Este documento describe los requisitos y procedimientos para solicitar la autorización de un programa de importación temporal bajo el régimen de exportación de servicios, con el fin de establecer un hotel. Detalla los pasos para presentar la solicitud, los bienes que se pueden importar, las obligaciones de exportación, y los beneficios e implicaciones del programa.
2. REQUISITOS….
• Inscribirse en el Registro Nacional de Turismo
• Formular solicitud escrita para la aprobación de un
programa de los Sistemas Especiales de Importación-
Exportación para la Exportación de Servicios.
• Importa BK con exención de gravamen y pago de IVA
diferido por tiempo de duración del programa.
* Contrato Leasing
* Información técnica básica
* Constatar vida útil a partir de la
fecha de fabricación, precio cuando
nuevo.
3. PARA PRESENTAR SOLICITUD DE AUTORIZACIONA
AL PROGRAMA.
a) Razón Social, Número de Identificación Tributaria “NIT” y domicilio del usuario
b) Identificación del programa
c) Cupo de importación autorizado en dólares Americanos.
d) Descripción de los bienes de capital y repuestos autorizados a importar con
cargo al programa y servicios que prestarán.
e) Monto, plazo para constituir y vigencia de la garantía;
f) Compromisos de exportación, formas, medios y fechas para su cumplimiento.
g) Lugar de permanencia de los bienes de capital y repuestos importados al
amparo del programa;
h) Vigencia del reconocimiento del usuario y del programa.
4. ……………………
i) El servicio que prestará debe estar clasificado en el
CIIU.
El nuestro se encuentra
con Nº 55.11: Alojamientos.
* Una vez presentados los documentos, la DIAN se
tomará 15 días para dar respuesta o hasta 2 meses
en caso que tenga que hacer visitas, etc., si faltan
documentos dará 1 mes para completarlos, sino se
hace en este lapso se entenderá que se desistió de la
solicitud.
5. DURACIÓN DEL PROGRAMA
La duración del programa será: el tiempo del plazo
para importar, entendido como el plazo requerido
para la importación de los respectivos
bienes, efectuar el montaje y puesta en marcha de
los bienes de capital, más 19 meses.
6. •
Seis (6) meses para acreditar la demostración definitiva de
los compromisos de exportación;
Tres (3) meses para la verificación correspondiente;
Un (1) mes para realizar las correcciones o ajustes que sean
del caso por parte del usuario;
Tres (3) meses para acreditar ante la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales, la terminación del régimen de
importación temporal;
Seis (6) meses adicionales para la actuación administrativa
que corresponda, ya sea la cancelación de la garantía o la
efectividad de la misma ante el incumplimiento resultante."
7. TIEMPO PARA DEMOSTRAR
EXPO.
• Dicho periodo será igual al de vigencia
del programa, con 1 mes adicional para
certificar el compromiso de expo.
8. • La autorización del programa se nos debe
hacer por acto administrativo o documento
donde se conste la autorización.
• Nuestras operaciones serán directas y
reembolsables.
9. BENEFICIOS
• Importar BK libre de arancel, pago diferido de IVA para
el desarrollo del objeto social de la empresa.
• Estamos exentos de IVA, por los paquetes que
vendamos a los No Residentes y residentes.
• No Impuesto de Timbre por los contratos que
registremos, gracias a que somos exportadores de
servicios.
10. • No estamos obligados a registrar los contratos que
generemos al exportar nuestros servicios.
• Si remodelamos o creamos un nuevo hotel estaremos
exentos de Impuesto a la Renta por 30 años.
• Además quienes nos presten sus servicios para lograr
a cabalidad el nuestro también estarán exentos del
impuesto a la renta. Buen incentivo para que
atraigamos
12. NUESTRAS OBLIGACIONES
• Cumplir con el compromiso de exportación. Que es 1.5 veces el
valor FOB de los bienes de capital importados.
Demostrar con facturas, además con de certificación dada por
Rep. Legal y Revisor Fiscal.
• Mostar documentos soporte, que son el/los contratos, reintegro..
• Mantener los BK, en el lugar establecido como el lugar donde
prestará su utilidad.
