3. El mejoramiento de la seguridad, la salud y las
condiciones laborales depende en última instancia
de la colaboración de personas que trabajan juntas,
ya sean Arquitectos e Ingenieros u obreros.
La gestión de la seguridad comprende
las funciones de planificación, identificación de
áreas
problemáticas, coordinación, control y dirección de
las actividades de seguridad en la obra, todas ellas
con el fin de prevenir los accidentes y
enfermedades.
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13. Chaleco con cintas de
material reflectivo.
Camisa de mangas largas.
Pantalón con tejido de
alta densidad tipo jean En
su defecto podrá utilizarse
mameluco de trabajo.
En climas fríos se usará
además una
chompa, casaca o
chaquetón.
En épocas y/o zonas de
lluvia, usarán sobre el
uniforme un impermeable.
14. 1. Personal de línea de
mando: color blanco
2. Jefes de grupo: color
amarillo
3. Operarios: color rojo
4. Ayudantes: color
anaranjado
5. Visitantes: color
verde
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3
4
1
5
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17. Guantes Dieléctricos, de
acuerdo a la tensión de
trabajo.
Guantes De
neopreno, resistentes a la
abrasión y agentes químicos
de carácter agresivo.
Guantes De algodón o
punto, para trabajos
ligeros.
18. Guante De cuero,
para trabajos de
manipulación en
general.
Guante De
plástico, para
protegerse de
agentes químicos
nocivos.
Guante De lona, para
manipular elementos
en que se puedan
producir arañazos
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21. Art. 191.- Riesgos Laborables
excluidos y no considerados
Para los efectos de la presente
ley, no se considerarán riesgos
laborables los ocasionados por las
siguientes causas:
Estado de embriaguez o bajo la
acción de algún
psicotrópico, narcótico o droga
enervante, salvo prescripción
médica;
Resultado de un daño intencional del
propio trabajador o de acuerdo con
otra persona, o del empleador;
Fuerza mayor extraña al trabajo;
Los accidentes de tránsito fuera de la
ruta y de la jornada normal de
trabajo;
Los daños debido a la imprudencia
temeraria del trabajador
accidentado.
22. Costo y financiamiento del Seguro de Riesgos Laborables El Seguro
de Riesgos Laborables será financiado con una contribución promedio
del uno punto dos por ciento (1.20%) del salario cotizable, a cargo
exclusivo del empleador. El aporte total del empleador tendrá dos
componentes.
Una cuota básica fija del uno por ciento (1%), de aplicación uniforme a
todos los empleados; y
Una cuota adicional variable de hasta cero punto seis por ciento
(0.6%), establecida en función de la rama de actividad y del riesgo de
cada empresa. En ambos casos, dichos porcentajes se aplicaran
sobre el monto del salario cotizable.
23. Sin perjuicio de otras sanciones que
correspondiesen, el empleador es
responsable de los daños y perjuicios
causados al afiliado cuando por
incumplimiento de la obligación de
inscribirlo, notificar los salarios
efectivos o los cambios de estos, o
de entregar las cotizaciones y
contribuciones, no pudieran
otorgarse las prestaciones del
Seguro de Riesgos Laborales, o
bien, cuando el subsidio a que estos
tuviesen derecho se viera disminuido
en su cuantía.
24. Art. 38. El accidente de trabajo
debe ser comunicado
inmediatamente al empleador
por parte del trabajador (a) o de
cualquier tercero que tenga
conocimiento del mismo, y el
empleador a su vez notificarlo
dentro de las 72 horas hábiles (3
días laborables) después de
haber tenido conocimiento, salvo
impedimento de fuerza mayor.
38. La definición de la seguridad es crear espacios
adecuados para el desarrollo de las actividades
humanas, buscando garantizar la salud, la integridad y
la vida de las personas que habitan una edificación o
concurren a los espacios públicos; así mismo, establece
las condiciones que deben cumplir las estructuras y las
instalaciones con la finalidad de reducir el impacto
sobre las edificaciones y la infraestructura urbana, de
los desastres naturales o los provocados por las
personas.