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Boletín No. 141 - Septiembre 2012




                                    La sentencia de la Corte
                                    Centroamericana de Justicia:
                                    Un fallo sin fundamentos

                                    Introducción                                para resolver la demanda planteada
                                                                                por la Asamblea Legislativa de El
                                    La decisión de titular este boletín         Salvador, seguido de los apartados 3,
                                    “Un fallo sin fundamentos” obedece          4 y 5 en los que se comentan distintos
                                    a dos razones: La primera, porque           aspectos del proceso y de la sentencia
                                    la competencia que la Corte                 misma. El apartado 6 hace referencia
                                    Centroamericana de Justicia (CCJ)           a la declaratoria de inaplicabilidad
                                    se autoatribuyó para convertirse en         de la Sala de lo Constitucional que
                                    instancia revisora de las sentencias de     impidió que la sentencia de la CCJ
                                    la Sala de lo Constitucional de nuestro     surtiera efectos en nuestro país y en
                                    país carece de fundamento legal; y la       el 7, se hace una breve recapitulación
                                    segunda, porque en sí mismo, el fallo       del desenlace que tuvo el conflicto
                                    pronunciado carece de motivación            que originó la sentencia bajo examen.
                                    que justifique las bases de su              Finalmente, en el apartado 8, se
                                    competencia, de su supuesto carácter        presentan algunos comentarios sobre
                                    “supraconstitucional”, así como para        las implicaciones que este fallo podría
                                    explicar los motivos de fondo de la         tener en el proceso de integración de
                                    decisión pronunciada.                       Centroamérica.

                                    Este boletín consta de 8 apartados: El      1. 	
                                                                                   Origen     de  la   demanda
                                    apartado 1 inicia con una síntesis de los      interpuesta ante la Corte
                                    antecedentes del caso. En el apartado 2,       Centroamericana de Justicia
                                    se presentan algunas consideraciones
                                    sobre la normativa que rige la Corte        El Salvador ha tenido durante el
                                    Centroamericana de Justicia, para           año 2012 una crisis institucional sin
                                    determinar si tiene o no competencia        precedentes, luego que la Asamblea
Legislativa se negara a cumplir dos             funcionarios sin necesidad de la
                                      sentencias de inconstitucionalidad              participación del Fiscal General de la
                                      que declararon contrarios a la norma            República, incluidos los magistrados de
                                      fundamental los nombramientos                   la SCN; instaló una comisión especial
                                      de magistrados realizados en 2006               para investigar la constitucionalidad
                                      y 2012. La Sala estimó que cada                 del nombramiento de los magistrados
                                      legislatura solo puede designar a 1/3           electos en 2009; convocó a un foro
                                      de magistrados de la Corte Suprema              público integrado en su mayoría por
                                      de Justicia, es decir, no es conforme           ponentes que avalaron la decisión de
                                      a la Constitución elegir dos veces en           la Asamblea y, como última medida,
                                      un mismo periodo legislativo: al inicio         acudió ante la CCJ para plantear la
                                      y al final, pues la última voluntad             existencia de un supuesto conflicto
                                      popular expresada en las urnas debe             entre la Asamblea Legislativa y
                                      estar debidamente representada en               la Sala de lo Constitucional, que
                                      las elecciones de segundo grado de              inevitablemente llevaría a una revisión
                                      funcionarios1.                                  de los fallos emitidos por esta última.

                                      Estas sentencias se insertaron en un            2.	Consideraciones          sobre
    La CCJ nace                       marco de ya tensas relaciones entre la             la base legal de la Corte
    como un tribunal                  Asamblea Legislativa y la Sala de lo               Centroamericana de Justicia
    internacional                     Constitucional (SCN), por una serie
    para la región                    de pronunciamientos anteriores de esta          Como punto de partida, es
    centroamericana,                  última. Cuando el 5 de junio del presente       necesario presentar algunas breves
    con la finalidad                  año, la Sala de lo Constitucional               consideraciones sobre la Corte
                                      expulsó del ordenamiento jurídico               Centroamericana de Justicia (CCJ).
    de velar por la
                                      los nombramientos de 5 magistrados              Dicho tribunal es un organismo
    correcta aplicación
                                      electos en 2006 y 5 magistrados                 judicial nacido del proceso de
    del derecho
                                      electos en abril de 2012, mediante              integración de Centroamérica, cuya
    comunitario
                                      las sentencias de inconstitucionalidad          legalidad descansa en el artículo 12
    centroamericano...
                                      19-2012 y 23-2012, los diputados                del Protocolo de Tegucigalpa a la
                                      manifestaron     que      no      estaban       Carta de la Organización de Estados
                                      dispuestos a cumplir con dichos fallos,         Centroamericanos (ODECA) y en el
                                      ya que consideraban que la Sala se              tratado que contiene el Estatuto de la
                                      había excedido en sus potestades.               CCJ, en el que se regula su integración,
                                                                                      funcionamiento y atribuciones.
                                      Inmediatamente      después      de
                                      pronunciadas    las    mencionadas              En la exposición de motivos de
                                      sentencias, el Órgano Legislativo               este último instrumento, consta la
                                      reformó el Reglamento Interior de               intención de los Estados Parte de crear
                                      la Asamblea Legislativa para iniciar            un organismo judicial para la solución
                                      antejuicios en contra de distintos              de conflictos regionales. La CCJ
                                                                                      nace como un tribunal internacional
                                                                                      para la región centroamericana, con
                                      1.	 Un estudio más amplio sobre las
                                          mencionadas sentencias puede consultarse    la finalidad de velar por la correcta
                                          en: Fusades, Departamento de Estudios       aplicación del derecho comunitario
                                          Legales, Comentarios a las sentencias       centroamericano, es decir, por las
                                          de inconstitucionalidad sobre la elección
                                          de Magistrados de la Corte Suprema de
                                                                                      normas que regularán las actuaciones
                                          Justicia, Boletín de Estudios Legales Nº.   de los Estados en el proceso de
                                          138, Antiguo Cuscatlán, junio 2012.


Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES       Boletín 141 / Septiembre 2012      e.legal@fusades.org                 2
consolidación      de    la    integración     en materias de su competencia4. Los
                                      regional.                                      asuntos internos propios de cada
                                                                                     Estado se siguen resolviendo por las
                                      Su naturaleza es la de un tribunal             instituciones propias de cada país, en
                                      especializado y garante del derecho de         cualquiera de sus ramas.
                                      integración, tal como muy brevemente
                                      -por no ser objeto de este estudio- y          La naturaleza del Tribunal Europeo
                                      a título de ejemplo, mencionamos el            no es la de una instancia revisora de
                                      caso de otros tribunales de integración        los fallos nacionales; es una justicia
                                      regional. En primer lugar, el Tribunal         especializada que conoce de temas
                                      Europeo de Justicia está facultado             relacionados con la normativa
                                      “para comprobar que los actos de               comunitaria. A nivel nacional, el
    El sistema
                                      las instituciones europeas y de los            parangón podría hacerse con la justicia
    institucional
                                      Gobiernos son compatibles con los              constitucional, ya que esta no revisa ni
    europeo se
                                      Tratados” y “para pronunciarse,                sustituye la justicia ordinaria; no es
    superpone, pero
                                      a petición de un tribunal nacional,            una tercera instancia; y tiene un ámbito
    no sustituye a la
                                      sobre la interpretación o validez              de competencias propio en razón de la
    institucionalidad                                                                materia.
                                      de las disposiciones del Derecho
    propia de cada
                                      comunitario”2, es decir para conflictos
    país, a pesar                                                                    En Suramérica, se cuenta con el
                                      que involucren normas, sujetos y
    de tratarse de                                                                   Tribunal de Justicia de la Comunidad
                                      órganos propios de la Unión3. No ha
    un sistema que,                                                                  Andina, el cual ha sido creado como
                                      sido creado para sustituir la justicia
    con sus propias                   nacional, ya que para esto existen los         tribunal regional del sistema integrado
    características,                  tribunales de cada país.                       por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú
    viene avanzando                                                                  y Venezuela. Su marco competencial
    en su proceso                     El sistema institucional europeo se            se limita a cuestiones relacionadas con
    de integración                    superpone, pero no sustituye a la              las normas comunes a la integración.
    desde 1951 y                      institucionalidad propia de cada país,         Sus artículos 4 y 5 señalan que dicho
    que ha alcanzado                  a pesar de tratarse de un sistema que,         tribunal “es el órgano jurisdiccional
    los niveles de                    con sus propias características, viene         de la Comunidad Andina, de carácter
    mayor evolución                   avanzando en su proceso de integración         supranacional       y      comunitario,
    a nivel mundial y                 desde 1951 y que ha alcanzado los              instituido para declarar el derecho
    al cual debemos                   niveles de mayor evolución a nivel             andino y asegurar su aplicación e
    el concepto                       mundial y al cual debemos el concepto          interpretación uniforme en todos
    de entidades                      de entidades supranacionales, es               los Países Miembros. El Tribunal,
    supranacionales...                decir de organismos que tienen la              en ejercicio de sus atribuciones,
                                      facultad para someter a los Estados            actuará salvaguardando los intereses
                                                                                     comunitarios y los derechos que los
                                                                                     Países Miembros poseen dentro del
                                                                                     ordenamiento jurídico andino” y que
                                      2.	 Art. 267 Versión Consolidada del Tratado
                                          de Funcionamiento de la Unión Europea
                                          en http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/    4.	   Ver Tratado Constitutivo de la Comunidad
                                          LexUriServ.do?uri=OJ:C:2010:083:0047:            Europea del Carbón y del Acero firmado en
                                          0200:es:PDF                                      París en 1951, disponible en http://europa.
                                      3.	 CALDENTEY DEL POZO, Pedro y                      eu/legislation_summaries/institutional_
                                          ROMERO, Juan José, El SICA y la UE: La           affairs/treaties/treaties_ecsc_es.htm    y
                                          integración regional en una perspectiva          Declaración Schumann del 9 de mayo
                                          comparada, Rodríguez editores, 1ª                de 1950 en: http://europa.eu/about-eu/
                                          edición, San Salvador, 2010, Págs. 79 y          basic-information/symbols/europe-day/
                                          80.                                              schuman-declaration/index_es.htm


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el mismo ”ejerce su jurisdicción sobre               Estados de Centroamérica que la CCJ
                                      la Comunidad Andina dentro del marco                 esté impedida para conocer.6.
                                      de competencias establecido en el
                                      ordenamiento jurídico comunitario”5.                 Respecto de esta postura, que será
                                                                                           analizada con detalle más adelante al
                                      De forma complementaria, el artículo                 comentar la inaplicabilidad dictada por
                                      34 del Tratado Constitutivo del                      la Sala de lo Constitucional, hay que
                                      Tribunal Andino es claro al expresar                 reconocer que existen dos factores que
                                      los límites a la interpretación que                  inducen a la confusión sobre cuál es el
                                      dicho tribunal puede hacer y que                     rol y atribuciones que corresponden a
    ...la sentencia de                “deberá limitarse a precisar el                      los tribunales de integración en cada
                                      contenido y alcance de las normas que                una de sus etapas y conforme las
    la CCJ analizada
                                      conforman el ordenamiento jurídico                   particularidades de cada sistema.
    en este boletín,
                                      de la Comunidad Andina, referida al
    cabría concluir
                                      caso concreto. El Tribunal no podrá                  El primero, porque algunas partes
    erróneamente
                                      interpretar el contenido y alcance del               del Estatuto de la CCJ se refieren
    que, aun cuando
                                      derecho nacional ni calificar los hechos             al tribunal como supranacional y el
    nuestros avances                  materia del proceso, no obstante lo                  segundo, que con base en la redacción
    sean mucho más                    cual podrá referirse a éstos cuando                  de la exposición de motivos del
    modestos y nuestro                ello sea indispensable a los efectos de              Estatuto mismo, se entendería que su
    sistema menos                     la interpretación solicitada”.                       competencia es “amplia y completa”;
    desarrollado que                                                                       o de conformidad con el artículo
    el sistema de                     No obstante estos antecedentes que                   30 de dicho instrumento, que dicho
    integración de la                 ofrece el derecho comparado, de                      tribunal puede “determinar su propia
    Unión Europea, a                  la lectura de la sentencia de la CCJ                 competencia”. Sin embargo, tal
    criterio de la CCJ                analizada en este boletín, cabría                    como comentamos en los párrafos
    –y de la Asamblea                 concluir erróneamente que, aun                       siguientes, ni la misma Unión Europea
    Legislativa de                    cuando nuestros avances sean                         reconoce la existencia de organismos
    nuestro país-,                    mucho más modestos y nuestro                         que puedan suprimir o desconocer
    estaríamos en                     sistema menos desarrollado que el                    las competencias medulares o las
    presencia de un                   sistema de integración de la Unión                   “piedras de toque” que los Estados se
    tribunal único en su              Europea, a criterio de la CCJ –y de                  reservan para sí mismos en materia de
    género el mundo,                  la Asamblea Legislativa de nuestro                   administración de justicia.
    con competencias                  país-, estaríamos en presencia de un
    superiores a                      tribunal único en su género el mundo,                También es necesario precisar
    las de cualquier                  con competencias superiores a las de                 que          “supranacional”          y
    otro tribunal de                  cualquier otro tribunal de integración,              “supraconstitucional” no significan lo
    integración...                    con facultades omnicomprensivas,                     mismo, ni otorgan el mismo ámbito de
                                      plenas y absolutas, que no contempla                 competencias. En el primer caso y de
                                      límites o ámbitos del derecho de los                 forma muy sencilla, la doctrina indica
                                                                                           que se trata de un atributo conforme al

                                      5.	   Ver artículos 4 y 5 el Estatuto del Tribunal
                                            Andino de Justicia del cual son parte          6.	 También hay un objetable antecedente de
                                            Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y               un caso en el que la CCJ se ha atribuido
                                            Bolivia, suscrito en Venezuela el 22 de            competencia para juzgar a un Estado que
                                            junio de 2001 y el Tratado de Creación del         no reconoce su jurisdicción y en ausencia.
                                            Tribunal Andino de Justicia, en vigencia           Vgr. Nicaragua vrs. Costa Rica, en el
                                            desde el 25 de agosto de 1999.                     litigio por el río San Juan.




