguiente, el tiempo de exposición al riesgo (tiempo parcial, contratos de corta duración, duración legal del trabajo, etc.), que varía de un país a otro; — posiblemente, normalización según la edad y el sexo.
  • 23. RECOPILACIÓN DE DATOS Y ARMONIZACIÓN 23 Recopilación de datos y armonización Procedimientos de declaración en los Estados miembros Sistemas basados en compañías de seguros y sistemas no basados en compañías de seguros Eurostat recibe los datos relativos a las EEAT de los registros nacionales de los Estados miembros o de otros organismos nacionales responsables de la recopilación de datos sobre accidentes de trabajo. Estos datos se basan en los incidentes y en las fuentes administrativas de los Estados miembros. En comparación con las encuestas, las perspectivas de armonización de los datos relativos a las EEAT dependen por tanto de los procedimientos operativos de declaración, de la posibilidad de modificarlos o de adaptar estos datos a los conceptos y especificaciones EEAT. Principalmente, pueden distinguirse dos tipos de procedimientos de declaración en los Estados miembros de la Unión Europea. Los sistemas basados en seguros, que pueden encontrarse en 10 Estados miembros, disponen de procedimientos de notificación basados principalmente en la declaración de los accidentes a la entidad aseguradora, pública o privada según el caso. Por otro lado, los procedimientos de declaración de los demás Estados miembros (Dinamarca, Irlanda, los Países Bajos, Suecia y el Reino Unido) se basan sobre todo en la obligación legal del empresario de notificar los accidentes a las autoridades nacionales pertinentes, a menudo el Servicio Nacional de Inspección de Trabajo. Noruega, que también proporciona datos a Eurostat, pertenece a este último grupo. Suiza, cuyo sistema está basado en seguros, prevé el envío de datos EEAT en un futuro. En los sistemas de seguros, el suministro o reembolso de las prestaciones de asistencia y el pago de las prestaciones en metálico (indemnizaciones diarias, pagos, etc.) derivados de los accidentes de trabajo dependen de su declaración a la entidad aseguradora pública o privada. Además, en algunos de estos países, las prestaciones pagadas en el marco de la legislación de seguros de accidentes de trabajo son superiores a las que se pagan en el caso de accidentes no laborales. De esta forma, existe un incentivo económico para que el empresario y el trabajador declaren los accidentes de trabajo. Debido a estos diversos factores, los niveles de declaración de accidentes de trabajo son en general muy elevados en estos sistemas y se estima que se acercan al 100 %. Los demás Estados miembros y Noruega tienen en general un sistema de «cobertura» universal de la seguridad social. En tal sistema, las prestaciones que recibe la víctima de un accidente de trabajo no dependen de una declaración previa del accidente, excepto en el caso de prestaciones específicas pagadas por accidentes más graves (rentas por incapacidad permanente, etc.). En consecuencia, el incentivo económico para notificar los accidentes laborales no es muy fuerte. Sin embargo, el empresario tiene la obligación legal de notificar los accidentes de trabajo. En la práctica, solamente una parte de estos accidentes se declaran y los sistemas basados en la responsabilidad de los empresarios de notificar los accidentes de trabajo a las autoridades tienen solamente un nivel de declaración que oscila entre el 30 y el 50 por ciento, por término medio, en el conjunto de sectores económicos (véase el cuadro 9). Evaluación de los procedimientos nacionales de declaración La evaluación inicial de las fuentes de información constituye un requisito previo para una correcta interpretación de los datos recibidos de los diversos Estados miembros. En particular, es importante tener en cuenta las diferencias de los procedimientos nacionales de declaración mencionados anteriormente. Mediante un cuestionario de evaluación se lleva a cabo un análisis detallado de los mismos. Las respuestas nacionales al cuestionario se entregan a Eurostat junto con los datos anuales de las EEAT. Los principales temas cubiertos por el cuestionario de evaluación son los siguientes: — definición de accidente de trabajo — cobertura de los grupos — niveles de declaración La definición de accidente de trabajo, en particular las categorías de accidentes mortales y no mortales declarados, puede variar ligeramente de un país a otro (cuadros 4 y 5). Por ejemplo, para algunos procedimientos de declaración, un accidente mortal se registra únicamente como tal si la víctima fallece dentro de un plazo determinado tras el accidente. En algunos Estados miembros se incluyen todos los accidentes no mortales, con independencia de si la víctima estaba de baja o no. Asimismo, el cuestionario pregunta si algunos tipos de accidentes se incluyen o no en los datos presentados, por ejemplo, los accidentes de circulación (cuadro 8) o los accidentes de los miembros del público.
