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Área de Promoción Empresarial y del Empleo
EL AYUNTAMIENTO NOTIFICA UNA VEINTENA
DE NUEVOS DECRETOS A LOCALES DE LOS
DISTRITOS CENTRO Y ESTE POR EXCESO
DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA
En el primer semestre de este año se han notificado más de 300
actas entre apercibimientos y ocupaciones de hecho. Los hosteleros
que incumplan reiteradamente reciben este nuevo modelo de
documento que les informa de la posibilidad de que el Consistorio
se ampare en la vía penal
La concejala Ana Navarro recuerda que este año se han dictado
279 autorizaciones para mesas, sillas y toldos a establecimientos
que sí cumplen la normativa municipal
17/06/2014.- El Ayuntamiento de Málaga, dentro de la línea de trabajo abierta
para el control de la ocupación de la vía pública, ha notificado el pasado fin
de semana una veintena de decretos a establecimientos hosteleros de los
distritos Centro y Este en los que se han detectado incumplimientos de
forma reiterada; estos se suman a los notificados recientemente en el
distrito Teatinos. La concejala de Promoción Empresarial y del Empleo,
Ana Navarro, ha explicado que en la última semana el Área de Promoción
Empresarial y del Empleo ha remitido un total de cuarenta decretos que
incorporan una nueva redacción en la que se aclara de forma explícita que
el incumplimiento de la orden de retirada de mesas y sillas no autorizadas
se considerará desacato a la autoridad y el Consistorio iniciará medidas
legales por la vía penal.
Todos los establecimientos a los que se han remitido este tipo de decretos
cuentan con actas apercibimiento y ocupación de hecho previas, a pesar
de las cuales han mantenido el nivel de ocupación que las motivó. En
concreto, los nuevos decretos establecen que sea la Policía Local la que
notifique y compruebe la retirada de cuantos elementos ocupan la vía
pública sin autorización o excediéndose la ocupación autorizada, “dando
cuenta al Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública del
incumplimiento de la orden de retirada, a fin de que la Asesoría Jurídica
Municipal pase el tanto de culpa a la jurisdicción competente por desacato
a la autoridad”.
Además, ordenan la retirada de los elementos y advierten de que, con
independencia de las actuaciones de carácter judicial, la ordenanza de Vía
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2. Pública recoge como infracción muy grave la desobedicencia y sanciona tal
conducta con multas de 1.500 a 3.000 euros. Asimismo el texto dispone que en
caso de que el hostelero requerido para ello no retire el mobiliario de terraza,
será el propio Ayuntamiento el que realice esa tarea y repercuta sus gastos al
empresario, girándole una liquidación en función del coste del servicio de
desmontaje, transporte o custodia de los elementos.
En el primer semestre del año se han notificado más de 300 actas entre
apercibimientos y ocupaciones de hecho relativas a mesas y sillas o a toldos,
que se suman a las 900 remitidas a lo largo del año pasado. En este sentido, la
concejala ha aclarado que las ocupaciones de hecho conllevan el cobro al
empresario de la superficie no autorizada que ocupa, y vienen acompañadas
de un apercibimiento ya que se le advierte de la necesidad de retirar los
elementos y se les invita, en caso de que sea posible, a que los regularice.
Además de las actas, a lo largo de ste mandato se han realizado actuaciones
puntuales de retirada de mesas y sillas, todo ello con el objetivo de garantizar
el derecho de los vecinos a transitar de una forma cómoda y sin obstáculos.
ORDENANZA REGULADORA DE LA OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA
La ordenanza reguladora de la ocupación de la vía pública establece que
“únicamente se autorizará la instalación de mesas cuando la acera tenga una
anchura superior a 3 metros libres al tráfico de peatones, salvo que se
determine mediante un plan de aprovechamiento de la zona afectada, que con
dicha ocupación no se dificulta el paso peatonal. La anchura mínima de la
acera deberá ser de 3 metros cuando la ocupación se realice junto a la fachada
propia, 3´50 metros si la ocupación se realiza junto al bordillo y no existe
aparcamiento en batería adyacente a la acera y 4 metros si la ocupación se
hace junto al bordillo y existe estacionamiento en batería adyacente a la acera”.
En cualquier caso, la normativa municipal establece que la ocupación máxima
no podrá sobrepasar el 50 % de la anchura de la acera y será obligatorio que,
una vez instalada la terraza, exista un espacio libre de paso de, al menos 1´50
metros de anchura situado preferentemente junto a la línea de fachada, así
como una separación de 0´5 metros respecto del bordillo junto a la calzada.
Cuando el ancho de la acera esté comprendido entre 3 y 4´50 metros, sólo se
podrá autorizar una fila de mesas.
MEDIDAS PARA FAVORECER LA ACTIVIDAD HOSTELERA
Ana Navarro ha querido dejar claro que el control de la ocupación irregular no
colisiona con la defensa de la actividad empresarial en el sector hostelero y ha
asegurado que “es una medida que cuenta con el apoyo de las principales
asociaciones de hostelería porque beneficia a los empresarios que cumplen,
que son la mayoría, y ayuda a erradicar la competencia desleal de la que
precisamente se quejan muchos de estos empresarios que pagan sus tasas y
se sienten en inferioridad de condiciones”.
Navarro ha recordado que el Área ha dictado desde comienzos de año un total
de 279 autorizaciones para mesas, sillas y toldos (rígidos y abatibles) que se
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3. suman a los 1.225 cuyas autorizaciones se han renovado. “Desde el
Ayuntamiento fomentamos la actividad empresarial porque otorgamos cada
año nuevas autorizaciones y renovamos otras tantas que permiten a los
empresarios ejercer la actividad, realizar nuevos contratos de trabajo o
mantener el empleo existente. El hostelero debe saber que apoyamos su
actividad pero es imprescindible y necesario que cumpla la normativa”, ha
insistido la edil.
Además, Navarro ha explicado que se han aprobado desde el año 2011 un
total de nueve planes de planes de aprovechamiento (Pedregalejo, Plaza de la
Merced, Plaza de las Flores, Plaza Unicibay, Malagueta y las calles Strachan,
Bolsa, Sánchez Pastor y Chinitas) cuyo objetivo es establecer un marco
específico que sea menos restrictivo que el que establece la ordenanza de vía
pública y, al mismo tiempo, garantice el derecho de los ciudadanos a disfrutar
de los espacios públicos.
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