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cual determinadas normas, producidas             jurídicamente     superiores    a   la
                                      por órganos específicos, en el marco             Constitución de un Estado y de órganos
                                      de     competencias     expresamente             con la capacidad para superponer
                                      conferidas en materias concretas                 sus decisiones a los órganos
                                      tienen la capacidad para someter a               constitucionales de los mismos8.
                                      los Estados que han otorgado estas
                                      facultades voluntaria y expresamente             No es un atributo que un tribunal
                                      a los mencionados órganos, para                  pueda autoatribuirse, ni que un
                                      regular aspectos que rebasan las                 órgano del Estado pueda atribuirle
                                      fronteras nacionales. Es un concepto             unilateralmente a un tribunal, como en
                                      cuyo alcance viene precisado en cada             el caso de la demanda planteada por
                                      sistema concreto, conforme se avanza             la Asamblea Legislativa ante la CCJ.
                                      en el proceso de integración, ya que             Reconocer la existencia de un tribunal
                                      la supranacionalidad no se otorga de             supraconstitucional implica reconocer
                                      forma general y abstracta en todos los           la legitimidad de un tribunal con la
                                      ámbitos de actuación y para todas las            competencia para revisar, revertir
                                      materias, sino que en el marco de un             y/o anular los fallos de los tribunales
                                      determinado ámbito de competencias               ordinarios, de las salas o tribunales
                                      concretas7.                                      constitucionales de la región. Ni la CCJ
                                                                                       está facultada para autoarrogarse esta
   ...es necesario                    La supraconstitucionalidad, que la CCJ           atribución, ni la Asamblea Legislativa
   precisar que                       se autoatribuye en la sentencia, aun             de nuestro país puede conferirla.
   “supranacional” y                  cuando no exista ninguna referencia              Un reconocimiento que traslade
   “supraconstitucional”              en los tratados o demás normas de                competencias inherentes a la soberanía
   no significan lo                   integración aplicables a la CCJ, no              del Estado no puede hacerse a través
   mismo, ni otorgan                  es un concepto de uso común, porque              de una cesión genérica y abstracta
   el mismo ámbito de                 en la práctica los Estados se han                de competencias, que implícita
   competencias.                      cuidado de otorgarla o de reconocerla,           o tácitamente incluya la potestad
                                      ya que implica una realidad distinta             para interpretar la Constitución
                                      de la supranacionalidad por cuanto               de cada país, con preferencia a las
                                      reconocería la existencia de normas              interpretaciones o decisiones de los
                                                                                       tribunales constitucionales nacionales
                                      7.	 En la doctrina clásica, puede consultarse    o la potestad para interpretar una
                                          REUTER, Paúl, Organizaciones Europeas.       “norma      constitucional     regional”
                                          Editorial Bosch, Barcelona, 1968,            con preferencia a las constituciones
                                          Pág. 40 y siguientes y PESCATORE,
                                          Pierre, Derecho de la Integración:           nacionales.
                                          nuevo fenómeno de las relaciones
                                          internacionales, publicación del Instituto   Si bien un estudio detallado sobre
                                          para la Integración de América Latina,
                                          1973, Pág. 43. Más recientemente, entre
                                                                                       las potestades soberanas de los
                                          muchos, DIEZ PICAZO, Luis María,             Estados rebasa los fines y alcance de
                                          “La naturaleza de la Unión Europea” en       este boletín, es necesario referirnos
                                          revista InDret 4/2008, Barcelona, octubre    brevemente a algunos elementos
                                          2008, Págs. 5 y siguientes en http://
                                          www.indret.com/pdf/574_es.pdf
                                          quien explica que la supranacionalidad
                                          se opone al carácter intergubernamental      8.	 Con exclusión de los tribunales y cortes
                                          que tradicionalmente han tenido las              internacionales que tutelan los derechos
                                          relaciones entre Estados, ya que en la           humanos, como en el caso del Tribunal
                                          supranacionalidad, los órganos crean             Europeo de Derechos Humanos y la Corte
                                          normas directamente aplicables a Estados         Interamericana de Derechos Humanos, en
                                          y a los particulares.                            materia de su competencia.


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que deberían ser considerados. La                   de la integración centroamericana.
                                      soberanía del Estado implica entre                  Esta aparente dicotomía exige una
                                      otros, la facultad para autorregularse y            interpretación sistemática y unitaria
                                      autonormarse,9 por lo que la creación               de la Constitución, porque en materia
                                      de una entidad que suprima el carácter              de interpretación constitucional no
                                      definitivo de la interpretación de la               cabe entender que puedan existir
                                      Constitución de un país, que limite                 contradicciones en su texto mismo.
                                      considerablemente       la    capacidad
                                      de un Estado para autorregularse y                  Al examinar otros documentos
                                      autonormarse conforme a la misma,                   que el Art. 268 de la Constitución
                                      requeriría como mínimo dos elementos                manda a tomar en cuenta para lograr
                                      que no se observan en el caso de la                 su interpretación fidedigna,11 en la
                                      CCJ: 1) una cesión o reconocimiento                 Exposición de Motivos elaborada por
                                      expreso del Estado a través de los                  el Constituyente de 1983, encontramos
                                      sujetos capaces para comprometer su                 una limitante expresa para ceder esta
    En conclusión,                    voluntad en el ámbito internacional;                potestad, al referirse a la ubicación y
    la Constitución                   y 2) una habilitación constitucional                alcance de los tratados internacionales:
    reconoce la                       expresa para los órganos estatales para             la Comisión “1. Acepta como principio
    posibilidad de crear              que puedan ceder dicha competencia10.               el de la supremacía de la Constitución
    entes con funciones                                                                   en el territorio de El Salvador, puesto
    supranacionales,                  En el caso salvadoreño nuestra                      que no concibe que mediante la
    pero no habilita                  Constitución        contiene      dos               violación de la propia Constitución
    a los poderes                     disposiciones que parecen enfrentadas               pueda sobreponerse otro orden jurídico
    constituidos para                 en este caso. En primer lugar, el                   distinto que obligue a los tribunales
    reconocer la                      artículo 183 establece que en el                    nacionales. 2. Admitir que los tratados
    supraconstitu-                    territorio salvadoreño la Sala de lo                puedan tener una jerarquía superior
    cionalidad de                     Constitucional es el máximo intérprete              al orden constitucional equivale
    instrumentos                      de la Ley Fundamental y, en segundo                 a abrir la puerta para que pueda
    y órganos de                      lugar, el artículo 89 establece la                  modificarse la Constitución sin las
    la integración                    posibilidad de crear organismos con                 formalidades en ella previstas”12. En
    centroamericana...                funciones supranacionales en el marco               conclusión, la Constitución reconoce
                                                                                          la posibilidad de crear entes con
                                      9.	 En la literatura básica, ver HELLER,
                                                                                          funciones supranacionales, pero no
                                           Herman, Teoría del Estado, Fondo               habilita a los poderes constituidos para
                                           de Cultura Económica, México, 4ª               reconocer la supraconstitucionalidad
                                           reimpresión argentina, 1992, Págs. 261 y
                                           siguientes.
                                      10.	 CLAES, Mónica, “Constitucionalizando           11.	 Art. 268 Cn.: “Se tendrán como
                                           Europa desde su fuente. Las “cláusulas              documentos       fidedignos     para     la
                                           europeas”      en     las   Constituciones          interpretación de esta Constitución,
                                           nacionales: Evolución y Tipología en                además del acta de la sesión plenaria de la
                                           Constitución Europea y Constituciones               Asamblea Constituyente, las grabaciones
                                           Nacionales, dirigido por Marta Cartabia,            magnetofónicas y de audiovideo que
                                           Bruno de Witte y Pablo Pérez Tremps,                contienen las incidencias y participación
                                           Tirant Lo Blanch, Valencia, 2005, Págs.             de los Diputados Constituyentes en
                                           132-136 quien comenta que dado el lugar             la discusión y aprobación de ella, así
                                           preeminente en las constituciones de los            como los documentos similares que se
                                           principios de soberanía, independencia              elaboraron en la Comisión Redactora del
                                           y separación de poderes, se considera               Proyecto de Constitución.
                                           indispensable la autorización explícita de     12.	 Informe único de la Comisión Redactora
                                           las transferencias de poderes o limitaciones        de la Constitución de 1983, que contiene
                                           de la soberanía a organizaciones                    la Exposición de Motivos, San Salvador,
                                           internacionales u órganos externos.                 22 de julio de 1983, Pág. 18.


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de instrumentos y órganos de la                 se encuentra delimitada por el derecho
                                      integración centroamericana, ni de              comunitario, el cual no sustituye a los
                                      ninguna otra naturaleza.                        tribunales constitucionales de los 27
                                                                                      Estados miembros.
                                      En la práctica, una aplicación o
                                      interpretación del Estatuto de la CCJ           En el ámbito nacional de los Estados
                                      que lleve a un resultado expresamente           de la Unión Europea, los tribunales
                                      prohibido por el Poder Constituyente,           y cortes constitucionales conservan
                                      aunque se haya suscrito un tratado              su potestad soberana para interpretar
                                      en el que consta el supuesto carácter           su propia Constitución y enjuiciar el
                                      supranacional de tal tribunal o su              proceso de integración mismo. La
                                      capacidad para resolver controversias           vinculación de la justicia constitucional
                                      constitucionales-conforme       a     su        a la Constitución hace que el proceso
                                      Ordenanza de Procedimientos-,13                 de integración europea solo pueda
                                      constituye una violación flagrante a            constituirse y, por tanto, ser objeto de
    ...una aplicación
                                      nuestra Constitución, en la medida que          enjuiciamiento en las condiciones que
    o interpretación
                                      concretamente vulnera el artículo 183           establezca la Constitución de cada país
    del Estatuto de                   Cn. que se refiere al carácter supremo          y de acuerdo con las características
    la CCJ que lleve                  de la Sala de lo Constitucional y el            generales del sistema constitucional
    a un resultado                    Art. 235 de la Cn. que obliga a todos           nacional, ya que al final de todo, la
    expresamente                      los funcionarios públicos a respetar            ley suprema define los límites de las
    prohibido                         la Constitución; por lo que si tal              potestades de los funcionarios públicos
    por el Poder                      contradicción no fue tomada en cuenta           y del Estado mismo. En la práctica,
    Constituyente...                  al momento de suscribir y ratificar un          el control de constitucionalidad de los
    constituye                        instrumento internacional de rango              poderes públicos, incluye el control de
    una violación                     inferior a nuestra Ley Primaria, la             constitucionalidad frente al proceso de
    flagrante a nuestra               interpretación del alcance del Estatuto         integración14.
    Constitución, en                  que ha hecho la CCJ debería motivar a
    la medida que                     la posibilidad de denunciar este tratado        Podrán existir voces que hablan
    concretamente                     por parte de El Salvador y de reformar          de una transición hacia un derecho
    vulnera el artículo               el mismo.                                       constitucional comunitario en Europa,
    183 Cn...                                                                         pero el derecho constitucional europeo
                                      Para complementar esta postura, habrá           define también sus límites en relación
                                      que remitirse al modelo europeo,                con el derecho constitucional nacional.
                                      donde existe un proyecto para la                No solo por lo que se refiere al
                                      aprobación de una Constitución
                                      Europea, en el cual la relación entre
                                      los tribunales constitucionales y su rol        14.	
                                                                                         Puede      consultarse    BALLAGUER
                                      respecto del proceso e instituciones               CALLEJO, Francisco, “Los Tribunales
                                                                                         Constitucionales en el Proceso de
                                      propias de la Unión Europea, no es
                                                                                         Integración     Europea”,    ponencia
                                      pacífica y si bien en materia de derecho            presentada al en el cincuenta
                                      de integración, el Tribunal de Justicia             aniversario de la Corte Constitucional
                                      de dicha entidad supranacional puede                Italiana organizado por la Asociación
                                      funcionar en algunas oportunidades                  Italiana de Constitucionalistas con el
                                      de forma analógica a la de un tribunal              patrocinio de la Corte Constitucional
                                      constitucional, su esfera de actuación              de la República Italiana. Universidad
                                                                                          “La Sapienza”, Roma, 28 de octubre
                                                                                          de 2006 disponible en http://www.ugr.
                                      13.	 Ver artículos 62 y 63 de la Ordenanza de       es/~redce/REDCE7/articulos/12franc
                                           Procedimientos de la CCJ.                      iscobalaguercallejon.htm#notabis.


