Presentación de la conferencia 'Control social a la gestión pública', presentada por John Sudarsky, presidente de la Corporación para el control social-CONTRIAL, en el marco del
Primer Encuentro Internacional: ‘Participación ciudadana; el camino hacia la paz”
Control social a la gestión pública_1 Encuentro Internacional Participación
1. Control social a la gestión pública
Primer Encuentro Internacional: ‘Participación ciudadana; el
camino hacia la paz”
@CCONTRIALwww.controlsocialcolombia.co corpocontrial.co@gmail.com
John Sudarsky
Presidente
2. Índice
a. Raíces constitucionales, soberanía en el Pueblo, el Consejo Nacional de
Planeación y su centralidad, la ley que reguló los mecanismos de participación,
planeación participativa y veedurías.
b. Los datos del BARCAS, las series históricas y sus efectos en el capital social.
c. La expectativa de la Ley Estatutaria de Participación y sus nuevos cambios.
d. La relación entre el Control Social, la Democracia Participativa, la Democracia
Representativa y el concepto del Llamado a Cuentas (Accountability).
e. Propuesta de Sistema Electoral Mixto, Eslabonamiento Legislativo y
Establecimiento de Relación Principal- Agente.
f. Conclusiones.
3. a. Raíces constitucionales, soberanía en el Pueblo, el
Consejo Nacional de Planeación y su centralidad, la
historia jurídica, la ley que reguló los mecanismos de
participación y planeación participativa, los distintos
mecanismos y veedurías.
Control social a la gestión pública
4. b. Los datos del BARCAS, las series
históricas y sus efectos en el capital social
8. c. La expectativa de la Ley Estatutaria de
Participación y sus nuevos cambios
9. Del Control Social a lo Público (I)
El Control Social es un derecho y un deber de los ciudadanos a participar ya sea de
manera individual o a través de organizaciones, redes sociales e instituciones, en la
vigilancia de la gestión pública y sus resultados (Art. 60)
El Control Social se considera un elemento transversal y permanente de todo el ciclo de la
política pública y ya no vinculado exclusivamente a la fase final.
Alcance del Control Social . Quien haga Control Social podrá:
a) Solicitar información pública en términos del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
b) Presentar observaciones de la labor desarrollada.
c) Presentar peticiones, denuncias, quejas y reclamos ante las autoridades
competentes.
d) Presentar acciones populares en los términos de la Ley 472 de 1998.
e) Presentar acciones de cumplimiento en los términos de la Ley 393 de 1997.
f) Presentar acciones de Tutela en los términos del Decreto 2591 de 1991.
g) Participar en Audiencias Públicas ante los entes que las convoquen
h) Hacer uso de recursos y acciones legales que se requieran y a los que haya lugar,
para hacer control social.
(Art. 62)
10. Del Control Social a lo Público (II)
Objetivos del Control Social :
a) Fortalecer la cultura del lo público en el ciudadano .
b) Contribuir a mejorar la gestión pública desde su eficiencia, eficacia y trasparencia.
c) Prevenir riesgos y hechos de corrupción en la gestión pública.
d) Fortalecer la participación ciudadana que contribuya al manejo transparente y
eficiente de los asuntos públicos.
e) Apoyar y complementar la labor de los organismos de control.
f) Propender por el cumplimiento de los principios constitucionales que rigen la
función pública.
g) Promover el liderazgo y la participación con miras a democratizar la gestión
pública.
h) Poner en evidencia las fallas de la gestión pública y formular propuestas para
mejorarla.
i) Contribuir a las garantías y restablecimiento de los derechos sociales, económicos
y culturales.
(Art. 64)
11. La Ley la define como un proceso mediante el cual las entidades de la Admón. Pública,
del nivel nacional y territorial y los servidores públicos dan a conocer los resultados de
su gestión a la ciudadanía, a la sociedad civil, a otras entidades públicas y organismos de
control. Comprende acciones de petición de información, explicaciones y evaluación de
la gestión (Art.48)
Principios de la Rendición de Cuentas: Continuidad y permanencia, apertura y
transparencia, amplia difusión y visibilidad. Se fundamenta en elementos de
información, lenguaje comprensible para el ciudadano , diálogo e incentivos (Art.49)
Las entidades de la Admón. Pública, del nivel nacional y territorial tienen la obligación
de rendir cuentas a la ciudadanía en forma permanente en los términos y condiciones
previstos en el articulo 78 de la Ley 1474 de 2011. (Art. 50)
El Gobierno Nacional, a través del Departamento Administrativo dela función pública y
con el apoyo del DNP elaboraron el Manual Único de Rendición de Cuentas- Guía de
Obligatoria observancia para las entidades públicas en el proceso de Rendición de
Cuentas (Art.51)
La Rendición de Cuentas expresión del Control Social (I)
12. La Rendición de Cuentas expresión del Control Social (II)
El Manual Único de Rendición de Cuentas contiene:
Los lineamientos metodológicos para que las entidades de la Rama Ejecutiva del
orden nacional y territorial realicen la Rendición de Cuentas y recomendaciones parea
las demás ramas del poder público y entidades de la Admón. Pública. Incluye criterios
para determinar los temas de interés de la ciudadanía, el desarrollo sectorial y regional
y lineamientos de información, gobierno abierto y mecanismos de participación
ciudadana.