• Si no ocurre, sanción de aprehensión y decomiso.
13. • Los compromisos de exportación de servicios deberán
acreditarse mediante la presentación de certificación del
Representante Legal y Revisor Fiscal, donde consten los
valores facturados por concepto de la exportación de
servicios y los valores en dólares efectivamente recibidos
por dicho concepto.
• Además de sebe llevar un libro contable, para finalizando
Abril de cada año presentar un informe consolidado de las
operaciones de prestación de servicios, con sus
respectivas facturas.
• Dec. 2099 de 2008
14. Garantía X el 20% del cupo habilitado
• Como se contratarán Chefs internacionales debemos
registrar por VUCE los contratos de importación de
servicios Formulario 5.
• Debemos hacer un consolidado de facturas
• Mantener como actividad económica principal la
presentada en la solicitud que da lugar a la
autorización, durante toda la vida del programa del sistema
15. MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA
A) Ampliación del plazo para la importación de los respectivos
bienes
B) Aumento o disminución del cupo de importación
C) Importación mediante contrato de Leasing.
D) Cesión total o parcial del cupo de importación
E) Remplazo del programa por ruptura o fusión o cualquier otra
forma de reorganización empresarial f) Reestructuración de
compromisos definitivos de exportación.
16. CAMBIOS EN LOS COMPROM DE
EXPORTACION
1) Cuando el cupo de importación no haya sido utilizado en
su totalidad
2) Cuando el usuario haya importado bienes cuyas
especificaciones definitivas varíen la capacidad de
producción establecida inicialmente
3) Cuando el servicio de exportación previsto en el
compromiso inicial sea modificado
4) Cuando las vigencias inicialmente previstas en el
compromiso de exportación, sean afectadas por
condiciones del mercado externo,
17. • La solicitud de restructuración de los
compromisos la debemos hacer antes del
vencimiento del programa.
• Los compromisos de exportación y
demostración los podemos prorrogar
hasta por 3 meses.
18. DAREMOS FIN A NUESTRO
PROGRAMA
• Cuando hayamos cumplido las
obligaciones.
• Por no utilización total del cupo de
importación dentro de los plazos
establecidos en el programa.
• Terminación unilateral
19. TRIBUTOS ADUANROS EN LA
TERMINACIÓN DEL REGIMEN.
• Exención total del arancel si cumple el compromiso
de exportación.
• Pago proporcional del arancel si se incumple
compromiso.
• Pago de tributos, mas 100% si se incumple
compromiso y no se justifica.
20. • EL IVA se causará cuando se importe
ordinariamente, pudiéndosele aplicar
porcentajes de depreciación de los
equipos y repuestos.
21. SANCIONES
• Terminación unilateral por enajenación o cambio
de sitio o uso de los bienes, efectividad de la
póliza y decomiso.
• Multa por el 20% del cupo de importación
utilizado, por no demostrar compromiso.
• Multa del 5% del cupo utilizado por
demostración extemporánea.
22. • Multa del 20% del cupo utilizado por no
terminar el régimen o no mantener la
actividad principal por la que fue
autorizado el programa.
23. Que bienes de capital podemos importar?
• Según decreto 2394/2000 se podrán importar
los bienes de capital del capitulo del arancel del
84 al 90 y la partida 94
• Cap. 85Máquinas, aparatos y material
eléctrico, y sus partes
• Cap. 86 Vehículos
automóviles, tractores, velocípedos y demás
vehículo
24. PARTIDAS
• 8501.10.10.00
Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o
reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido
en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos .
8704.21.10.00
Vehículos automóviles para transporte de mercancías. De peso total con carga
máxima superior a 5 t
9402.10.10.00
Aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte;
anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares;
construcciones prefabricadas, Sillones de dentista, de peluquería y sillones
similares, y sus partes:
25. X ZONA FRANCA ESPEC.
• 8703.24.10.20
Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos
terrestres, sus partes y accesorios
Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos
principalmente para transporte de personas (excepto los de la partida
87.02), incluidos los del tipo familiar («break» o «station wagon») y los
de carreras.
• 8704.23.00.00
Vehículos automóviles para transporte de mercancías. De peso total
con carga máxima superior a 20 t