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respeto de la identidad constitucional          su demanda en atentados en contra de
                                      de los Estados, lo que supone un                la división de poderes y del principio
                                      reconocimiento de los límites de la             de legalidad al que la mencionada
                                      Unión o de su eventual Constitución,15          Sala está sometida. Según consta en la
                                      ya que la Unión –y sus órganos- están           demanda, mediante estas actuaciones,
                                      dotados de competencia limitadas                la Sala de lo Constitucional violó el
                                      puesto que aún no han alcanzado la              derecho comunitario centroamericano,
                                      competencia de todas las competencias,          en la medida que la democracia es
                                      es decir, la capacidad para determinar          un presupuesto de la integración; así
                                      su propio ámbito de actuación política          como el derecho positivo salvadoreño
                                      y jurídica16.                                   y las cartas fundamentales de
                                                                                      la Organización de los Estados
                                      3.	 Curso procesal                              Americanos y de la Organización de
                                                                                      las Naciones Unidas, en las cuales
                                      El 20 de junio de 2012, el Presidente           también se protege la separación de
                                      de la Asamblea Legislativa presentó             poderes.
                                      ante la CCJ una demanda en contra del
                                      Órgano Judicial, por actos de la Sala           La Asamblea Legislativa consideró
                                      de lo Constitucional, alegando, en              pertinente demandar en base al Art.
                                      resumen, que la Sala había invadido             22, letra f) del Estatuto de la CCJ, que
                                      atribuciones expresas de la Asamblea            da facultad a esa entidad para conocer
                                      Legislativa, ya que a esta última le            y resolver a solicitud del agraviado
                                      corresponde el nombramiento de                  de conflictos que puedan surgir entre
                                      los magistrados de la CSJ y porque              los Poderes u Órganos fundamentales
                                      en la Constitución no existe una                de los Estados, y cuando de hecho
                                      regla explícita que prohíba que una             no se respeten los fallos judiciales.
                                      misma legislatura elija dos veces               En la demanda también se solicitó
                                      magistrados de la CSJ. También basó             que se dictara una medida cautelar
                                                                                      consistente en la suspensión de los
                                                                                      efectos de las sentencias en discusión
                                      15.	Ver     Tratado para Constitución
                                          Europea, artículo I-5.1: “La Unión          y que se declarara que al pronunciar
                                          respetará la igualdad de los Estados        las sentencias 19-2012 y 23-2012 la
                                          miembros ante la Constitución, así          Sala había violado el derecho público
                                          como su identidad nacional, inherente       salvadoreño, que se declarara que las
                                          a las estructuras fundamentales             sentencias contrarían el sistema de
                                          políticas y constitucionales de             frenos y contrapesos establecido en la
                                          éstos, también en lo referente a la
                                                                                      Constitución y tratados internacionales
                                          autonomía local y regional. Respetará
                                          las funciones esenciales del Estado,        y de integración centroamericana
                                          especialmente las que tienen por            y finalmente, que se declarasen
                                          objeto garantizar su integridad             inaplicables las sentencias.
                                          territorial, mantener el orden público
                                          y salvaguardar la seguridad nacional”,      El día siguiente a la presentación de la
                                          aprobado en Bélgica el 13 de octubre
                                                                                      demanda, el 21 de junio, en una escueta
                                          de 2004.
                                      16.	PIZZORUSSO, Allesandro, “El difícil         resolución, la Corte Centroamericana
                                          camino de la Constitución Europea”,         admitió y dictó una medida cautelar.
                                          en la recopilación del mismo autor          Dicha admisión generó muchas dudas
                                          Justicia, Constitución y Pluralismo,
                                          Palestra editores, Lima, 2008, citado por
                                                                                      sobre la actuación de la CCJ al abordar
                                          BALLAGUER CALLEJO, Francisco, en            un asunto de tal trascendencia, que
                                          la obra citada.


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implicaba suspender los efectos de           El 31 de julio, la CCJ admitió la prueba
                                      una sentencia de inconstitucionalidad        ofrecida por la Asamblea Legislativa
                                      emitida por el máximo tribunal de            y aceptó la ilegítima comparecencia
                                      justicia en esa materia en El Salvador       del representante del Órgano Judicial
                                      y porque la resolución misma carecía         de El Salvador. El 7 de agosto, se
                                      de fundamentación que justificara la         citó a audiencia pública a las partes
                                      aplicación de la medida cautelar.            procesales.

                                      El 25 de junio siguiente, la CCJ             Dicha audiencia se celebró el día 11
                                      notificó a la Sala de lo Constitucional      de agosto de 2012. El representante de
                                      la admisión de la demanda, la medida         la Asamblea Legislativa expresó que
                                      cautelar y le solicitó que rindiera          ratificaba lo que había manifestado
    El día siguiente
                                      informe en un plazo de seis días             anteriormente. El abogado Ovidio
    a la presentación
                                      hábiles –aun cuando de conformidad           Bonilla, por su parte, se allanó a
    de la demanda,
                                      con el artículo 62 de la Ordenanza           la demanda y expresó que estaba
    el 21 de junio,
                                      de Procedimientos de la CCJ el plazo         de acuerdo con lo que la Asamblea
    en una escueta                    legal debió ser de 20 días, pero en          Legislativa había manifestado en la
    resolución, la Corte              esa ese misma fecha, la Sala declaró         demanda y no aportó ningún elemento
    Centroamericana                   inaplicable la resolución de la CCJ,         en defensa del Órgano Judicial, ya que
    admitió y dictó una               por carecer de competencia alguna            tal como se dijo, el Dr. Bonilla tenía
    medida cautelar.                  para intervenir en la ejecución de las       un interés particular en el proceso.
    Dicha admisión                    sentencias emitidas por el máximo            En resumen, nadie compareció
    generó muchas                     intérprete de la Constitución de El          para ejercer la defensa de la parte
    dudas sobre la                    Salvador.                                    demandada, dado que la autoridad
    actuación de la                                                                legitimada para hacerlo, es decir, la
    CCJ al abordar                    El 18 de julio, el proceso se abrió a        Sala de lo Constitucional, desconoció
    un asunto de tal                  pruebas por un plazo de diez días            la competencia de la CCJ para revisar
    trascendencia,                    hábiles. En fecha 27 de julio del mismo      sus fallos y el supuesto representante
    que implicaba                     año, el abogado representante de la          del Órgano Judicial compareció para
    suspender los                     Asamblea Legislativa solicitó que se         dar la razón a la parte demandante.
    efectos de una                    tuviera por pruebas los documentos
    sentencia de                      que se habían presentado con la              El Instituto Iberoamericano de
    inconstitucionalidad              demanda. Ese mismo día, el abogado           Derecho Constitucional, en su Capítulo
                                      Ovidio Bonilla –uno de los abogados          de El Salvador, presentó una solicitud
                                      cuyo nombramiento en la CSJ fue              de amicus curiae ante la CCJ, para
                                      declarado inconstitucional por la Sala-      intentar aportar elementos técnicos
                                      compareció ante la CCJ en su calidad         que ayudaran al tribunal regional
                                      de Presidente del Órgano Judicial,           a tomar una decisión realmente
                                      luego de haber tomado posesión de ese        informada, que incluyera a todos
                                      cargo en contra de sentencia expresa         los aspectos relacionados con esta
                                      de la SCN y a pesar de tener un interés      situación. También presentó un escrito
                                      particular en el proceso, puesto que         Salvador Enrique Anaya Barraza, el
                                      ante la CCJ se estaba discutiendo un         abogado que promovió ante la Sala
                                      asunto directamente relacionado con la       de lo Constitucional la demanda de
                                      legitimidad de su nombramiento. El Dr.       inconstitucionalidad que dio origen
                                      Bonilla presentó un escrito pidiendo         al proceso 19-2012, para que la CCJ
                                      que se le tuviera por parte demandada        autorizara su intervención en calidad
                                      y renunció al resto del plazo de prueba.     de tercero interesado. Sin embargo,



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en una resolución muy breve, la              •	 Fundamento de la jurisdicción
                                      CCJ desestimó ambas peticiones,
                                      puesto que manifestó que solo las            La CCJ se refiere al origen de su
                                      partes podían tener intervención en el       existencia, relacionado el artículo
                                      proceso17.                                   12 del Protocolo de Tegucigalpa,
                                                                                   con el cual se modificó la Carta
                                      El 15 de agosto, la CCJ resolvió a favor     de la Organización de Estados
                                      de la Asamblea Legislativa ordenando         Centroamericanos y a la suscripción
                                      que se inaplicaran las sentencias de la      y ratificación por parte de El Salvador
                                      Sala de lo Constitucional, pero el 17 de     de su Estatuto, en cuya exposición
                                      ese mes, la Sala de lo Constitucional        de motivos se establece que dicho
                                      declaró inaplicable la sentencia, en la      tribunal tendrá competencia amplia
                                      misma línea de razonamiento que había        y completa en lo contencioso, con
                                      desarrollado en la inaplicabilidad de la     carácter obligatorio para los Estados,
                                      admisión de la demanda, decidida el          tal como mencionamos al inicio de
                                      25 de junio anterior.                        este boletín.
    Nadie disputa que
    la CCJ sea un ente                4.	 La sentencia de la CCJ                   Nadie disputa que la CCJ sea un
                                                                                   ente jurisdiccional; sin embargo,
    jurisdiccional; sin
                                      La resolución de la CCJ está                 la misma no desarrolla ninguna
    embargo, la misma
                                      estructurada en 13 “resultas”, que son       motivación sobre su competencia
    no desarrolla
                                      la narración del curso procesal descrito     para conocer el caso que se sometió
    ninguna motivación
                                      en el apartado anterior, seguidas de 17      a su consideración y respecto del cual
    sobre su                          considerandos que pretenden referirse        se pronunció en sentencia definitiva,
    competencia para                  al fondo.                                    autoatribuyéndose la facultad para
    conocer el caso                                                                revisar, modificar o anular un fallo
    que se sometió a                  El considerando I presenta la                del tribunal al que la Constitución de
    su consideración                  organización de los temas. Los               El Salvador otorga expresamente el
    y respecto del                    considerandos del II al V tratan de          carácter de máximo intérprete de la
    cual se pronunció                 los fundamentos de la jurisdicción y         Constitución, a través de un organismo
    en sentencia                      competencia; los considerandos del VI        creado por medio de un instrumento
    definitiva...                     al XI se refieren a la base jurídica para    internacional al cual la Constitución
                                      que la CCJ determine su competencia          de nuestro país le asigna una ubicación
                                      sobre el conflicto entre órganos             infraconstitucional.
                                      fundamentales;       el    considerando
                                      XII alude a la medida cautelar y los         •	 Base para           determinar    la
                                      considerandos del XIII al XVII buscan           competencia
                                      valorar los medios probatorios.
                                                                                   La sentencia se limita a enumerar
                                                                                   de forma general, una serie de
                                                                                   instrumentos internacionales y
                                                                                   normas     supuestamente       violadas
                                      17.	
                                         Ambos         documentos        están     por las actuaciones de la Sala de
                                          disponibles     en      http://www.
                                                                                   lo Constitucional, sin explicar el
                                          observatoriojudicial.org.sv/images/
                                          doc/documentosvarios/ccjoliva.pdf y      vínculo o la relación entre el derecho
                                          http://www.observatoriojudicial.org.     y los hechos. Por lo que de entrada
                                          sv/images/doc/documentosvarios/          es necesario precisar que el principal
                                          ccjamicus.pdf



Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES      Boletín 141 / Septiembre 2012    e.legal@fusades.org                10
defecto del que adolece esta sentencia,              La mera cita de disposiciones legales
                                      es la falta absoluta de motivación,                  es insuficiente para cumplir con el
                                      desconociendo      que    la    misma                deber de motivación. Lo medular
                                      constituye una obligación de los jueces              de dicha obligación consta en la
                                      y un elemento intrínseco al debido                   explicación que el juez o tribunal
    ...es necesario                   proceso, que además constituye un                    hace a las partes y a la sociedad en
    precisar que el                   elemento legitimante del ejercicio de                general, de las razones por las cuales
    principal defecto                 la jurisdicción.                                     resolvió un caso concreto en un
                                                                                           sentido determinado. Para confirmar
    del que adolece
                                      La motivación es la única garantía                   si ha habido o no arbitrariedad
    esta sentencia, es
                                      para proscribir la arbitrariedad. La                 basta con examinar si la decisión
    la falta absoluta                                                                      está suficientemente motivada. La
                                      razonabilidad es el criterio distintivo
    de motivación,                                                                         motivación de las sentencias sirve
                                      de la discrecionalidad frente a la
    desconociendo que                                                                      también para que cada quien o el
                                      arbitrariedad.     La motivación de
    la misma constituye               las sentencias es un presupuesto                     público en su conjunto vigile si los
    una obligación de                 legitimante de la función jurisdiccional             tribunales utilizan arbitrariamente el
    los jueces y un                   ya que exterioriza el razonamiento                   poder que les ha sido confiado. En el
    elemento intrínseco               lógico-jurídico que el juez ha seguido               caso bajo examen, los salvadoreños no
    al debido proceso...              para resolver un caso concreto. La                   sabemos por qué la CCJ resolvió como
                                      motivación demuestra que se ha                       lo hizo, ya que la sentencia carece de
                                      actuado racionalmente porque da                      motivación.
                                      las razones capaces de sostener y
                                      justificar en cada caso las decisiones               El deber de motivación o la garantía
                                      de quienes detentan algún poder sobre                de motivación se inserta en el sistema
                                      los ciudadanos y en este caso, sobre un              de garantías que las constituciones
                                      Estado soberano.                                     democráticas crean para la tutela de
                                                                                           los individuos frente al poder estatal.
                                      La motivación puede entenderse como                  La motivación garantiza la exigencia
                                      el conjunto de razones en favor de una               de controlabilidad de las decisiones
                                      decisión y no, como muchas veces                     judiciales a cargo del mismo pueblo,
                                      se confunde, con la enumeración y                    depositario de la soberanía y en
                                      citas innecesarias de las disposiciones              cuyo nombre se ejercen los poderes
                                      legales que han inducido al juez a                   públicos. Era de esperarse como
                                      decidir un asunto. Debe considerarse                 mínimo que ante un asunto de tanta
    La mera cita de                   la motivación como una aportación de                 trascendencia para nuestro país y para
    disposiciones                     razones de forma clara y justificada.                toda Centroamérica, la CCJ motivara
    legales es                        La obligación de la motivación ha sido               su sentencia19.
    insuficiente                      una conquista reciente que actualmente
    para cumplir                      integra las garantías del proceso                    La CCJ únicamente enuncia que el
    con el deber de                   constitucionalmente configurado. No                  Art. 30 del Estatuto le da facultades
    motivación.                       hay debido proceso si el juez se limita              para determinar su propia competencia
                                      a indicar las normas vulneradas sin                  y que el Art. 22) f) concede la facultad
                                      explicar por qué18.                                  de “Conocer y resolver a solicitud del
                                                                                           agraviado de conflictos que puedan
                                      18.	 ZAGREBELSKY, Gustavo, El derecho                surgir entre los Poderes u Órganos
                                           dúctil: Ley, derechos y justicia, Ed. Trotta,
                                           Madrid, 1995, Pág. 147 y ATIENZA,
                                           Manuel, “Para una razonable definición          19.	De forma general, PICÓ i JUNOY,
                                           de lo razonable”, Revista Doxa, N. 4,               Joan, Las garantías constitucionales del
                                           1987, Pág. 189.                                     proceso, Bosch, Barcelona, 1997.