Instrumentos y herramientas que permiten concretar en acciones los conceptos
constitutivos de la Rendición de Cuentas: a) Información de calidad en lenguaje claro
sobre los procesos y resultados de la gestión pública, b) diálogo con la ciudadanía para
dar explicaciones y justificaciones, responder a las inquietudes de los ciudadanos
respecto a la gestión pública y c) incentivos a los servidores públicos y ciudadanos,
que se refieren a acciones que refuerzan y motivan hacia la rendición de cuentas.
Las entidades de la Admón. Pública deben elaborar anualmente una Estrategia de
Rendición de Cuentas, cumplimento con los lineamientos del Manual Único y debe incluir
instrumentos y mecanismos de rendiciones de cuentas, lineamientos de Gobierno en
línea, los contenidos, realización de audiencias públicas y otras formas permanentes de
control social (Art. 52)
13. La Rendición de Cuentas expresión del Control Social (III)
Rendición de Cuentas de las JAL, Concejos Municipales y Asambleas Departamentales
Las Corporaciones Públicas del orden territorial deben elaborar anualmente un Plan de
Acción de Rendición de Cuentas, cumpliendo con los lineamientos del Manual Único
(Art.58).
Los presidentes del las JAL, Concejos y Asambleas elaborarán mínimo una vez al año, un
Informe de Rendición de Cuentas del desempeño de la respectiva célula , el cual debe
quedar a disposición del público de manera permanente en la web y oficinas de archivo
de cada una de estas corporaciones y en la Secretaria General (Art. 59)
El Informe de Rendición de Cuentas debe contener como mínimo una relación de
proposiciones presentadas, negadas, aprobadas y pendientes, un inventario de debates
adelantados y Proyectos de Acuerdo presentados, negados, aprobados y pendientes; un
informe delos aspectos administrativos, financieros, laborales y contractuales, así como
de asuntos pendientes que requieren continuidad en su trámite.
El Congreso eliminó su rendición de cuentas en el proceso de conciliación bajo amenaza
de hundir la ley
14. Oferta de Información o Estructuración de
Audiencias
En el mundo post moderno, la atención del ciudadano es volátil. Por ello el
problema se centra mucho mas en estructurar las audiencias, los grupos de
personas que concentren y tengan focalizada la atención que la necesaria
oferta de información.
Organizaciones o Individuos: Uno de los hallazgos más negativos de la
medición del capital social (2005-2011) es que en la incorporación de la
ciudadanía a la institucionalidad se hace sacrificando las relaciones
horizontales, las relaciones de confianza entre iguales existentes, un efecto
del Clientelismo.
Cómo recuperar la Movilización Ciudadana: Tercera ola de la democracia
(Avritzer, 2000) 1997-2011
15. 12.73
8.36
5.68
0.00
2.00
4.00
6.00
8.00
10.00
12.00
14.00
1997 2005 2011
Promedios Pertenencia OV Seculares
0.00
0.20
0.40
0.60
0.80
1.00
1.20
1.40
1.60
1.80
2.00
1997 2005 2011
Deportiva
Sindicato
Salud
Partido
Cultural
Ecologica
Caridad/humanitaria
Mujer
Etnia
Gremio
Cooperativa
Educativa
Seguridad
Accion comunal/barrio
Agraria
Otra
Promedios de Pertenencia a OV seculares
Desmovilización de la Sociedad Civil :Caída de OV seculares
17. d. La relación entre el Control Social, la Democracia
Participativa, la Democracia Representativa y el concepto
del Llamado a Cuentas (Accountability)
Los mecanismos de participación colectivos hay que verlos como mecanismos de forjar
la voluntad colectiva: Qué quiere colectivamente la ciudadanía.
Pero estos pueden ser tan solo circunloquios para expresar la voluntad colectiva si no
tienen una Democracia Representativa que permita conectar esta voluntad colectiva.
No quiere decir que no se deban estructurar y estimular, pues permiten resolver una de
las principales fuentes de Perdida de Agencia: Que los representantes (Agente)no sepan
qué quiere el colectivo de ciudadanos (Principal). El otro elemento para cerrar el círculo
virtuoso de la relación Principal- Agente es que el colectivo de ciudadanos sepa quién es
el representante para poder llamarlo a cuentas.
