condición de íntimo todo aquello que la persona valora como tal. privacidad , es decir, con aquello que se ejecuta a la vista de pocos, familiar o domésticamente.
Tiene la condición de íntimo todo aquello que la persona valora como tal. Lo íntimo es invisible. Lo privado es visible para unos pocos. Lo público es necesariamente visible.
documento público se caracteriza porque no admite prueba en contrario (las escrituras notariales, por ejemplo). documento privado , en cambio, es aquel que puede ser rebatido por otros medios de prueba (a través de testigos, de otros documentos, etc...)
Derecho a que su HC se custodie en condiciones de confidencialidad, integridad y seguridad. o Derecho a que sea accesible únicamente por las personas y en los casos previstos en la Ley. o Derecho a acceder a su contenido y a obtener copia de los documentos que la integran (nunca a llevarse el original). o Derecho a que se rectifique su contenido, en caso de que sea inexacto. o Derecho a cancelar o bloquear datos en los casos previstos en la ley. En definitiva, la ley no se refiere a la HC en términos de propiedad. Lo sustancial son los derechos y deberes que corresponden a cada uno de los sujetos involucrados en la HC (paciente, profesional sanitario, administración).
La Ley obliga a que se incorpore a la HC toda aquella información que se considere trascendental para el conocimiento veraz y actualizado del estado de salud del paciente (arts. 14.1 y 15.1 de la Ley 41/2002). La HC (art. 15.2 Ley 41/2002) ha de contener, como mínimo
¿Significa esto que han de incorporarse a la HC todos y cada uno de los datos extraídos de la atención sanitaria, incluso si el médico los considera irrelevantes? La respuesta es no . La HC debe incorporar sólo aquello que sea necesario,a juicio del médico, para realizar un adecuado diagnóstico y tratamiento, Falsear datos de una HC puede suponer la comisión de un delito de falsedad en documento oficial (arts. 390 a 392 del Código Penal). La HC no debe recoger comentarios y expresiones injuriosas odespectivas que atenten contra la dignidad del paciente. Tampoco en el apartado reservado a las anotaciones subjetivas. respetando en todo caso el contenido mínimo fijado por la Ley
La HC de un paciente puede contener comentarios personales, impresiones ohipótesis de los profesionales responsables de su asistencia. Las Anotacionessubjetivas (AS) constituyen un apartado de la HC que únicamente debe estar a disposición de los profesionales sanitarios y no del paciente. Las AS no son anotaciones privadas, sino que están a disposición de todos los profesionales que atienden al paciente.
Los datos genéticos de carácter personal se conservarán durante un período mínimo de cinco años desde la fecha en que fueron obtenidos. Si no mediase solicitud del interesado, los datos se conservarán durante el plazo que sea necesario para preservar la salud de la persona de quien proceden o de terceros relacionados con ella. Fuera de estos supuestos, los datos únicamente podrán conservarse, con fines de investigación, de forma anonimizada, sin que sea posible la identificación del sujeto fuente. si lo que se pretende es conservar las HC con fines de investigación, estadísticos o epidemiológicos por encima del plazo de 5 años, se puede hacer siempre que se proceda a la disociación,