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fundamentales de los Estados, y              En la documentación histórica
                                      cuando de hecho no se respeten los           examinada, no se encontró el
                                      fallos judiciales. Sin embargo, no           fundamento de esta disposición, aun
                                      logró explicar los fundamentos de            cuando cabe precisar que la Corte de
                                      su competencia para este caso en             Justicia Centroamericana nace como
                                      concreto.                                    fruto de las conferencias celebradas a
                                                                                   finales de 1907, en Washington, D.C.,
                                      La CCJ no solo no explicó los motivos        para buscar una solución pacífica a las
                                      por los cuales se autodenominó               diferencias entre países del istmo, como
                                      supraconstitucional y se autoatribuyó        tribunal de derecho público y no como
                                      la potestad para revisar una sentencia       tribunal de un sistema de integración21
    ...de la XIII Cumbre
                                      firme del máximo tribunal en materia         -inexistente en esa época-, por lo
    de Presidentes                                                                 que al momento de incorporar este
                                      constitucional de un Estado soberano,
    de Centroamérica                                                               polémico artículo en el Estatuto de la
                                      sino que ni siquiera acreditó los
    en 2004, surgió                                                                CCJ las considerables diferencias con
                                      elementos objetivos de la pretensión
    la propuesta,                     que exige el artículo 22 (f) de su           su predecesora tendrían que haberse
    que no prosperó,                  Estatuto. En la sentencia no existe          tomado en cuenta en la redacción de
    de reformar el                    nada que acredite: 1- la existencia          su régimen de competencias.
    Estatuto de la CCJ                de un conflicto entre dos órganos
    y específicamente                 fundamentales del Estado; y 2- la            En segundo lugar, de la XIII Cumbre
    este artículo, por                existencia de un agravio.                    de Presidentes de Centroamérica en
    considerar que                                                                 2004, surgió la propuesta, que no
    dicha atribución                  Este artículo tiene un antecedente           prosperó, de reformar el Estatuto de
    constituye una                    histórico en el artículo anexo a la          la CCJ y específicamente este artículo,
    intervención en los               Convención para el Establecimiento de        por considerar que dicha atribución
    asuntos internos                  una Corte de Justicia Centroamericana,       constituye una intervención en los
    de los Estados                    conocida también como Corte de               asuntos internos de los Estados y
    y una atribución                  Cartago, suscrita en Washington,             una atribución de competencia que
    de competencia                    D.C., el 20 de diciembre de 1907, el         los países de Centroamérica no han
    que los países de                 cual nunca entró en vigencia porque,         cedido22. En el proyecto de reformas,
    Centroamérica no                  dado su alcance, requería de una             se suprime de tajo esta “competencia”
    han cedido.                       ratificación específica, que nunca           y se le dejan únicamente competencias
                                      se logró. Dicho artículo estipulaba          consultivas en materia de integración,
                                      textualmente que “La Corte de                pero no relacionadas con los órganos
                                      Justicia Centroamericana conocerá            internos de los Estados, ya que para
                                      también de los conflictos que pueda          ello están los tribunales nacionales23,
                                      haber entre los Poderes Legislativo,         tal como se transcribe a continuación:
                                      Ejecutivo y Judicial, y cuando de hecho
                                      no se respeten los fallos judiciales
                                      o las resoluciones del Congreso
                                      Nacional”20.
                                                                                   21.	 Ibis in idem, Págs. 22 y siguientes.
                                                                                   22.	 Ver Instrumentos Jurídicos del Sistema
                                                                                        de Integración Centroamericana, editados
                                      20.	
                                         Puede      consultarse       GUTIÉRREZ,        por la SIECA, 3ª edición, julio 2011, Págs.
                                         Carlos José, La Corte de Justicia              243 y siguientes.
                                         Centroamericana, Ediciones Juricentro,    23.	 CARÍAS, Patricia y AGUILAR, Jimena,
                                         San José, 1978, Pág. 45, quien menciona        “En 2004 CA ratificó la inhibición a
                                         que en los 10 años de funcionamiento,          la Corte Centroamericana de dirimir
                                         dicho tribunal de derecho público nunca        conflictos entre poderes” en www.elfaro.
                                         hizo uso de esta atribución.                   net/es/201207/noticias/9059/.


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Propuesta de reforma al lit. f) artículo     de la Constitución. No existe un
                                      22 del Estatuto de la CCJ: “Actuar           conflicto entre el Juez que es la Sala
                                      como órgano de consulta de los               de lo Constitucional y la Asamblea
                                      órganos y organismos del sistema             Legislativa, que es la parte demandada.
                                      de la integración Centroamericana            La existencia de un fallo adverso para
                                      en la interpretación y aplicación            una de las partes, no hace surgir un
                                      del “Protocolo de Tegucigalpa de             conflicto entre esta y el tribunal que
                                      Reformas a la Carta de la ODECA y            resuelve. Lo que existe es una decisión
                                      de los instrumentos complementarios          obligatoria pronunciada por el órgano
                                      y actos derivados de los mismos (sic)”.      encargado para administrar justicia.

                                      Si bien el deber de motivar la sentencia     La sentencia que surge del proceso
                                      incumbía a la CCJ y aun cuando               tampoco puede dar lugar a un conflicto,
                                      hemos dejado claro que la CCJ no está        porque es de obligatorio cumplimiento
                                      facultada para pronunciarse sobre los        para todos los ciudadanos y Órganos
                                      fallos de la Sala de lo Constitucional,      del Estado (Art. 183 Cn.). Se trata
    No existe un
                                      a continuación presentamos algunas           de una resolución judicial, cuyo
    conflicto entre el                consideraciones para determinar si           contenido se puede compartir o no,
    Juez que es la Sala               en este caso podíamos valorar que            pero su cumplimiento no es optativo
    de lo Constitucional              estábamos en presencia de un conflicto       si se quiere vivir en un Estado de
    y la Asamblea                     entre órganos, en el marco del artículo      Derecho y en una república donde
    Legislativa,                      22 (f). Los aspectos relacionados con        el poder no es absoluto sino que se
    que es la parte                   la existencia de un agravio, no serán        reparte entre órganos fundamentales
    demandada. La                     razonados en la medida que -tal como         independientes, para evitar abusos.
    existencia de un                  se concluye- al no existir el primer
    fallo adverso para                presupuesto habilitante que exige este       Cuando la parte que resulta afectada
    una de las partes,                artículo, no se vuelve necesario entrar      en el proceso de inconstitucionalidad
    no hace surgir un                 a establecer el segundo.                     se niega a cumplir la sentencia, no
    conflicto entre esta                                                           surge un conflicto con el juzgador, sino
    y el tribunal que                 En El Salvador, la legitimidad               una desobediencia a sentencia judicial,
    resuelve.                         para solicitar que una norma o               por lo que en el caso planteado por la
                                      acto se declaren contrarios a la             Asamblea Legislativa de El Salvador
                                      Constitución corresponde a cualquier         ante la CCJ, no estábamos en presencia
                                      ciudadano (Art. 183 Cn.). Una vez            de un conflicto.
                                      presentada la demanda, se inicia un
                                      verdadero proceso, en el que existe          Es imperativo señalar que la CCJ
                                      un demandante, un demandado y                en ningún momento realiza una
                                      un tribunal, que es la Sala de lo            fundamentación lógica de por qué
                                      Constitucional.    Las     posiciones        considera que existe una contienda
                                      contrarias surgen entre el ciudadano         entre órganos. Parece asumir que la
                                      que demanda y el Órgano que emitió           mera desobediencia de una sentencia
                                      la norma o el acto, en este caso, la         es un conflicto, lo cual no hace
                                      Asamblea Legislativa que nombró              sentido constitucional, puesto que
                                      magistrados de la Corte Suprema de           la separación de poderes depende
                                      Justicia por segunda ocasión. Esta           de que cada órgano sea respetado
                                      actuación fue impugnada por un               en las decisiones que le compete
                                      ciudadano por considerarla violatoria        tomar, y la decisión final en materia




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constitucional le corresponde a la Sala      CCJ y de rango inferior al Estatuto. En
                                      de lo Constitucional.                        ese orden de ideas, es inaceptable que
                                                                                   a través de la OP, los magistrados de la
                                      La funcionalidad de El Salvador como         CCJ puedan ampliar las competencias
                                      una república se vería afectada bajo         que los países signatarios han
                                      esta lógica, pues cualquier control          consignado en el Estatuto. La validez
                                      interorgánico con el que el órgano           de este capítulo de la ordenanza de
                                      controlado no estuviera de acuerdo,          procedimientos debería ser revisada.
                                      pudiera ser impugnado ante la CCJ,
                                      aniquilando el carácter definitivo de la     En lo pertinente, la parte final del
                                      justicia constitucional y, por ende, los     artículo 63 de la OP establece que “el
                                      frenos y contrapesos nacionales.             fallo se fundamentará en el derecho
                                                                                   público del Estado respectivo”,
    ...las sentencias de              Considerando que no existió un               enunciado que tiene relación directa
    inconstitucionalidad              conflicto, la demanda interpuesta por        con la falta de competencia de la CCJ
    referidas, lejos                  la Asamblea Legislativa no debió             para conocer de este caso, por los
    de ser un                         haber sido admitida, ya que el supuesto      motivos siguientes: Las sentencias de
    atentado contra                   que la originó se encuentra fuera del        la Sala de lo Constitucional referentes a
    la democracia                     ámbito del Art. 22 f) del Estatuto de        la elección de funcionarios de segundo
    y el sistema                      dicho tribunal.                              grado, no tienen vinculación alguna
    republicano                                                                    con las obligaciones adquiridas por
    de división de                    Por otra parte, vale la pena hacer una       El Salvador como parte del proceso
    poderes, como                     breve referencia al capítulo V de la         de integración centroamericana, no
    alegó la Asamblea                 Ordenanza de Procedimientos de la            se trata de uno de sus tratados ni de
    Legislativa en                    CCJ (OP), que constituye un norma            normas internas derivadas de estos;
    su demanda,                       que regula el funcionamiento operativo       se trata ni más ni menos que de la
    constituían un                    del tribunal y que no ha sido suscrita ni    interpretación y aplicación de la
    legítimo control                  ratificada por los Estados, en la cual se    Constitución de la República, y por lo
    interorgánico                     han incorporado criterios para resolver      tanto, están fuera de la competencia de
    por medio del                     las “controversias constitucionales” a       la CCJ.
    proceso de                        las que hace referencia el artículo 22(f)
    constitucionalidad...             del Estatuto de la CCJ. Dicho capítulo       Por si fuera poco, el asunto sobre el
                                      está integrado por dos artículos en          que versaba la inconstitucionalidad
                                      los que se ha pretendido establecer          declarada era por un vicio de forma,
                                      un procedimiento abreviadísimo para          ya que ni siquiera estaba en cuestión la
                                      resolver dichas controversias (Arts. 62      potestad que tiene el Poder Legislativo
                                      y 63).                                       de nombrar a los magistrados, sino el
                                                                                   hecho de si había respetado o no el
                                      La validez y la consecuente utilización      procedimiento constitucional que en
                                      de dichas normas es objetable en la          El Salvador se exige para ejercer esa
                                      medida que la ordenanza es una norma         facultad. De este modo, las sentencias
                                      operativa, que no ha implicado un            de inconstitucionalidad referidas,
                                      acto de manifestación de voluntad            lejos de ser un atentado contra la
                                      de los Estados. La Ordenanza de              democracia y el sistema republicano
                                      Procedimientos no ha sido suscrita ni        de división de poderes, como alegó la
                                      ratificada, es una normativa interna a la    Asamblea Legislativa en su demanda,




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constituían un legítimo control              así como el de los otros magistrados
                                      interorgánico por medio del proceso de       propietarios y suplentes.
                                      constitucionalidad, cuya tramitación
                                      es imperativa una vez que se ha              En síntesis, la CCJ manifestó que los
                                      solicitado por cualquier ciudadano.          Estados no pueden alegar derecho
                                                                                   interno para desconocer obligaciones
                                      El Salvador tiene la obligación de           internacionales.    La CCJ también
                                      reconocer a la CCJ en las materias en        agrega que la Constitución de El
                                      las que le ha otorgado competencia.          Salvador reconoce la creación de
                                      Todo aquello que no se ha delegado           organismos supranacionales, a lo cual
                                      en las instituciones de integración          ya se hizo alusión en el apartado 1.
                                      sigue siendo potestad de los Estados.
                                      Sin duda alguna, el control de               Estas consideraciones del tribunal
                                      constitucionalidad no se ha cedido,          resultan contradictorias con la parte
                                      porque es de la esencia misma de la          final del artículo 63 de la ordenanza
                                      existencia del Estado interpretar las        en el que se establece que el fallo se
    El Salvador tiene                 normas que lo sustentan, tal como se         fundamentará en el derecho público
    la obligación                     explicó en el apartado 1 de este boletín.    interno de los Estados, ya que si esta
    de reconocer a                                                                 disposición se hubiese respetado, la
    la CCJ en las                     •	 Valoración de          los   medios       CCJ tendría que haber reconocido
    materias en las                      probatorios                               el carácter supremo de la Sala para
    que le ha otorgado                                                             interpretar la Constitución y su propia
    competencia. Todo                 Como se relacionó en el apartado del         incompetencia para conocer de este
    aquello que no se                 curso procesal, el 18 de julio de 2012,      caso.
    ha delegado en                    vencido el plazo para el informe sin
    las instituciones de              que el Órgano Judicial de El Salvador        Además, la prueba es sobre la existencia
    integración sigue                 se hiciera presente en el proceso, se        de hechos. El derecho una vez
    siendo potestad                   abrió a pruebas por un plazo de diez         establecido se interpreta, y aun cuando
    de los Estados.                   días hábiles. En esta oportunidad,           los hechos estén determinados, esto no
    Sin duda alguna,                  el Dr. Ovidio Bonilla se apersonó en         exime al tribunal de unirlos mediante
    el control de                     representación del Órgano Judicial,          una lógica argumentativa al derecho.
    constitucionalidad                luego de haber tomado ilegítima              Es decir, de motivar su decisión. Los
    no se ha cedido...                posesión de su cargo y a pesar de que        hechos en este caso eran que había
                                      se trataba de un recurso presentado          una sentencia de inconstitucionalidad
                                      por la inconstitucionalidad de su            que expulsaba del ordenamiento
                                      nombramiento, es decir, a pesar de           jurídico un acto legislativo. Si la CCJ
                                      ser parte interesada. El 11 de agosto        se había atribuido arbitrariamente la
                                      se celebró la audiencia en la cual se        calidad de Tribunal Constitucional
                                      allanó a la demanda. En la práctica          Centroamericano, era de esperarse que
                                      esto llevó a un resultado aberrante, ya      por lo menos interpretara las normas
                                      que la prueba valorada en el proceso         en que fundamentaba su sentencia,
                                      consistió en el testimonio del Dr.           pero se limitó a anunciar que su fallo
                                      Bonilla durante el cual se le pidió que      se basaría en derecho comunitario y
                                      se pronunciara sobre la sentencia de la      en el ordenamiento jurídico nacional,
                                      Sala de lo Constitucional que declaraba      pero no hay ningún análisis de fondo
                                      inconstitucional su nombramiento –           de disposiciones jurídicas nacionales o




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comunitarias y todo se reduce a citas        no debió pronunciar su sentencia. En
                                      abstractas de números de artículos. La       su disidencia consta cierto análisis
                                      CCJ incluso se refiere al artículo 83        respecto de uno de los elementos
                                      inciso tercero de la Constitución de El      objetivos de la pretensión, pero que
                                      Salvador, pero este artículo no tiene        respecto de la competencia de la CSJ,
                                      más que un inciso.                           coincide con el resto de magistrados.

