Es una síntesis, es el derecho de participación elector, es decir la posibilidad de participar por medio de las elecciones en la decisión que habrá de tomarse.
El sufragio no se concede en ninguna parte a todo el pueblo; aunque a veces se concede a los que no viven en él, como en el caso del voto por correo.
Distinción tradicional: sufragio restringido y sufragio universal.
Es aquel que se concede sólo a quienes cumplen ciertos requisitos de fortuna, de educación o de sexo.
Presente: Ha sido desterrado como práctica abierta.
Pasado: Sirvió para excluir de la función electoral a grandes grupos de la población.
Formas: Según el tipo de limitación: censitario, capacitario, y masculino.
Sufragio censitario : Aquel que exige determinadas condiciones económicas como la obtención de un mínimo de ingresos o la propiedad territorial.
Censitario : de la denominación censo electoral ( que se daba en algunas partes a la cifra de contribuciones necesarias para adquirir derecho).
Sufragio Capacitario : Se funda en una requerimiento de capacidad intelectual para poder participar. Dicha capacidad se media por el grupo de instrucción; permitiendo ampliar el régimen del sufragio censitario.
Sufragio masculino : consiste en limitar la participación electoral sólo a los varones.
Constituía un obstáculo que se consideraba eliminado si todos los hombres en sentido estricto, podían acceder al proceso electoral.
Por otra parte la mujer, permanecía al margen de los asuntos políticos, o le otorgaba al hombre la representatividad de su opinión.
El primer lugar donde se implanto el voto femenino fue en el estado de Norteamérica de Wyoming en 1890 .
Tiende a conceder la posibilidad de intervenir en las elecciones a un número cada vez mayor personas, reduciendo al mínimo las restricciones y haciendo que éstas se refieran a características intrínsecas del individuo y no de la posesión de bienes o conocimientos.
Requisitos: ciudadanía, la edad, la capacidad, el domicilio, la dignidad, la lealtad.
El sufragio es el derecho civil y constitucional a votar a los cargos públicos. En un sentido amplio, el sufragio abarca el activo , en donde se determina quienes tienen derecho al ejercicio del voto (uso más común); y el pasivo , que refiere quienes y en que condiciones tienen derecho a ser elegidos.
Sufragio censitario : se opone al sufragio igual . Es todo aquel sufragio limitado a las personas incluidas en un censo restringido. Esto no es incompatible con el sufragio universal .
es la consecución de la igualdad con los hombres en el derecho a votar. Fue la meta de las sufragistas occidentales, que dirigieron un movimiento liberal y democrático muy importante a principios del siglo XX , y por la que protestaron enérgicamente durante muchos años hasta conseguirlo.
es el concepto opuesto al anteriormente citado. Consiste en la restricción del sufragio universal sólo a votantes masculinos.
La elección es un procedimiento que consiste en que los miembros de una colectividad determinen la expresión libre de su voluntad, de quien o quienes deberán dirigirlos o representarlos.
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