Dictamen de la Comisión de Asuntos Laborales Gremiales y Previsión

Loading...

Flash Player 9 (or above) is needed to view presentations.
We have detected that you do not have it on your computer. To install it, go here.

0 comments

Post a comment

    Post a comment
    Embed Video
    Edit your comment Cancel

    Favorites, Groups & Events

    Dictamen de la Comisión de Asuntos Laborales Gremiales y Previsión - Presentation Transcript

    1. Diputadas y Diputados de Santa Fe: La Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y de Previsión, ha considerado el Proyecto de Ley – Expediente N° 22554 – P.E. – Mensaje Nº 3625, por el cual se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley Nº 9282 –Estatuto Escalafón para Profesionales Universitarios de la Sanidad-, a los profesionales universitarios Licenciados en Trabajo Social; y, por las razones expuestas en sus fundamentos y las que podrá dar el miembro informante, aconseja la aprobación del siguiente texto: LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE L E Y: ARTICULO 1º : Los profesionales universitarios Licenciados en Trabajo Social y Licenciados en Servicio Social ingresan a la Administración Pública Provincial dentro del marco de la Ley de Convenio Colectivo para el Sector Público Nº 10052 y modificatorias, bajo el Estatuto General del Personal de la Administración Pública Decreto Ley 8525/80 y el Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial, Decreto Nº 2695/83, en su Agrupamiento Profesional. ARTICULO 2º : Los profesionales universitarios Licenciados en Trabajo Social y Licenciados en Servicio Social que revisten en situación de planta permanente a la fecha de promulgación de la presente ley, deberán ser incorporados al Agrupamiento Profesional del Decreto 2695/83 – Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial-, con adecuación de su escala salarial y carga horaria, a los fines de no afectar sus derechos adquiridos. ARTICULO 3° : Los profesionales universitarios Licenciados en Trabajo Social y Licenciados en Servicio Social que pertenecen al ámbito del Ministerio de Salud, tienen los mismos derechos, deberes y prohibiciones de los agentes comprendidos en la Ley 9282 –Estatuto Escalafón para los Profesionales Universitarios de la Sanidad-, sin perjuicio de los que específicamente se establecen en el Decreto Ley 8525 –Estatuto General del Personal de la Administración Pública-. ARTICULO 4º : Comuníquese al Poder Ejecutivo. Sala de la Comisión, 5 de Noviembre de 2009.
    SlideShare Zeitgeist 2009

    + IguiIgui Nominate

    custom

    93 views, 0 favs, 1 embeds more stats

    More info about this document

    © All Rights Reserved

    Go to text version

    • Total Views 93
      • 84 on SlideShare
      • 9 from embeds
    • Comments 0
    • Favorites 0
    • Downloads 0
    Most viewed embeds
    • 9 views on http://colegiots.blogspot.com

    more

    All embeds
    • 9 views on http://colegiots.blogspot.com

    less

    Flagged as inappropriate Flag as inappropriate
    Flag as inappropriate

    Select your reason for flagging this presentation as inappropriate. If needed, use the feedback form to let us know more details.

    Cancel
    File a copyright complaint
    Having problems? Go to our helpdesk?

    Categories