                                      Así es como, tras autoproclamarse            6.	 Inaplicabilidad declarada por la
                                      “Tribunal                 Supranacional          Sala de lo Constitucional
                                      Constitucional”, sin más prueba que
                                      las declaraciones del Dr. Ovidio             Mediante resoluciones del 17 y del
                                      Bonilla y luego de haber rechazado           29 de agosto de 2012, la Sala de lo
                                      las solicitudes de tercería y de amicus      Constitucional declaró inaplicable la
    ...tras                                                                        sentencia de la CCJ por ser un obstáculo
                                      curiae, la CCJ falló ilegítimamente a
    autoproclamarse                                                                para la ejecución de las sentencias
                                      favor de la Asamblea Legislativa.
    “Tribunal                                                                      19-2012 y 23-2012 emitidas por la
    Supranacional                     5.	 Votos de los magistrados                 Sala y que, dado que le corresponde
    Constitucional”, sin                  nombrados por El Salvador                juzgar y hacer ejecutar lo juzgado de
    más prueba que                                                                 conformidad con el artículo 172 Cn.,
    las declaraciones                 El Magistrado Ricardo Acevedo                cuenta con la facultad de inaplicar,24
    del Dr. Ovidio                    Peralta quiso agregar sus propias            tal como lo había manifestado en
    Bonilla y luego de                razones para votar favorablemente por        la inaplicabilidad decretada ante la
    haber rechazado                   la sentencia. Añadió que esta llenaría       admisión de la demanda en la CCJ y la
    las solicitudes                   un vacío constitucional en El Salvador,      medida cautelar allí establecida25.
    de tercería y de                  lo cual significa que a su juicio, la
    amicus curiae,                    CCJ tiene facultad para reformar y           La Sala parte de la función que la
    la CCJ falló                      crear normas constitucionales, para          Constitución le otorga y que se resume
                                      hacer constitución de El Salvador.           en el carácter de máximo intérprete y
    ilegítimamente
                                      También dijo que facilitaría el diálogo      final o juez último de la Constitución.
    a favor de la
                                      constructivo entre las autoridades.          La Sala continúa explicando que en la
    Asamblea
                                      Finalmente, estimó que la sentencia          situación que dio origen a la demanda
    Legislativa.
                                      fortalecería la estructura funcional del     planteada por la Asamblea Legislativa,
                                      SICA.                                        se erigió como juez y no como parte,
                                                                                   por lo que no cabe entender que haya
                                      Por su parte, el Magistrado Alejandro        habido conflicto entre poderes.
                                      Gómez Vides disintió de la opinión
                                      del resto de magistrados, en un voto
                                      razonado. Inicialmente, en la admisión
                                                                                   24.	 Sala de lo Constitucional de la Corte
                                      de la demanda afirmó la competencia               Suprema      de     Justicia, resolución
                                      para conocer en el presente caso. Sin             de inaplicabilidad en proceso de
                                      embargo, en su voto disidente, se                 inconstitucionalidad 19-2012, del 17 de
                                      decantó por un razonamiento basado                agosto de 2012.
                                                                                   25.	 Sala de lo Constitucional de la Corte
                                      en la inexistencia de un conflicto                Suprema      de     Justicia, resolución
                                      jurídico entre los órganos sino uno               de inaplicabilidad en proceso de
                                      político. Además, si lo hubiese habido,           inconstitucionalidad 19-2012 y Sala
                                                                                        de    lo     Constitucional,  resolución
                                      el mismo terminó con el allanamiento
                                                                                        de inaplicabilidad en proceso de
                                      del Dr. Bonilla en nombre del                     inconstitucionalidad 23-2012, ambas del
                                      Órgano Judicial, por lo cual la CCJ               25 de junio de 2012.