  • 24. RECOPILACIÓN DE DATOS Y ARMONIZACIÓN 24 Otra parte del cuestionario se refiere a los grupos cubiertos por los datos nacionales (por situación profesional, actividad económica y grupos profesionales). Esta información es muy importante para elaborar una población de referencia adecuada para el cálculo de frecuencias (cuadros 6 y 7). También debe proporcionarse a Eurostat una estimación de los niveles nacionales de declaración por categoría de accidente, actividad económica, profesión, situación profesional y dimensiones de la empresa (cuadro 9). Las preguntas relativas a las definiciones nacionales de unidad local de una empresa también se incluyen en el cuestionario, pero los resultados no se recogen en la presente publicación. Los resultados de la evaluación de los procedimientos nacionales actuales de declaración se reflejan más abajo. Recopilación de datos EEAT armonizados Pese a las diferencias nacionales en los procedimientos de declaración y en la cobertura, todos los Estados miembros extraen de sus datos nacionales la información de conformidad con la metodología EEAT, su definición de accidente de trabajo, etc., con objeto de enviar datos EEAT a Eurostat. En concreto, se limitan a facilitar datos sobre accidentes que causan una baja de más de tres días, excluyen los accidentes con causa exclusivamente médica, etc. En lo que se refiere a la cobertura de los sectores económicos, continúa habiendo diferencias, pero Eurostat armoniza el análisis con el método de contabilizar las incidencias en solamente 9 ramas «comunes» (véase el cuadro 7). Esto mismo sucede para el cálculo de los accidentes mortales en cada país, en el cual Eurostat excluye los accidentes de circulación en todos los Estados miembros. Por último, en relación con los Estados miembros cuyo sistema no está basado en seguros, Eurostat estima el número de accidentes ocurridos a partir del número de casos declarados y de niveles de declaración detallados (desglose actualizado principalmente por rama de la actividad económica) que los Estados miembros evalúan y proporcionan a Eurostat (véase el cuadro 9). Definición de accidente de trabajo Accidentes no mortales La definición de lo que constituye un accidente de trabajo declarable oscila entre cualquier accidente laboral, tanto si ocasiona una interrupción del trabajo como si no, y una baja mínima de más de tres días. Como puede observarse en el cuadro 4, todos los Estados miembros reflejan los accidentes con bajas de más de tres días, que es también la definición del proyecto EEAT. Se considera que los accidentes con una baja superior a tres días tienen un nivel de declaración superior a los accidentes con bajas de menos de tres días. En la metodología EEAT solamente se registran los accidentes con bajas de más de tres días (reanudación del trabajo el quinto día o después tras el día del accidente). Cuadro 4 - Categorías de accidentes de trabajo no mortales declarados en la Unión Europea Los accidentes son declarables en los siguientes casos: B DK D EL E F IRL I L NL A P FIN S UK NO Sin baja laboral o vuelta al trabajo el mismo día del accidente ( 3 ) S N S(1 ) S S S N N S N S S N S N S Vuelta al trabajo el primer, segundo o tercer día después del día del accidente ( 3 ) S S S(1 ) S S S N N S N S S N S N S Vuelta al trabajo el cuarto día después del día del accidente ( 3 ) S S S(1 ) S S S S N S N S S S S N S Vuelta al trabajo a partir del quinto día después del accidente S S S S S S S S S N S S S S S S Otros (2 ) (1 ) D: Los accidentes con menos de cuatro días de baja son cubiertos por el sistema de compensación pero no se incluyen en las estadísticas nacionales. (2 ) NL: Sólo se declaran las «lesiones graves». (3 ) La metodología EEAT no incluye los accidentes sin baja laboral o con una baja de menos de cuatro días (vuelta al trabajo entre el mismo día y el cuarto día después del día del accidente) y los Estados miembros no los incluyen en los datos EEAT. Leyenda: S = Sí, declarado. N = No, no declarado.
