Prueba de Testigos. Procedimiento. Indicios. Presunciones. Experticia. Inspec...
Dictamen pericial
1. Valor probatorio del Peritaje
Grafológico y Documentológico
Dictamen Pericial y
Sistema Scopométrico.
Barranquilla- Colombia
Farid Gonzalez
Badillo
FDI – Barranquilla | Colombia - 2012
2. Desarrollo del Tema
Contenido de la
Presentación
Conceptos Generales de Prueba
Sistemas Probatorios
Prueba Pericial
Valoración Probatoria
3. Introducción
?
¿Por qué es importante conocer el valor
probatorio los medios de prueba?
4. Concepto General de
Prueba
a. En sentido lato, se entiende como todo medio
que sirve para investigar y demostrar cualquier
cosa o hecho.
b. Todos aquellos elementos que permiten
probar algo dentro del proceso.
c. Actividad de practicar y comprobar un hecho
dentro de la actividad procesal.
5. Concepto General de Prueba
Peritaje
Inspección
Medios
de Prueba
Documentos
Testimonio
6. Sistema Probatorio en la
Legislación Colombiana
Artículo 373. Libertad. Los hechos y circunstancias
de interés para la solución correcta del caso, se
podrán probar por cualquiera de los medios
Proc. Penal establecidos en este código o por cualquier otro
medio técnico o científico, que no viole los derechos
humanos.
Artículo 382. Medios de conocimiento. Son medios
Proc. Penal de conocimiento la prueba testimonial, la prueba
pericial, la prueba documental, la prueba de
inspección, los elementos materiales probatorios,
evidencia física, o cualquier otro medio técnico o
científico, que no viole el ordenamiento jurídico.
7. Prueba Pericial
¿Cómo definimos este
medio probatorio?
Concepto
Peritaje es el examen de personas, hechos u objetos,
realizados por un experto en alguna ciencia, técnica o arte,
con el objeto de ilustrar al juez o magistrado que conozca de
un proceso.
8. Prueba Pericial
¿Por qué es tan
importante?
Importancia
La importancia de la prueba pericial recae principalmente en
su carácter especial, es decir que versa sobre aspectos
científicos, técnicos o artísticos, conocimientos que se
encuentran fuera del acervo intelectual común del juzgador.
9. El Peritaje en la Legislación
Colombiana
ARTÍCULO 233. PROCEDENCIA DE LA
PERITACION. La peritación es procedente para
verificar hechos que interesen al proceso y
requieran especiales conocimientos científicos,
Proc. Civil técnicos o artísticos.
ARTÍCULO 405. Procedencia. La prueba pericial
Proc. Penal es procedente cuando sea necesario efectuar
valoraciones que requieran conocimientos
científicos, técnicos, artísticos o especializados.
Al perito le serán aplicables, en lo que
corresponda, las reglas del testimonio.
10. El Peritaje en la Legislación
Colombiana
ARTÍCULO 413. PROCEDENCIA. Cuando la
investigación de un hecho requiera
conocimientos especiales de determinadas
ciencias o artes o exija avalúos, el juez
Proc. Penal decretará la prueba pericial.
Militar
11. SISTEMA DE VALORACIÓN DE LAS
PRUEBAS REGULADO EN LA
LEGISLACIÓN COLOMBIANA
ARTÍCULO 187. APRECIACION DE LAS
PRUEBAS. Las pruebas deberán ser
apreciadas en conjunto, de acuerdo con las
Proc. Civil reglas de la sana crítica, sin perjuicio de las
solemnidades prescritas en la ley sustancial
para la existencia o validez de ciertos actos.
Artículo 380. Criterios de valoración. Los
Proc. Penal medios de prueba, los elementos materiales
probatorios y la evidencia física, se
apreciarán en conjunto. Los criterios para
apreciar cada uno de ellos serán señalados
en el respectivo capítulo.
12. SISTEMA DE VALORACIÓN DE
LAS PRUEBAS REGULADO EN LA
LEGISLACIÓN COLOMBIANA
Artículo 420. Apreciación de la prueba pericial. Para
Proc. Penal apreciar la prueba pericial, en el juicio oral y público,
se tendrá en cuenta la idoneidad técnico científica y
moral del perito, la claridad y exactitud de sus
respuestas, su comportamiento al responder, el grado
de aceptación de los principios científicos, técnicos o
artísticos en que se apoya el perito, los instrumentos
utilizados y la consistencia del conjunto de respuestas
13. VALOR PROBATORIO DEL
PERITAJE
Presunciones
Elementos concretos para valorar la prueba pericial
Competencia y especialización profesional del perito
Precisión, coherencia y grado de certeza del dictamen
Método de investigación y exposición
Fuentes y datos que sirvan de fundamento
para el dictamen
Principios técnicos en los que se fundamenta
el dictamen.