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  • 1. Boletín No. 141 - Septiembre 2012 La sentencia de la Corte Centroamericana de Justicia: Un fallo sin fundamentos Introducción para resolver la demanda planteada por la Asamblea Legislativa de El La decisión de titular este boletín Salvador, seguido de los apartados 3, “Un fallo sin fundamentos” obedece 4 y 5 en los que se comentan distintos a dos razones: La primera, porque aspectos del proceso y de la sentencia la competencia que la Corte misma. El apartado 6 hace referencia Centroamericana de Justicia (CCJ) a la declaratoria de inaplicabilidad se autoatribuyó para convertirse en de la Sala de lo Constitucional que instancia revisora de las sentencias de impidió que la sentencia de la CCJ la Sala de lo Constitucional de nuestro surtiera efectos en nuestro país y en país carece de fundamento legal; y la el 7, se hace una breve recapitulación segunda, porque en sí mismo, el fallo del desenlace que tuvo el conflicto pronunciado carece de motivación que originó la sentencia bajo examen. que justifique las bases de su Finalmente, en el apartado 8, se competencia, de su supuesto carácter presentan algunos comentarios sobre “supraconstitucional”, así como para las implicaciones que este fallo podría explicar los motivos de fondo de la tener en el proceso de integración de decisión pronunciada. Centroamérica. Este boletín consta de 8 apartados: El 1. Origen de la demanda apartado 1 inicia con una síntesis de los interpuesta ante la Corte antecedentes del caso. En el apartado 2, Centroamericana de Justicia se presentan algunas consideraciones sobre la normativa que rige la Corte El Salvador ha tenido durante el Centroamericana de Justicia, para año 2012 una crisis institucional sin determinar si tiene o no competencia precedentes, luego que la Asamblea
  • 2. Legislativa se negara a cumplir dos funcionarios sin necesidad de la sentencias de inconstitucionalidad participación del Fiscal General de la que declararon contrarios a la norma República, incluidos los magistrados de fundamental los nombramientos la SCN; instaló una comisión especial de magistrados realizados en 2006 para investigar la constitucionalidad y 2012. La Sala estimó que cada del nombramiento de los magistrados legislatura solo puede designar a 1/3 electos en 2009; convocó a un foro de magistrados de la Corte Suprema público integrado en su mayoría por de Justicia, es decir, no es conforme ponentes que avalaron la decisión de a la Constitución elegir dos veces en la Asamblea y, como última medida, un mismo periodo legislativo: al inicio acudió ante la CCJ para plantear la y al final, pues la última voluntad existencia de un supuesto conflicto popular expresada en las urnas debe entre la Asamblea Legislativa y estar debidamente representada en la Sala de lo Constitucional, que las elecciones de segundo grado de inevitablemente llevaría a una revisión funcionarios1. de los fallos emitidos por esta última. Estas sentencias se insertaron en un 2. Consideraciones sobre La CCJ nace marco de ya tensas relaciones entre la la base legal de la Corte como un tribunal Asamblea Legislativa y la Sala de lo Centroamericana de Justicia internacional Constitucional (SCN), por una serie para la región de pronunciamientos anteriores de esta Como punto de partida, es centroamericana, última. Cuando el 5 de junio del presente necesario presentar algunas breves con la finalidad año, la Sala de lo Constitucional consideraciones sobre la Corte expulsó del ordenamiento jurídico Centroamericana de Justicia (CCJ). de velar por la los nombramientos de 5 magistrados Dicho tribunal es un organismo correcta aplicación electos en 2006 y 5 magistrados judicial nacido del proceso de del derecho electos en abril de 2012, mediante integración de Centroamérica, cuya comunitario las sentencias de inconstitucionalidad legalidad descansa en el artículo 12 centroamericano... 19-2012 y 23-2012, los diputados del Protocolo de Tegucigalpa a la manifestaron que no estaban Carta de la Organización de Estados dispuestos a cumplir con dichos fallos, Centroamericanos (ODECA) y en el ya que consideraban que la Sala se tratado que contiene el Estatuto de la había excedido en sus potestades. CCJ, en el que se regula su integración, funcionamiento y atribuciones. Inmediatamente después de pronunciadas las mencionadas En la exposición de motivos de sentencias, el Órgano Legislativo este último instrumento, consta la reformó el Reglamento Interior de intención de los Estados Parte de crear la Asamblea Legislativa para iniciar un organismo judicial para la solución antejuicios en contra de distintos de conflictos regionales. La CCJ nace como un tribunal internacional para la región centroamericana, con 1. Un estudio más amplio sobre las mencionadas sentencias puede consultarse la finalidad de velar por la correcta en: Fusades, Departamento de Estudios aplicación del derecho comunitario Legales, Comentarios a las sentencias centroamericano, es decir, por las de inconstitucionalidad sobre la elección de Magistrados de la Corte Suprema de normas que regularán las actuaciones Justicia, Boletín de Estudios Legales Nº. de los Estados en el proceso de 138, Antiguo Cuscatlán, junio 2012. Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 2
  • 3. consolidación de la integración en materias de su competencia4. Los regional. asuntos internos propios de cada Estado se siguen resolviendo por las Su naturaleza es la de un tribunal instituciones propias de cada país, en especializado y garante del derecho de cualquiera de sus ramas. integración, tal como muy brevemente -por no ser objeto de este estudio- y La naturaleza del Tribunal Europeo a título de ejemplo, mencionamos el no es la de una instancia revisora de caso de otros tribunales de integración los fallos nacionales; es una justicia regional. En primer lugar, el Tribunal especializada que conoce de temas Europeo de Justicia está facultado relacionados con la normativa “para comprobar que los actos de comunitaria. A nivel nacional, el El sistema las instituciones europeas y de los parangón podría hacerse con la justicia institucional Gobiernos son compatibles con los constitucional, ya que esta no revisa ni europeo se Tratados” y “para pronunciarse, sustituye la justicia ordinaria; no es superpone, pero a petición de un tribunal nacional, una tercera instancia; y tiene un ámbito no sustituye a la sobre la interpretación o validez de competencias propio en razón de la institucionalidad materia. de las disposiciones del Derecho propia de cada comunitario”2, es decir para conflictos país, a pesar En Suramérica, se cuenta con el que involucren normas, sujetos y de tratarse de Tribunal de Justicia de la Comunidad órganos propios de la Unión3. No ha un sistema que, Andina, el cual ha sido creado como sido creado para sustituir la justicia con sus propias nacional, ya que para esto existen los tribunal regional del sistema integrado características, tribunales de cada país. por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú viene avanzando y Venezuela. Su marco competencial en su proceso El sistema institucional europeo se se limita a cuestiones relacionadas con de integración superpone, pero no sustituye a la las normas comunes a la integración. desde 1951 y institucionalidad propia de cada país, Sus artículos 4 y 5 señalan que dicho que ha alcanzado a pesar de tratarse de un sistema que, tribunal “es el órgano jurisdiccional los niveles de con sus propias características, viene de la Comunidad Andina, de carácter mayor evolución avanzando en su proceso de integración supranacional y comunitario, a nivel mundial y desde 1951 y que ha alcanzado los instituido para declarar el derecho al cual debemos niveles de mayor evolución a nivel andino y asegurar su aplicación e el concepto mundial y al cual debemos el concepto interpretación uniforme en todos de entidades de entidades supranacionales, es los Países Miembros. El Tribunal, supranacionales... decir de organismos que tienen la en ejercicio de sus atribuciones, facultad para someter a los Estados actuará salvaguardando los intereses comunitarios y los derechos que los Países Miembros poseen dentro del ordenamiento jurídico andino” y que 2. Art. 267 Versión Consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/ 4. Ver Tratado Constitutivo de la Comunidad LexUriServ.do?uri=OJ:C:2010:083:0047: Europea del Carbón y del Acero firmado en 0200:es:PDF París en 1951, disponible en http://europa. 3. CALDENTEY DEL POZO, Pedro y eu/legislation_summaries/institutional_ ROMERO, Juan José, El SICA y la UE: La affairs/treaties/treaties_ecsc_es.htm y integración regional en una perspectiva Declaración Schumann del 9 de mayo comparada, Rodríguez editores, 1ª de 1950 en: http://europa.eu/about-eu/ edición, San Salvador, 2010, Págs. 79 y basic-information/symbols/europe-day/ 80. schuman-declaration/index_es.htm Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 3
  • 4. el mismo ”ejerce su jurisdicción sobre Estados de Centroamérica que la CCJ la Comunidad Andina dentro del marco esté impedida para conocer.6. de competencias establecido en el ordenamiento jurídico comunitario”5. Respecto de esta postura, que será analizada con detalle más adelante al De forma complementaria, el artículo comentar la inaplicabilidad dictada por 34 del Tratado Constitutivo del la Sala de lo Constitucional, hay que Tribunal Andino es claro al expresar reconocer que existen dos factores que los límites a la interpretación que inducen a la confusión sobre cuál es el dicho tribunal puede hacer y que rol y atribuciones que corresponden a ...la sentencia de “deberá limitarse a precisar el los tribunales de integración en cada contenido y alcance de las normas que una de sus etapas y conforme las la CCJ analizada conforman el ordenamiento jurídico particularidades de cada sistema. en este boletín, de la Comunidad Andina, referida al cabría concluir caso concreto. El Tribunal no podrá El primero, porque algunas partes erróneamente interpretar el contenido y alcance del del Estatuto de la CCJ se refieren que, aun cuando derecho nacional ni calificar los hechos al tribunal como supranacional y el nuestros avances materia del proceso, no obstante lo segundo, que con base en la redacción sean mucho más cual podrá referirse a éstos cuando de la exposición de motivos del modestos y nuestro ello sea indispensable a los efectos de Estatuto mismo, se entendería que su sistema menos la interpretación solicitada”. competencia es “amplia y completa”; desarrollado que o de conformidad con el artículo el sistema de No obstante estos antecedentes que 30 de dicho instrumento, que dicho integración de la ofrece el derecho comparado, de tribunal puede “determinar su propia Unión Europea, a la lectura de la sentencia de la CCJ competencia”. Sin embargo, tal criterio de la CCJ analizada en este boletín, cabría como comentamos en los párrafos –y de la Asamblea concluir erróneamente que, aun siguientes, ni la misma Unión Europea Legislativa de cuando nuestros avances sean reconoce la existencia de organismos nuestro país-, mucho más modestos y nuestro que puedan suprimir o desconocer estaríamos en sistema menos desarrollado que el las competencias medulares o las presencia de un sistema de integración de la Unión “piedras de toque” que los Estados se tribunal único en su Europea, a criterio de la CCJ –y de reservan para sí mismos en materia de género el mundo, la Asamblea Legislativa de nuestro administración de justicia. con competencias país-, estaríamos en presencia de un superiores a tribunal único en su género el mundo, También es necesario precisar las de cualquier con competencias superiores a las de que “supranacional” y otro tribunal de cualquier otro tribunal de integración, “supraconstitucional” no significan lo integración... con facultades omnicomprensivas, mismo, ni otorgan el mismo ámbito de plenas y absolutas, que no contempla competencias. En el primer caso y de límites o ámbitos del derecho de los forma muy sencilla, la doctrina indica que se trata de un atributo conforme al 5. Ver artículos 4 y 5 el Estatuto del Tribunal Andino de Justicia del cual son parte 6. También hay un objetable antecedente de Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y un caso en el que la CCJ se ha atribuido Bolivia, suscrito en Venezuela el 22 de competencia para juzgar a un Estado que junio de 2001 y el Tratado de Creación del no reconoce su jurisdicción y en ausencia. Tribunal Andino de Justicia, en vigencia Vgr. Nicaragua vrs. Costa Rica, en el desde el 25 de agosto de 1999. litigio por el río San Juan. Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 4
  • 5. cual determinadas normas, producidas jurídicamente superiores a la por órganos específicos, en el marco Constitución de un Estado y de órganos de competencias expresamente con la capacidad para superponer conferidas en materias concretas sus decisiones a los órganos tienen la capacidad para someter a constitucionales de los mismos8. los Estados que han otorgado estas facultades voluntaria y expresamente No es un atributo que un tribunal a los mencionados órganos, para pueda autoatribuirse, ni que un regular aspectos que rebasan las órgano del Estado pueda atribuirle fronteras nacionales. Es un concepto unilateralmente a un tribunal, como en cuyo alcance viene precisado en cada el caso de la demanda planteada por sistema concreto, conforme se avanza la Asamblea Legislativa ante la CCJ. en el proceso de integración, ya que Reconocer la existencia de un tribunal la supranacionalidad no se otorga de supraconstitucional implica reconocer forma general y abstracta en todos los la legitimidad de un tribunal con la ámbitos de actuación y para todas las competencia para revisar, revertir materias, sino que en el marco de un y/o anular los fallos de los tribunales determinado ámbito de competencias ordinarios, de las salas o tribunales concretas7. constitucionales de la región. Ni la CCJ está facultada para autoarrogarse esta ...es necesario La supraconstitucionalidad, que la CCJ atribución, ni la Asamblea Legislativa precisar que se autoatribuye en la sentencia, aun de nuestro país puede conferirla. “supranacional” y cuando no exista ninguna referencia Un reconocimiento que traslade “supraconstitucional” en los tratados o demás normas de competencias inherentes a la soberanía no significan lo integración aplicables a la CCJ, no del Estado no puede hacerse a través mismo, ni otorgan es un concepto de uso común, porque de una cesión genérica y abstracta el mismo ámbito de en la práctica los Estados se han de competencias, que implícita competencias. cuidado de otorgarla o de reconocerla, o tácitamente incluya la potestad ya que implica una realidad distinta para interpretar la Constitución de la supranacionalidad por cuanto de cada país, con preferencia a las reconocería la existencia de normas interpretaciones o decisiones de los tribunales constitucionales nacionales 7. En la doctrina clásica, puede consultarse o la potestad para interpretar una REUTER, Paúl, Organizaciones Europeas. “norma constitucional regional” Editorial Bosch, Barcelona, 1968, con preferencia a las constituciones Pág. 40 y siguientes y PESCATORE, Pierre, Derecho de la Integración: nacionales. nuevo fenómeno de las relaciones internacionales, publicación del Instituto Si bien un estudio detallado sobre para la Integración de América Latina, 1973, Pág. 43. Más recientemente, entre las potestades soberanas de los muchos, DIEZ PICAZO, Luis María, Estados rebasa los fines y alcance de “La naturaleza de la Unión Europea” en este boletín, es necesario referirnos revista InDret 4/2008, Barcelona, octubre brevemente a algunos elementos 2008, Págs. 5 y siguientes en http:// www.indret.com/pdf/574_es.pdf quien explica que la supranacionalidad se opone al carácter intergubernamental 8. Con exclusión de los tribunales y cortes que tradicionalmente han tenido las internacionales que tutelan los derechos relaciones entre Estados, ya que en la humanos, como en el caso del Tribunal supranacionalidad, los órganos crean Europeo de Derechos Humanos y la Corte normas directamente aplicables a Estados Interamericana de Derechos Humanos, en y a los particulares. materia de su competencia. Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 5
  • 6. que deberían ser considerados. La de la integración centroamericana. soberanía del Estado implica entre Esta aparente dicotomía exige una otros, la facultad para autorregularse y interpretación sistemática y unitaria autonormarse,9 por lo que la creación de la Constitución, porque en materia de una entidad que suprima el carácter de interpretación constitucional no definitivo de la interpretación de la cabe entender que puedan existir Constitución de un país, que limite contradicciones en su texto mismo. considerablemente la capacidad de un Estado para autorregularse y Al examinar otros documentos autonormarse conforme a la misma, que el Art. 268 de la Constitución requeriría como mínimo dos elementos manda a tomar en cuenta para lograr que no se observan en el caso de la su interpretación fidedigna,11 en la CCJ: 1) una cesión o reconocimiento Exposición de Motivos elaborada por expreso del Estado a través de los el Constituyente de 1983, encontramos sujetos capaces para comprometer su una limitante expresa para ceder esta En conclusión, voluntad en el ámbito internacional; potestad, al referirse a la ubicación y la Constitución y 2) una habilitación constitucional alcance de los tratados internacionales: reconoce la expresa para los órganos estatales para la Comisión “1. Acepta como principio posibilidad de crear que puedan ceder dicha competencia10. el de la supremacía de la Constitución entes con funciones en el territorio de El Salvador, puesto supranacionales, En el caso salvadoreño nuestra que no concibe que mediante la pero no habilita Constitución contiene dos violación de la propia Constitución a los poderes disposiciones que parecen enfrentadas pueda sobreponerse otro orden jurídico constituidos para en este caso. En primer lugar, el distinto que obligue a los tribunales reconocer la artículo 183 establece que en el nacionales. 2. Admitir que los tratados supraconstitu- territorio salvadoreño la Sala de lo puedan tener una jerarquía superior cionalidad de Constitucional es el máximo intérprete al orden constitucional equivale instrumentos de la Ley Fundamental y, en segundo a abrir la puerta para que pueda y órganos de lugar, el artículo 89 establece la modificarse la Constitución sin las la integración posibilidad de crear organismos con formalidades en ella previstas”12. En centroamericana... funciones supranacionales en el marco conclusión, la Constitución reconoce la posibilidad de crear entes con 9. En la literatura básica, ver HELLER, funciones supranacionales, pero no Herman, Teoría del Estado, Fondo habilita a los poderes constituidos para de Cultura Económica, México, 4ª reconocer la supraconstitucionalidad reimpresión argentina, 1992, Págs. 261 y siguientes. 10. CLAES, Mónica, “Constitucionalizando 11. Art. 268 Cn.: “Se tendrán como Europa desde su fuente. Las “cláusulas documentos fidedignos para la europeas” en las Constituciones interpretación de esta Constitución, nacionales: Evolución y Tipología en además del acta de la sesión plenaria de la Constitución Europea y Constituciones Asamblea Constituyente, las grabaciones Nacionales, dirigido por Marta Cartabia, magnetofónicas y de audiovideo que Bruno de Witte y Pablo Pérez Tremps, contienen las incidencias y participación Tirant Lo Blanch, Valencia, 2005, Págs. de los Diputados Constituyentes en 132-136 quien comenta que dado el lugar la discusión y aprobación de ella, así preeminente en las constituciones de los como los documentos similares que se principios de soberanía, independencia elaboraron en la Comisión Redactora del y separación de poderes, se considera Proyecto de Constitución. indispensable la autorización explícita de 12. Informe único de la Comisión Redactora las transferencias de poderes o limitaciones de la Constitución de 1983, que contiene de la soberanía a organizaciones la Exposición de Motivos, San Salvador, internacionales u órganos externos. 22 de julio de 1983, Pág. 18. Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 6
