1. AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN En Uruguay el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social interviene en los conflictos individuales de trabajo a través de la audiencia de conciliación, previa al juicio laboral. Aquí les presentamos como se realiza la solicitud de audiencia. gye.abogados@gmail.com http://gonzalvezyetcheverry-abogados.blogspot.com/
2. SOLICITUD DE AUDIENCIA La solicitud de Audiencia se hará por escrito, indicando en forma resumida los hechos, el detalle y monto de los rubros reclamados. Para pedirla, se llena un formulario que está disponible en la página del MTSS, el que será presentado en dos copias impresas, con firma del interesado y el abogado. gye.abogados@gmail.com http://gonzalvezyetcheverry-abogados.blogspot.com/
3. FORMATO DE PRESENTACIÓN A partir del 22 de febrero de 2010, el formulario de solicitud de audiencia deberá ser presentado en soporte magnético (pen drive, o cdrom), acompañado de las dos copias impresas y debidamente firmadas, como dispone la Resolución Ministerial de fecha 8 de febrero de 2010. gye.abogados@gmail.com http://gonzalvezyetcheverry-abogados.blogspot.com/
4. COMPARECENCIA DE LAS PARTES El día y hora fijados para la celebración de la audiencia, las partes deben presentarse con la documentación correspondiente, y asistidos por abogado, si el monto reclamado es superior a 20 UR. Si es inferior a 20 UR no se requiere asistencia y la solicitud de audiencia puede ser realizada por el propio empleado. gye.abogados@gmail.com http://gonzalvezyetcheverry-abogados.blogspot.com/
5. EL CITANTE: COMPARECENCIA Se debe presentar con C.I. vigente. Si no comparece en forma personal debe otorgar carta de autorización ante la División Negociación Individual o poder para pleitos. En algunos casos si el empleador no acredita correctamente su personería, el citante puede volver a solicitar nueva audiencia. gye.abogados@gmail.com http://gonzalvezyetcheverry-abogados.blogspot.com/
6. EL CITADO:PERSONAS FÍSICAS Personas físicas (empleadores del servicio doméstico, empresas unipersonales y sociedades de hecho) deben presentar Cédula de Identidad vigente. Si no comparecen personalmente deben extender carta simple de autorización. gye.abogados@gmail.com http://gonzalvezyetcheverry-abogados.blogspot.com/
7. EL CITADO: PERSONAS JURÍDICAS Personas jurídicas, copropiedades y condominios deberán acreditar la representación con certificado notarial. Si el representante no comparece personalmente, deberá extender carta autorización simple o poder para pleitos. gye.abogados@gmail.com http://gonzalvezyetcheverry-abogados.blogspot.com/
8. CARTA DE AUTORIZACIÓN: CONTENIDO La carta de autorización del citado, cuando no comparece personalmente, debe contener los siguientes datos. Día y hora de la audiencia. Datos completos de quien autoriza. Datos completos del autorizado. Expresar si tiene facultades para Firma y aclaración del autorizante. transar. gye.abogados@gmail.com http://gonzalvezyetcheverry-abogados.blogspot.com/
9. CARTA DE AUTORIZACIÓN: DOCUMENTOS ADJUNTOS La carta deberá ser acompañada de fotocopia del documento de identidad del o los autorizantes, así como el certificado notarial que justifique la representación que se invoca. Debe tenerse presente que si no se exhibe la documentación referida que justifique la representación invocada, se tendrá a la parte por no compareciente, siendo pasible de multa. gye.abogados@gmail.com http://gonzalvezyetcheverry-abogados.blogspot.com/
10. DONDE SOLICITAR LA AUDIENCIA Para solicitar Audiencia de Conciliación, debe dirigirse: En Montevideo: Sede Central: Juncal 1517 Planta Baja. Horario: 9:30 a 16:00 horas. Entrega de números hasta las 15 horas. / Agencia Belvedere: Pandiani Nº 22. Horario: 8:00 a 14:00 En el interior: Oficinas de Trabajo Infórmese en: http://mtss.gub.uy gye.abogados@gmail.com http://gonzalvezyetcheverry-abogados.blogspot.com/