  • 25. RECOPILACIÓN DE DATOS Y ARMONIZACIÓN 25 Accidentes mortales Los accidentes mortales deberían, en principio declararse en todos los Estados miembros. No obstante, algunos países sólo registran como mortales los accidentes en los que la víctima muere dentro de un plazo determinado tras el accidente. Hay procedimientos de registro en los que el accidente se considera mortal en las estadísticas si la víctima muere el mismo día (Países Bajos) o en un plazo de treinta días después del accidente (Alemania), y casos en los que no se fijan plazos (B, EL, F, I, L, A, S y NO). En los demás Estados miembros, el plazo es 1 año – E : 1,5 años - después de la fecha del accidente (cuadro 5). Cuadro 5 - Categorías de accidentes de trabajo mortales declarados en la Unión Europeas Los accidentes se registran como mortales cuando la víctima muere: B DK D EL E F IRL I L NL A P FIN S UK NO En el plazo de un año después del día del accidente S S S(1 ) S S(2 ) S S S S N S S S S S S En cualquier momento después del día del accidente S N S(1 ) S N S N S S N S N N S N S Tras un reconocimiento previo de incapacidad permanente S N S(1 ) - S N(3 ) S(4 ) S S N - S(4 ) N S S(4 ) N Otros (1 ) (5 ) (1 ) D: Únicamente se incluyen en las estadísticas nacionales y en los datos EEAT aquellos en que la muerte se produce 30 días después del accidente. (2 ) E: Los accidentes mortales únicamente se indemnizan y se incluyen en las estadísticas si la víctima muere en un plazo de 18 meses tras el accidente. (3 ) F: Las muertes provocadas por un accidente laboral pero que ocurren tras el reconocimiento de una incapacidad permanente están cubiertas por el seguro si se deben a accidentes laborales pero no se incluyen como accidentes mortales en las estadísticas. (4 ) IRL, P y UK: Las muertes debidas a un accidente de trabajo pero que se producen tras el reconocimiento de una incapacidad permanente se incluyen en las estadísticas únicamente si se producen en el plazo de un año tras el día del accidente. (5 ) NL: Únicamente se registran las muertes inmediatas Leyenda: S = Sí, declarado. N = No, no declarado. Grupos cubiertos por los sistemas nacionales de declaración En principio, todos los grupos o sectores deberían estar cubiertos por la legislación nacional u otras disposiciones reglamentarias que exijan la notificación de todos los casos de accidentes laborales a las autoridades, o bien a una entidad aseguradora pública o privada de conformidad con la legislación. No obstante, no todos los datos se recopilan a efectos estadísticos: o bien los datos se mantienen en un formato que no permite su análisis estadístico o los ficheros de datos no están por el momento disponibles para el proyecto EEAT. Por este motivo, el término «cobertura» debe entenderse como cobertura de los datos relativos a accidentes que han sido efectivamente enviados a Eurostat, de conformidad con la metodología EEAT. Cobertura de trabajadores por cuenta propia y trabajadores familiares La cobertura de los grupos varía de un Estado miembro a otro. Los trabajadores por cuenta propia y los miembros de la familia no están cubiertos por algunos sistemas nacionales de declaración. En particular, el sector agrícola se ve afectado por la falta de cobertura de los trabajadores autónomos. Por otro lado, la cobertura de los datos en algunos Estados miembros en los que existen numerosos trabajadores de este tipo, por ejemplo, Grecia, se ve afectada por la exclusión de los mismos de los procedimientos de declaración y registro. En el cuadro 6 se presentan los grupos cubiertos por los sistemas nacionales de declaración por situación profesional. Cuadro 6 - Situación profesional cubierta por los sistemas nacionales de declaración(1 ) B DK D EL E F IRL I L NL A P FIN S UK NO Asalariados S S S S S S S S S S(2 ) S S S S S(3 ) S Trabajadores por cuenta propia N S P N P(4 ) N N S S N S N P S S(3 ) P(4 ) Trabajadores familiares N S P N P(4 ) N S S S N P(4 ) N N S S(3 ) P(4 ) (1 ) La cobertura por ramas y sectores económicos se indica en el cuadro 7. (2 ) NL: datos de 1994. (3 ) UK: excepto Irlanda del Norte. (4 ) E, A y NO: Los trabajadores familiares se incluyen únicamente en agricultura y silvicultura - NACE A - (también para trabajadores por cuenta propia, y en pesca - NACE B - en España y para la construcción en Noruega). Leyenda: S = Sí, cubiertos N = No, no cubierto P = Parcialmente cubierto