  • 7. de instrumentos y órganos de la se encuentra delimitada por el derecho integración centroamericana, ni de comunitario, el cual no sustituye a los ninguna otra naturaleza. tribunales constitucionales de los 27 Estados miembros. En la práctica, una aplicación o interpretación del Estatuto de la CCJ En el ámbito nacional de los Estados que lleve a un resultado expresamente de la Unión Europea, los tribunales prohibido por el Poder Constituyente, y cortes constitucionales conservan aunque se haya suscrito un tratado su potestad soberana para interpretar en el que consta el supuesto carácter su propia Constitución y enjuiciar el supranacional de tal tribunal o su proceso de integración mismo. La capacidad para resolver controversias vinculación de la justicia constitucional constitucionales-conforme a su a la Constitución hace que el proceso Ordenanza de Procedimientos-,13 de integración europea solo pueda constituye una violación flagrante a constituirse y, por tanto, ser objeto de ...una aplicación nuestra Constitución, en la medida que enjuiciamiento en las condiciones que o interpretación concretamente vulnera el artículo 183 establezca la Constitución de cada país del Estatuto de Cn. que se refiere al carácter supremo y de acuerdo con las características la CCJ que lleve de la Sala de lo Constitucional y el generales del sistema constitucional a un resultado Art. 235 de la Cn. que obliga a todos nacional, ya que al final de todo, la expresamente los funcionarios públicos a respetar ley suprema define los límites de las prohibido la Constitución; por lo que si tal potestades de los funcionarios públicos por el Poder contradicción no fue tomada en cuenta y del Estado mismo. En la práctica, Constituyente... al momento de suscribir y ratificar un el control de constitucionalidad de los constituye instrumento internacional de rango poderes públicos, incluye el control de una violación inferior a nuestra Ley Primaria, la constitucionalidad frente al proceso de flagrante a nuestra interpretación del alcance del Estatuto integración14. Constitución, en que ha hecho la CCJ debería motivar a la medida que la posibilidad de denunciar este tratado Podrán existir voces que hablan concretamente por parte de El Salvador y de reformar de una transición hacia un derecho vulnera el artículo el mismo. constitucional comunitario en Europa, 183 Cn... pero el derecho constitucional europeo Para complementar esta postura, habrá define también sus límites en relación que remitirse al modelo europeo, con el derecho constitucional nacional. donde existe un proyecto para la No solo por lo que se refiere al aprobación de una Constitución Europea, en el cual la relación entre los tribunales constitucionales y su rol 14. Puede consultarse BALLAGUER respecto del proceso e instituciones CALLEJO, Francisco, “Los Tribunales Constitucionales en el Proceso de propias de la Unión Europea, no es Integración Europea”, ponencia pacífica y si bien en materia de derecho presentada al en el cincuenta de integración, el Tribunal de Justicia aniversario de la Corte Constitucional de dicha entidad supranacional puede Italiana organizado por la Asociación funcionar en algunas oportunidades Italiana de Constitucionalistas con el de forma analógica a la de un tribunal patrocinio de la Corte Constitucional constitucional, su esfera de actuación de la República Italiana. Universidad “La Sapienza”, Roma, 28 de octubre de 2006 disponible en http://www.ugr. 13. Ver artículos 62 y 63 de la Ordenanza de es/~redce/REDCE7/articulos/12franc Procedimientos de la CCJ. iscobalaguercallejon.htm#notabis. Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 7
  • 8. respeto de la identidad constitucional su demanda en atentados en contra de de los Estados, lo que supone un la división de poderes y del principio reconocimiento de los límites de la de legalidad al que la mencionada Unión o de su eventual Constitución,15 Sala está sometida. Según consta en la ya que la Unión –y sus órganos- están demanda, mediante estas actuaciones, dotados de competencia limitadas la Sala de lo Constitucional violó el puesto que aún no han alcanzado la derecho comunitario centroamericano, competencia de todas las competencias, en la medida que la democracia es es decir, la capacidad para determinar un presupuesto de la integración; así su propio ámbito de actuación política como el derecho positivo salvadoreño y jurídica16. y las cartas fundamentales de la Organización de los Estados 3. Curso procesal Americanos y de la Organización de las Naciones Unidas, en las cuales El 20 de junio de 2012, el Presidente también se protege la separación de de la Asamblea Legislativa presentó poderes. ante la CCJ una demanda en contra del Órgano Judicial, por actos de la Sala La Asamblea Legislativa consideró de lo Constitucional, alegando, en pertinente demandar en base al Art. resumen, que la Sala había invadido 22, letra f) del Estatuto de la CCJ, que atribuciones expresas de la Asamblea da facultad a esa entidad para conocer Legislativa, ya que a esta última le y resolver a solicitud del agraviado corresponde el nombramiento de de conflictos que puedan surgir entre los magistrados de la CSJ y porque los Poderes u Órganos fundamentales en la Constitución no existe una de los Estados, y cuando de hecho regla explícita que prohíba que una no se respeten los fallos judiciales. misma legislatura elija dos veces En la demanda también se solicitó magistrados de la CSJ. También basó que se dictara una medida cautelar consistente en la suspensión de los efectos de las sentencias en discusión 15. Ver Tratado para Constitución Europea, artículo I-5.1: “La Unión y que se declarara que al pronunciar respetará la igualdad de los Estados las sentencias 19-2012 y 23-2012 la miembros ante la Constitución, así Sala había violado el derecho público como su identidad nacional, inherente salvadoreño, que se declarara que las a las estructuras fundamentales sentencias contrarían el sistema de políticas y constitucionales de frenos y contrapesos establecido en la éstos, también en lo referente a la Constitución y tratados internacionales autonomía local y regional. Respetará las funciones esenciales del Estado, y de integración centroamericana especialmente las que tienen por y finalmente, que se declarasen objeto garantizar su integridad inaplicables las sentencias. territorial, mantener el orden público y salvaguardar la seguridad nacional”, El día siguiente a la presentación de la aprobado en Bélgica el 13 de octubre demanda, el 21 de junio, en una escueta de 2004. 16. PIZZORUSSO, Allesandro, “El difícil resolución, la Corte Centroamericana camino de la Constitución Europea”, admitió y dictó una medida cautelar. en la recopilación del mismo autor Dicha admisión generó muchas dudas Justicia, Constitución y Pluralismo, Palestra editores, Lima, 2008, citado por sobre la actuación de la CCJ al abordar BALLAGUER CALLEJO, Francisco, en un asunto de tal trascendencia, que la obra citada. Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 8
  • 9. implicaba suspender los efectos de El 31 de julio, la CCJ admitió la prueba una sentencia de inconstitucionalidad ofrecida por la Asamblea Legislativa emitida por el máximo tribunal de y aceptó la ilegítima comparecencia justicia en esa materia en El Salvador del representante del Órgano Judicial y porque la resolución misma carecía de El Salvador. El 7 de agosto, se de fundamentación que justificara la citó a audiencia pública a las partes aplicación de la medida cautelar. procesales. El 25 de junio siguiente, la CCJ Dicha audiencia se celebró el día 11 notificó a la Sala de lo Constitucional de agosto de 2012. El representante de la admisión de la demanda, la medida la Asamblea Legislativa expresó que cautelar y le solicitó que rindiera ratificaba lo que había manifestado El día siguiente informe en un plazo de seis días anteriormente. El abogado Ovidio a la presentación hábiles –aun cuando de conformidad Bonilla, por su parte, se allanó a de la demanda, con el artículo 62 de la Ordenanza la demanda y expresó que estaba el 21 de junio, de Procedimientos de la CCJ el plazo de acuerdo con lo que la Asamblea en una escueta legal debió ser de 20 días, pero en Legislativa había manifestado en la resolución, la Corte esa ese misma fecha, la Sala declaró demanda y no aportó ningún elemento Centroamericana inaplicable la resolución de la CCJ, en defensa del Órgano Judicial, ya que admitió y dictó una por carecer de competencia alguna tal como se dijo, el Dr. Bonilla tenía medida cautelar. para intervenir en la ejecución de las un interés particular en el proceso. Dicha admisión sentencias emitidas por el máximo En resumen, nadie compareció generó muchas intérprete de la Constitución de El para ejercer la defensa de la parte dudas sobre la Salvador. demandada, dado que la autoridad actuación de la legitimada para hacerlo, es decir, la CCJ al abordar El 18 de julio, el proceso se abrió a Sala de lo Constitucional, desconoció un asunto de tal pruebas por un plazo de diez días la competencia de la CCJ para revisar trascendencia, hábiles. En fecha 27 de julio del mismo sus fallos y el supuesto representante que implicaba año, el abogado representante de la del Órgano Judicial compareció para suspender los Asamblea Legislativa solicitó que se dar la razón a la parte demandante. efectos de una tuviera por pruebas los documentos sentencia de que se habían presentado con la El Instituto Iberoamericano de inconstitucionalidad demanda. Ese mismo día, el abogado Derecho Constitucional, en su Capítulo Ovidio Bonilla –uno de los abogados de El Salvador, presentó una solicitud cuyo nombramiento en la CSJ fue de amicus curiae ante la CCJ, para declarado inconstitucional por la Sala- intentar aportar elementos técnicos compareció ante la CCJ en su calidad que ayudaran al tribunal regional de Presidente del Órgano Judicial, a tomar una decisión realmente luego de haber tomado posesión de ese informada, que incluyera a todos cargo en contra de sentencia expresa los aspectos relacionados con esta de la SCN y a pesar de tener un interés situación. También presentó un escrito particular en el proceso, puesto que Salvador Enrique Anaya Barraza, el ante la CCJ se estaba discutiendo un abogado que promovió ante la Sala asunto directamente relacionado con la de lo Constitucional la demanda de legitimidad de su nombramiento. El Dr. inconstitucionalidad que dio origen Bonilla presentó un escrito pidiendo al proceso 19-2012, para que la CCJ que se le tuviera por parte demandada autorizara su intervención en calidad y renunció al resto del plazo de prueba. de tercero interesado. Sin embargo, Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 9
  • 10. en una resolución muy breve, la • Fundamento de la jurisdicción CCJ desestimó ambas peticiones, puesto que manifestó que solo las La CCJ se refiere al origen de su partes podían tener intervención en el existencia, relacionado el artículo proceso17. 12 del Protocolo de Tegucigalpa, con el cual se modificó la Carta El 15 de agosto, la CCJ resolvió a favor de la Organización de Estados de la Asamblea Legislativa ordenando Centroamericanos y a la suscripción que se inaplicaran las sentencias de la y ratificación por parte de El Salvador Sala de lo Constitucional, pero el 17 de de su Estatuto, en cuya exposición ese mes, la Sala de lo Constitucional de motivos se establece que dicho declaró inaplicable la sentencia, en la tribunal tendrá competencia amplia misma línea de razonamiento que había y completa en lo contencioso, con desarrollado en la inaplicabilidad de la carácter obligatorio para los Estados, admisión de la demanda, decidida el tal como mencionamos al inicio de 25 de junio anterior. este boletín. Nadie disputa que la CCJ sea un ente 4. La sentencia de la CCJ Nadie disputa que la CCJ sea un ente jurisdiccional; sin embargo, jurisdiccional; sin La resolución de la CCJ está la misma no desarrolla ninguna embargo, la misma estructurada en 13 “resultas”, que son motivación sobre su competencia no desarrolla la narración del curso procesal descrito para conocer el caso que se sometió ninguna motivación en el apartado anterior, seguidas de 17 a su consideración y respecto del cual sobre su considerandos que pretenden referirse se pronunció en sentencia definitiva, competencia para al fondo. autoatribuyéndose la facultad para conocer el caso revisar, modificar o anular un fallo que se sometió a El considerando I presenta la del tribunal al que la Constitución de su consideración organización de los temas. Los El Salvador otorga expresamente el y respecto del considerandos del II al V tratan de carácter de máximo intérprete de la cual se pronunció los fundamentos de la jurisdicción y Constitución, a través de un organismo en sentencia competencia; los considerandos del VI creado por medio de un instrumento definitiva... al XI se refieren a la base jurídica para internacional al cual la Constitución que la CCJ determine su competencia de nuestro país le asigna una ubicación sobre el conflicto entre órganos infraconstitucional. fundamentales; el considerando XII alude a la medida cautelar y los • Base para determinar la considerandos del XIII al XVII buscan competencia valorar los medios probatorios. La sentencia se limita a enumerar de forma general, una serie de instrumentos internacionales y normas supuestamente violadas 17. Ambos documentos están por las actuaciones de la Sala de disponibles en http://www. lo Constitucional, sin explicar el observatoriojudicial.org.sv/images/ doc/documentosvarios/ccjoliva.pdf y vínculo o la relación entre el derecho http://www.observatoriojudicial.org. y los hechos. Por lo que de entrada sv/images/doc/documentosvarios/ es necesario precisar que el principal ccjamicus.pdf Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 10
  • 11. defecto del que adolece esta sentencia, La mera cita de disposiciones legales es la falta absoluta de motivación, es insuficiente para cumplir con el desconociendo que la misma deber de motivación. Lo medular constituye una obligación de los jueces de dicha obligación consta en la y un elemento intrínseco al debido explicación que el juez o tribunal ...es necesario proceso, que además constituye un hace a las partes y a la sociedad en precisar que el elemento legitimante del ejercicio de general, de las razones por las cuales principal defecto la jurisdicción. resolvió un caso concreto en un sentido determinado. Para confirmar del que adolece La motivación es la única garantía si ha habido o no arbitrariedad esta sentencia, es para proscribir la arbitrariedad. La basta con examinar si la decisión la falta absoluta está suficientemente motivada. La razonabilidad es el criterio distintivo de motivación, motivación de las sentencias sirve de la discrecionalidad frente a la desconociendo que también para que cada quien o el arbitrariedad. La motivación de la misma constituye las sentencias es un presupuesto público en su conjunto vigile si los una obligación de legitimante de la función jurisdiccional tribunales utilizan arbitrariamente el los jueces y un ya que exterioriza el razonamiento poder que les ha sido confiado. En el elemento intrínseco lógico-jurídico que el juez ha seguido caso bajo examen, los salvadoreños no al debido proceso... para resolver un caso concreto. La sabemos por qué la CCJ resolvió como motivación demuestra que se ha lo hizo, ya que la sentencia carece de actuado racionalmente porque da motivación. las razones capaces de sostener y justificar en cada caso las decisiones El deber de motivación o la garantía de quienes detentan algún poder sobre de motivación se inserta en el sistema los ciudadanos y en este caso, sobre un de garantías que las constituciones Estado soberano. democráticas crean para la tutela de los individuos frente al poder estatal. La motivación puede entenderse como La motivación garantiza la exigencia el conjunto de razones en favor de una de controlabilidad de las decisiones decisión y no, como muchas veces judiciales a cargo del mismo pueblo, se confunde, con la enumeración y depositario de la soberanía y en citas innecesarias de las disposiciones cuyo nombre se ejercen los poderes legales que han inducido al juez a públicos. Era de esperarse como decidir un asunto. Debe considerarse mínimo que ante un asunto de tanta La mera cita de la motivación como una aportación de trascendencia para nuestro país y para disposiciones razones de forma clara y justificada. toda Centroamérica, la CCJ motivara legales es La obligación de la motivación ha sido su sentencia19. insuficiente una conquista reciente que actualmente para cumplir integra las garantías del proceso La CCJ únicamente enuncia que el con el deber de constitucionalmente configurado. No Art. 30 del Estatuto le da facultades motivación. hay debido proceso si el juez se limita para determinar su propia competencia a indicar las normas vulneradas sin y que el Art. 22) f) concede la facultad explicar por qué18. de “Conocer y resolver a solicitud del agraviado de conflictos que puedan 18. ZAGREBELSKY, Gustavo, El derecho surgir entre los Poderes u Órganos dúctil: Ley, derechos y justicia, Ed. Trotta, Madrid, 1995, Pág. 147 y ATIENZA, Manuel, “Para una razonable definición 19. De forma general, PICÓ i JUNOY, de lo razonable”, Revista Doxa, N. 4, Joan, Las garantías constitucionales del 1987, Pág. 189. proceso, Bosch, Barcelona, 1997. Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 11