Contestación a las repreguntas de la parte opositora.
Concordancia con el resto de las pruebas
14. VALOR PROBATORIO DEL PERITAJE
GRAFOLOGICO
¿Cómo valora el Juez
este tipo de pericia?
El peritaje grafológico forense, como prueba pericial debe ser evaluada como
todas las pruebas periciales, teniendo en cuenta que el juzgador, la valorará
bajo las reglas de la sana crítica, con lo cual tomará en cuenta los aspectos que
considere importantes para llegar a su convicción, igualmente tendrá en cuenta
los elementos que la normativa le señala como importantes para llegar a su
convencimiento.
15. VALOR PROBATORIO DEL PERITAJE
DOCUMENTOLOGICO
¿Cómo valora el Juez
este tipo de pericia?
Al igual que el peritaje grafológico forense y las demás pruebas
periciales, para su valoración deben considerarse los mismos aspectos
señalados por la normativa procesal para su valoración probatoria. En
este sentido es oportuno señalar este tipo de pericia debe cumplir con
los requisitos de eficacia de todo peritaje, señalados anteriormente,
para así poder obtener un valor considerable de convicción en el
juzgador.
16. El Dictamen
Pericial
¿Qué es el Dictamen
Pericial?
El Dictamen Pericial es un medio Conducente para PROBAR un
hecho controvertido en el proceso, es el informe que se rinde para
dictaminar sobre un punto en cuestión.
El EXAMEN PERICIAL, son todos los actos y operaciones
documentoscópicas y Grafológicas, correcta y racionalmente
aplicadas, para conducir al perito a un resultado.
La PRUEBA PERICIAL, son todos aquellos recursos para conducir
al juez a una convicción.
17. REQUISITOS DE EFICACIA
El dictamen debe ser un medio conducente para probar
un hecho controvertido en el proceso.
El dictamen debe ser pertinente, en relación al hecho
controvertido en el proceso.
El perito debe ser competente.
El perito debe ser imparcial.
El dictamen debe estar libre de inconsistencias o
inexactitudes.
El dictamen debe contener el fundamento de sus
conclusiones.
El dictamen debe mostrar conclusiones claras, firmes y
fundamentadas de forma lógica (Precisión – Coherencia
y certeza).
18. REQUISITOS DE EFICACIA
Las conclusiones deben ser convincentes y no parecer
fantásticas, ficticias o improbables.
Al contrastarse con otras pruebas no debe ser
desvirtuado
El perito no debe cambiar de opinión.
El dictamen debe confeccionarse sobre los puntos
solicitados
19. Pericia
Caligráfica
¿Qué se hace en la
Pericia Caligráfica?
Lo que el PERITO CALIGRAFO hace en el Examen Pericial en Primer
Lugar, es estudiar en forma total y exhaustiva los elementos
auténticos o indubitados: Busca con ello compenetrarse y conocer
cabalmente la modalidad personal de la escritura con la que deberá
comparar la cuestionada. En Segundo Lugar, procede a examinar
minuciosamente los grafismo cuestionados, como si fueran ajenos
o extraños a los indubitados, tratando también de captar todo
aquello que le indique cuál es o cómo es la personalidad gráfica del
autor del texto o de la firma dubitada.
Por último, conocidas ya las peculiaridades de ambos extremos
ofrecidos, procederá al COTEJO TECNICO entre ambos.
20. Conclusiones
•La pericia es necesaria en cuanto el juzgador
tenga que evaluar hechos que están fuera de sus
conocimientos generales.
•Las pruebas periciales son medios probatorios
de gran importancia en la actividad procesal por
su carácter técnico, científico o artístico.
•La valoración de la prueba es otorgada por el
juez en función a la normativa procesal
correspondiente (civil, penal, etc.).
•La valoración sobre las pruebas puede variar en
cada caso verificado, razón por la cual el
dictamen pericial debe cumplir con los principales
requisitos de eficacia.