El gran bache: El concepto de Principal-Agente y su ausencia en Latinoamérica y su
expresión en los sistemas electorales. Representación y proporcionalidad. Para eso se
inventaron los sistemas mixtos.
No es una sorpresa entonces es que sea en Latinoamérica donde se inventan los
mecanismos de participación deliberativos para compensar las deficiencias mas
protuberantes del representativo, la ausencia de la relación Principal- Agente y con
ello la abundancia de sistemas electorales proporcionales.
21. 0
5
10
15
20
25
30
35
40
5 - 10.000 10 - 20.000 20 - 50.000 50 - 100.000 100 - 500.000 Más 500000
Eslabonamiento legislativo por tamaño del municipio
1997 2005 2011
22. e. Propuesta de Sistema Electoral Mixto, Eslabonamiento
Legislativo y Establecimiento de Relación Principal- Agente
La deficiencia del concepto de Principal-Agente en el Sistema Electoral
Colombiano es especialmente protuberante ante la imposibilidad de identificar
quién es el representante en el momento de la votación, produciéndose así
niveles extremamente bajos en Eslabonamiento entre ciudadano y
representantes.
Por ello se ha propuesto un Sistema Electoral Mixto
(www.sistemaelectoralmixto.com) que permita identificar en los Distritos
Uninominales quién es el Representante de una colectividad de Electores y
simultáneamente asegurar la Proporcionalidad entre los votos depositados y
las curules obtenidas.
Se resuelve así además el problema del Tamaño del Ámbito dentro del cual es
cognitivamente posible para un ciudadano no especializado entender, opinar y
participar en las decisiones colectivas.
24. ¡El Circulo Virtuoso!
Por medio de Planeación y Presupuesto participativo/ deliberativos la ciudadanía (Principal)
en un contexto de recursos limitados, define qué prioriza y qué quiere. Esta ciudadanía
sabe colectivamente sobre qué hacer la Veeduría y ejercer el Control Social.
El representante (el Agente) de un colectivo de ciudadanos (Constituency) elegido con un
sistema electoral que le permita identificar con claridad (Distrito Uninominal) a quién
representa, gestiona esta voluntad colectiva y los ciudadanos controlan que así lo haga. Se
une democracia participativa y representativa.
De esta manera se materializa la rendición de cuentas (Accountability) y el Control
Ciudadano.
Dada la estructura de representación territorial de la sociedad civil desde lo local hasta lo
nacional, se genera una estructura de articulación de ella.
Con la tarea del Consejo Nacional de Participación, la ciudadanía encuentra una estructura
parsimoniosa para su movilización, donde se sabe para cada uno de los ámbitos de
participación a Qués se va, y Qué se va a debatir/decidir.
Dada la Transparencia ante la ciudadanía movilizada, la Gobernabilidad, Legitimidad y
Racionalidad del sistema aumenta.
25. La ciudadanía (el principal) define qué
prioriza y qué quiere y sabe sobre qué
hacer veeduría y control social
El representante (el agente)
gestiona la voluntad colectiva y
los ciudadanos controlan que
así lo haga
Se materializa la Rendición de
Cuentas (Accountability) y el
Control Ciudadano
Se genera una estructura de
articulación de la sociedad civil
desde lo local hasta lo nacional
La ciudadanía encuentra una
estructura parsimoniosa
para su movilización
La gobernabilidad, legitimidad y
racionalidad aumenta
Planeación
Participativa
y
Presupuestos
Participativos
¡El Círculo Virtuoso !
26. El control no es un capital de suma cero: (Tannenbaum
et.al. Hierarchy in Organizations, 1974)
0
1
2
3
4
5
6
1 2
Bajo Control Igual
Alto Control Igual
Bajo Control Desigual
Alto Control Desigual
27. La enorme oportunidad del proceso de Paz
Punto Dos de la Habana: Solo para las Farc
(Circunscripciones de Paz) o para Todos los
Colombianos.
Ley Estatutaria de Planeación que regula la
Planeación Participativa.
28. Gracias por su atención.
@CCONTRIALwww.controlsocialcolombia.co corpocontrial.co@gmail.com
Notas del editor
Conocimiento y uso de mecanismos de participación como variable, como impacta los factores.
Lo primero en destacar respecto a la construcción de ámbitos intermedios es Medellín, donde las comunas se activaron a través del ejercicio de los presupuestos participativos y cuya continuidad se mantuvo por lo menos durante dos administraciones. Este aumento de Medellín en el ranking de las ciudades en Ksocial se debió a que logró “amarrar” la sociedad a través del ejercicio de Presupuestos Participativos locales desarrollados en las comunas. Es importante destacar que Medellín y la región de Antioquia en el 2011 registraron los mayores promedios de conocimiento y uso de los Presupuestos Participativos como Mecanismos de Participación