TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
Alimentos
1. FACULTAD DE DERECHO
Curso: Derecho de Familia
Tema: Derecho de Alimentos
Profesora: Távara Sánchez, Emilia
Integrantes:
-Vittor Villanueva, Jhosselin
-Bautista Morales, Carmen
2014
2. ALIMENTOS
“Es el deber impuesto jurídicamente a una persona de
asegurar la subsistencia de otra persona. Los alimentos
comprende todo lo necesario para el sustento, habitación,
vestido y asistencia médica del alimentista, según su rango
social”
Emilia Távara Vílchez
3. En los casos de hijos menores con indubitable
relación familiar, el juez deberá otorgar la
asignación anticipada de alimentos, actuando de
oficio, en el caso que no se haya solicitado, luego
de notificada la resolución que admite a trámite
la demanda de alimentos. El juez fija la pensión
de alimentos en proporción a las necesidades del
hijo alimentista y de las posibilidades de quien
debe de darlos. Los ingresos del padre
demandado se pueden afectar en un máximo de
60%.
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4. “El obligado a prestar alimentos puede pedir que
se le exonere si disminuyen sus ingresos, de modo
que no pueda atenderla sin poner en peligro su
propia subsistencia, o si ha desaparecido en el
alimentista el estado de necesidad.
Tratándose de hijos menores, a quienes el padre o
la madre estuviese pasando una pensión
alimenticia por resolución judicial, esta deja de
regir al llegar aquéllos a la mayoría de edad.
Sin embargo, si subsiste el estado de necesidad
por causas de incapacidad física o mental
debidamente comprobadas o el alimentista está
siguiendo una profesión u oficio exitosamente,
puede pedir que la obligación continúe vigente.”
CAUSALES DE
EXONERACION DE
ALIMENTOS
5. La pensión alimenticia se incrementa o
reduce según el aumento o la disminución
que experimenten las necesidades del
alimentista y las posibilidades del que
debe prestarla. Cuando el monto de la
pensión se hubiese fijado en un
porcentaje de las remuneraciones del
obligado, no es necesario nuevo juicio
para reajustarla. Dicho reajuste se
produce automáticamente según las
variaciones de dichas remuneraciones.
INCREMENTO O
DISMINUCION DE
ALIMENTOS
6. Reciente proyecto de ley aprobado por el Pleno
del Congreso de la República que amplía de 2 a 15
años el plazo de prescripción de los juicios por
alimentos, a fin de proteger el derecho de los
menores a recibir una manutención de sus padres
que modifica el inciso 4 del artículo 2001 del
Código Civil.
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7. El sistema judicial en tema de alimentos debe
aportar que al no llegarse a un acuerdo directo,
justo y negociar en condiciones equilibradas, el
demandado se tendrá que someter a una
rigurosidad y rapidez del sistema judicial que en
un inicio va a establecer condiciones muy
favorables a favor de quien solicita alimentos,
desapareciendo la incertidumbre y el miedo; por
lo tanto el mensaje a la sociedad es disuasivo y
eso es lo que se busca al final.
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