  • 12. fundamentales de los Estados, y En la documentación histórica cuando de hecho no se respeten los examinada, no se encontró el fallos judiciales. Sin embargo, no fundamento de esta disposición, aun logró explicar los fundamentos de cuando cabe precisar que la Corte de su competencia para este caso en Justicia Centroamericana nace como concreto. fruto de las conferencias celebradas a finales de 1907, en Washington, D.C., La CCJ no solo no explicó los motivos para buscar una solución pacífica a las por los cuales se autodenominó diferencias entre países del istmo, como supraconstitucional y se autoatribuyó tribunal de derecho público y no como la potestad para revisar una sentencia tribunal de un sistema de integración21 ...de la XIII Cumbre firme del máximo tribunal en materia -inexistente en esa época-, por lo de Presidentes que al momento de incorporar este constitucional de un Estado soberano, de Centroamérica polémico artículo en el Estatuto de la sino que ni siquiera acreditó los en 2004, surgió CCJ las considerables diferencias con elementos objetivos de la pretensión la propuesta, que exige el artículo 22 (f) de su su predecesora tendrían que haberse que no prosperó, Estatuto. En la sentencia no existe tomado en cuenta en la redacción de de reformar el nada que acredite: 1- la existencia su régimen de competencias. Estatuto de la CCJ de un conflicto entre dos órganos y específicamente fundamentales del Estado; y 2- la En segundo lugar, de la XIII Cumbre este artículo, por existencia de un agravio. de Presidentes de Centroamérica en considerar que 2004, surgió la propuesta, que no dicha atribución Este artículo tiene un antecedente prosperó, de reformar el Estatuto de constituye una histórico en el artículo anexo a la la CCJ y específicamente este artículo, intervención en los Convención para el Establecimiento de por considerar que dicha atribución asuntos internos una Corte de Justicia Centroamericana, constituye una intervención en los de los Estados conocida también como Corte de asuntos internos de los Estados y y una atribución Cartago, suscrita en Washington, una atribución de competencia que de competencia D.C., el 20 de diciembre de 1907, el los países de Centroamérica no han que los países de cual nunca entró en vigencia porque, cedido22. En el proyecto de reformas, Centroamérica no dado su alcance, requería de una se suprime de tajo esta “competencia” han cedido. ratificación específica, que nunca y se le dejan únicamente competencias se logró. Dicho artículo estipulaba consultivas en materia de integración, textualmente que “La Corte de pero no relacionadas con los órganos Justicia Centroamericana conocerá internos de los Estados, ya que para también de los conflictos que pueda ello están los tribunales nacionales23, haber entre los Poderes Legislativo, tal como se transcribe a continuación: Ejecutivo y Judicial, y cuando de hecho no se respeten los fallos judiciales o las resoluciones del Congreso Nacional”20. 21. Ibis in idem, Págs. 22 y siguientes. 22. Ver Instrumentos Jurídicos del Sistema de Integración Centroamericana, editados 20. Puede consultarse GUTIÉRREZ, por la SIECA, 3ª edición, julio 2011, Págs. Carlos José, La Corte de Justicia 243 y siguientes. Centroamericana, Ediciones Juricentro, 23. CARÍAS, Patricia y AGUILAR, Jimena, San José, 1978, Pág. 45, quien menciona “En 2004 CA ratificó la inhibición a que en los 10 años de funcionamiento, la Corte Centroamericana de dirimir dicho tribunal de derecho público nunca conflictos entre poderes” en www.elfaro. hizo uso de esta atribución. net/es/201207/noticias/9059/. Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 12
  • 13. Propuesta de reforma al lit. f) artículo de la Constitución. No existe un 22 del Estatuto de la CCJ: “Actuar conflicto entre el Juez que es la Sala como órgano de consulta de los de lo Constitucional y la Asamblea órganos y organismos del sistema Legislativa, que es la parte demandada. de la integración Centroamericana La existencia de un fallo adverso para en la interpretación y aplicación una de las partes, no hace surgir un del “Protocolo de Tegucigalpa de conflicto entre esta y el tribunal que Reformas a la Carta de la ODECA y resuelve. Lo que existe es una decisión de los instrumentos complementarios obligatoria pronunciada por el órgano y actos derivados de los mismos (sic)”. encargado para administrar justicia. Si bien el deber de motivar la sentencia La sentencia que surge del proceso incumbía a la CCJ y aun cuando tampoco puede dar lugar a un conflicto, hemos dejado claro que la CCJ no está porque es de obligatorio cumplimiento facultada para pronunciarse sobre los para todos los ciudadanos y Órganos fallos de la Sala de lo Constitucional, del Estado (Art. 183 Cn.). Se trata No existe un a continuación presentamos algunas de una resolución judicial, cuyo conflicto entre el consideraciones para determinar si contenido se puede compartir o no, Juez que es la Sala en este caso podíamos valorar que pero su cumplimiento no es optativo de lo Constitucional estábamos en presencia de un conflicto si se quiere vivir en un Estado de y la Asamblea entre órganos, en el marco del artículo Derecho y en una república donde Legislativa, 22 (f). Los aspectos relacionados con el poder no es absoluto sino que se que es la parte la existencia de un agravio, no serán reparte entre órganos fundamentales demandada. La razonados en la medida que -tal como independientes, para evitar abusos. existencia de un se concluye- al no existir el primer fallo adverso para presupuesto habilitante que exige este Cuando la parte que resulta afectada una de las partes, artículo, no se vuelve necesario entrar en el proceso de inconstitucionalidad no hace surgir un a establecer el segundo. se niega a cumplir la sentencia, no conflicto entre esta surge un conflicto con el juzgador, sino y el tribunal que En El Salvador, la legitimidad una desobediencia a sentencia judicial, resuelve. para solicitar que una norma o por lo que en el caso planteado por la acto se declaren contrarios a la Asamblea Legislativa de El Salvador Constitución corresponde a cualquier ante la CCJ, no estábamos en presencia ciudadano (Art. 183 Cn.). Una vez de un conflicto. presentada la demanda, se inicia un verdadero proceso, en el que existe Es imperativo señalar que la CCJ un demandante, un demandado y en ningún momento realiza una un tribunal, que es la Sala de lo fundamentación lógica de por qué Constitucional. Las posiciones considera que existe una contienda contrarias surgen entre el ciudadano entre órganos. Parece asumir que la que demanda y el Órgano que emitió mera desobediencia de una sentencia la norma o el acto, en este caso, la es un conflicto, lo cual no hace Asamblea Legislativa que nombró sentido constitucional, puesto que magistrados de la Corte Suprema de la separación de poderes depende Justicia por segunda ocasión. Esta de que cada órgano sea respetado actuación fue impugnada por un en las decisiones que le compete ciudadano por considerarla violatoria tomar, y la decisión final en materia Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 13
  • 14. constitucional le corresponde a la Sala CCJ y de rango inferior al Estatuto. En de lo Constitucional. ese orden de ideas, es inaceptable que a través de la OP, los magistrados de la La funcionalidad de El Salvador como CCJ puedan ampliar las competencias una república se vería afectada bajo que los países signatarios han esta lógica, pues cualquier control consignado en el Estatuto. La validez interorgánico con el que el órgano de este capítulo de la ordenanza de controlado no estuviera de acuerdo, procedimientos debería ser revisada. pudiera ser impugnado ante la CCJ, aniquilando el carácter definitivo de la En lo pertinente, la parte final del justicia constitucional y, por ende, los artículo 63 de la OP establece que “el frenos y contrapesos nacionales. fallo se fundamentará en el derecho público del Estado respectivo”, ...las sentencias de Considerando que no existió un enunciado que tiene relación directa inconstitucionalidad conflicto, la demanda interpuesta por con la falta de competencia de la CCJ referidas, lejos la Asamblea Legislativa no debió para conocer de este caso, por los de ser un haber sido admitida, ya que el supuesto motivos siguientes: Las sentencias de atentado contra que la originó se encuentra fuera del la Sala de lo Constitucional referentes a la democracia ámbito del Art. 22 f) del Estatuto de la elección de funcionarios de segundo y el sistema dicho tribunal. grado, no tienen vinculación alguna republicano con las obligaciones adquiridas por de división de Por otra parte, vale la pena hacer una El Salvador como parte del proceso poderes, como breve referencia al capítulo V de la de integración centroamericana, no alegó la Asamblea Ordenanza de Procedimientos de la se trata de uno de sus tratados ni de Legislativa en CCJ (OP), que constituye un norma normas internas derivadas de estos; su demanda, que regula el funcionamiento operativo se trata ni más ni menos que de la constituían un del tribunal y que no ha sido suscrita ni interpretación y aplicación de la legítimo control ratificada por los Estados, en la cual se Constitución de la República, y por lo interorgánico han incorporado criterios para resolver tanto, están fuera de la competencia de por medio del las “controversias constitucionales” a la CCJ. proceso de las que hace referencia el artículo 22(f) constitucionalidad... del Estatuto de la CCJ. Dicho capítulo Por si fuera poco, el asunto sobre el está integrado por dos artículos en que versaba la inconstitucionalidad los que se ha pretendido establecer declarada era por un vicio de forma, un procedimiento abreviadísimo para ya que ni siquiera estaba en cuestión la resolver dichas controversias (Arts. 62 potestad que tiene el Poder Legislativo y 63). de nombrar a los magistrados, sino el hecho de si había respetado o no el La validez y la consecuente utilización procedimiento constitucional que en de dichas normas es objetable en la El Salvador se exige para ejercer esa medida que la ordenanza es una norma facultad. De este modo, las sentencias operativa, que no ha implicado un de inconstitucionalidad referidas, acto de manifestación de voluntad lejos de ser un atentado contra la de los Estados. La Ordenanza de democracia y el sistema republicano Procedimientos no ha sido suscrita ni de división de poderes, como alegó la ratificada, es una normativa interna a la Asamblea Legislativa en su demanda, Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 14
  • 15. constituían un legítimo control así como el de los otros magistrados interorgánico por medio del proceso de propietarios y suplentes. constitucionalidad, cuya tramitación es imperativa una vez que se ha En síntesis, la CCJ manifestó que los solicitado por cualquier ciudadano. Estados no pueden alegar derecho interno para desconocer obligaciones El Salvador tiene la obligación de internacionales. La CCJ también reconocer a la CCJ en las materias en agrega que la Constitución de El las que le ha otorgado competencia. Salvador reconoce la creación de Todo aquello que no se ha delegado organismos supranacionales, a lo cual en las instituciones de integración ya se hizo alusión en el apartado 1. sigue siendo potestad de los Estados. Sin duda alguna, el control de Estas consideraciones del tribunal constitucionalidad no se ha cedido, resultan contradictorias con la parte porque es de la esencia misma de la final del artículo 63 de la ordenanza existencia del Estado interpretar las en el que se establece que el fallo se El Salvador tiene normas que lo sustentan, tal como se fundamentará en el derecho público la obligación explicó en el apartado 1 de este boletín. interno de los Estados, ya que si esta de reconocer a disposición se hubiese respetado, la la CCJ en las • Valoración de los medios CCJ tendría que haber reconocido materias en las probatorios el carácter supremo de la Sala para que le ha otorgado interpretar la Constitución y su propia competencia. Todo Como se relacionó en el apartado del incompetencia para conocer de este aquello que no se curso procesal, el 18 de julio de 2012, caso. ha delegado en vencido el plazo para el informe sin las instituciones de que el Órgano Judicial de El Salvador Además, la prueba es sobre la existencia integración sigue se hiciera presente en el proceso, se de hechos. El derecho una vez siendo potestad abrió a pruebas por un plazo de diez establecido se interpreta, y aun cuando de los Estados. días hábiles. En esta oportunidad, los hechos estén determinados, esto no Sin duda alguna, el Dr. Ovidio Bonilla se apersonó en exime al tribunal de unirlos mediante el control de representación del Órgano Judicial, una lógica argumentativa al derecho. constitucionalidad luego de haber tomado ilegítima Es decir, de motivar su decisión. Los no se ha cedido... posesión de su cargo y a pesar de que hechos en este caso eran que había se trataba de un recurso presentado una sentencia de inconstitucionalidad por la inconstitucionalidad de su que expulsaba del ordenamiento nombramiento, es decir, a pesar de jurídico un acto legislativo. Si la CCJ ser parte interesada. El 11 de agosto se había atribuido arbitrariamente la se celebró la audiencia en la cual se calidad de Tribunal Constitucional allanó a la demanda. En la práctica Centroamericano, era de esperarse que esto llevó a un resultado aberrante, ya por lo menos interpretara las normas que la prueba valorada en el proceso en que fundamentaba su sentencia, consistió en el testimonio del Dr. pero se limitó a anunciar que su fallo Bonilla durante el cual se le pidió que se basaría en derecho comunitario y se pronunciara sobre la sentencia de la en el ordenamiento jurídico nacional, Sala de lo Constitucional que declaraba pero no hay ningún análisis de fondo inconstitucional su nombramiento – de disposiciones jurídicas nacionales o Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 15
  • 16. comunitarias y todo se reduce a citas no debió pronunciar su sentencia. En abstractas de números de artículos. La su disidencia consta cierto análisis CCJ incluso se refiere al artículo 83 respecto de uno de los elementos inciso tercero de la Constitución de El objetivos de la pretensión, pero que Salvador, pero este artículo no tiene respecto de la competencia de la CSJ, más que un inciso. coincide con el resto de magistrados. Así es como, tras autoproclamarse 6. Inaplicabilidad declarada por la “Tribunal Supranacional Sala de lo Constitucional Constitucional”, sin más prueba que las declaraciones del Dr. Ovidio Mediante resoluciones del 17 y del Bonilla y luego de haber rechazado 29 de agosto de 2012, la Sala de lo las solicitudes de tercería y de amicus Constitucional declaró inaplicable la ...tras sentencia de la CCJ por ser un obstáculo curiae, la CCJ falló ilegítimamente a autoproclamarse para la ejecución de las sentencias favor de la Asamblea Legislativa. “Tribunal 19-2012 y 23-2012 emitidas por la Supranacional 5. Votos de los magistrados Sala y que, dado que le corresponde Constitucional”, sin nombrados por El Salvador juzgar y hacer ejecutar lo juzgado de más prueba que conformidad con el artículo 172 Cn., las declaraciones El Magistrado Ricardo Acevedo cuenta con la facultad de inaplicar,24 del Dr. Ovidio Peralta quiso agregar sus propias tal como lo había manifestado en Bonilla y luego de razones para votar favorablemente por la inaplicabilidad decretada ante la haber rechazado la sentencia. Añadió que esta llenaría admisión de la demanda en la CCJ y la las solicitudes un vacío constitucional en El Salvador, medida cautelar allí establecida25. de tercería y de lo cual significa que a su juicio, la amicus curiae, CCJ tiene facultad para reformar y La Sala parte de la función que la la CCJ falló crear normas constitucionales, para Constitución le otorga y que se resume hacer constitución de El Salvador. en el carácter de máximo intérprete y ilegítimamente También dijo que facilitaría el diálogo final o juez último de la Constitución. a favor de la constructivo entre las autoridades. La Sala continúa explicando que en la Asamblea Finalmente, estimó que la sentencia situación que dio origen a la demanda Legislativa. fortalecería la estructura funcional del planteada por la Asamblea Legislativa, SICA. se erigió como juez y no como parte, por lo que no cabe entender que haya Por su parte, el Magistrado Alejandro habido conflicto entre poderes. Gómez Vides disintió de la opinión del resto de magistrados, en un voto razonado. Inicialmente, en la admisión 24. Sala de lo Constitucional de la Corte de la demanda afirmó la competencia Suprema de Justicia, resolución para conocer en el presente caso. Sin de inaplicabilidad en proceso de embargo, en su voto disidente, se inconstitucionalidad 19-2012, del 17 de decantó por un razonamiento basado agosto de 2012. 25. Sala de lo Constitucional de la Corte en la inexistencia de un conflicto Suprema de Justicia, resolución jurídico entre los órganos sino uno de inaplicabilidad en proceso de político. Además, si lo hubiese habido, inconstitucionalidad 19-2012 y Sala de lo Constitucional, resolución el mismo terminó con el allanamiento de inaplicabilidad en proceso de del Dr. Bonilla en nombre del inconstitucionalidad 23-2012, ambas del Órgano Judicial, por lo cual la CCJ 25 de junio de 2012. Departamento de Estudios Legales, DEL/FUSADES Boletín 141 / Septiembre 2012 e.legal@fusades.org 16