Etimológicamente el origen del vocablo Federalismo proviene del latín foedus-oris que significa unión, alianza, pacto, acuerdo. En este sentido, el término federalismo hace referencia al “arreglo político institucional basado en una distribución funcional y territorial del poder entre un ámbito central y ámbitos locales (estados, provincias o territorios) independientes o federados, los cuales participan de un pacto que se sustenta en la Constitución”
1. FEDERALISMO HOY EN DÍA
PRINCIPALES ASPECTOS
JURÍDICOS
Los principales fundamentos jurídicos del federalismo
mexicano se encuentran en los artículos 39, 40, 41 y 124
de la Constitución federal y sus raíces provienen de la
Constitución de 1824 reiteradas en el Acta Constitutiva y
de Reformas de 1847 y en la Constitución de 1857.
Constitucional de 1983 que buscó entre otros brindar mayor
precisión a los servicios a cargo de los gobiernos y administraciones
municipales.
AGENDA ACTUAL DEL
FEDERALISMO
De acuerdo con el Programa Especial para un Auténtico Federalismo 2002-
2006, los procesos de fortalecimiento del federalismo en México pueden
definirse como una descentralización política que impulsa relaciones
gubernamentales auténticamente federalistas y que fortalece a los gobiernos
locales al mejorar la profesionalización, la transparencia, la rendición de
cuentas y la participación ciudadana en los tres órdenes de gobierno. Los
procesos clave que contribuyen a la construcción de este auténtico federalismo.
1. Reforma del Estado: Se refiere a la construcción de la ingeniería
constitucional para lograr un auténtico federalismo.
1.2. Federalismo hacendario: Es el proceso mediante el cual se logran
acuerdos para distribuir los recursos y potestades tributarias entre los tres
órdenes de gobierno.
2.3. Redes de políticas y coordinación intergubernamental: Se refiere a la
creación de nuevas instituciones y mecanismos que permitan la articulación
de esfuerzos entre los tres órdenes de gobierno en un marco de respeto a
la autonomía local
La Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en su artículo 40, establece el carácter
federal de la organización política mexicana y reconoce
al federalismo como un arreglo institucional que se
distingue por la división de poderes entre un gobierno
federal y los gobiernos de los estados miembros. Un
Estado federal se caracteriza por la competencia
constituyente que en él tienen los estados miembros. Al
respecto, el artículo 124 Constitucional señala que en el
Estado mexicano los estados miembros tienen cierta
área de atribuciones sobre la que pueden legislar en
forma autónoma.
Etimológicamente el origen del
vocablo Federalismo proviene del latín foedus-
oris que significa unión, alianza, pacto, acuerdo. En
este sentido, el término federalismo hace referencia
al “arreglo político institucional basado en una
distribución funcional y territorial del poder entre un
ámbito central y ámbitos locales (estados, provincias
o territorios) independientes o federados, los cuales
participan de un pacto que se sustenta en la
Constitución”
En otro ámbito, los teóricos y estudiosos sobre el tema de
fortalecimiento al federalismo han discutido esta noción a
partir de la unión y la división de poderes. Para Alexis de
Tocqueville el federalismo implica la unión de estados
soberanos que, en conjunto, integraban la federación –“el
gran cuerpo de la Unión”.[2] Por su parte, para Charles de
Secondat, Barón de Montesquieu, el federalismo comprende
la necesidad de contrapesar el poder de los distintos niveles
de gobierno de una manera vertical y horizontal, para lo cual,
basándose en la teoría de pesos y contrapesos, fragmenta
cada nivel de gobierno en tres poderes independientes y
auto-regulables (poderes ejecutivo, legislativo y judicial en los
niveles federales y estatales).
En la Constitución de 1824 “La Nación adopta para su gobierno la república
representativa popular fereral” A partir de 1867 es México considerado
constitucionalmente federalista.
REFORMAS AL ARTÍCULO 115
OBJETIVOS
El FEDERALISMO SE DEFINE COMO
SU FUNDAMENTO