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2º BACHILLERATO
HISTORIA DE ESPAÑA, CURSO 2013-14
LAS RAICES DE LA ESPAÑA CONTEMPORÁNEA
1. Enumere y sitúe en el espacio los pueblos que colonizaron la Península Ibérica antes
de los romanos y los principales pueblos prerromanos
- situación cronológica y geográfica de los pueblos colonizadores y prerromanos
2. La conquista romana de la Península Ibérica y el proceso de romanización
- etapas de la conquista
- principales aspectos de la romanización
3. La Reconquista y los primeros reinos cristianos
- primeros núcleos de resistencia cristiana al Islam.
- expansión territorial de los reinos cristianos entre los siglos XI-XIII
4. Carácter y significado de la monarquía de los Reyes Católicos. La expansión
territorial efectuada en su reinado
- unión dinástica.
- anexiones territoriales (referencia al descubrimiento de América) y alianzas
matrimoniales
5. La política exterior del reinado de Felipe II
6.- Los decretos de Nueva Planta y la centralización borbónica
- decretos de Nueva Planta
- reforma administrativa
SIGLO XIX
TEXTOS:
Tema : Crisis del Antiguo Régimen
1. Constitución de 1812 (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del
comentario)
“Art. 1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos
hemisferios.
Art. 2. La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de
ninguna familia ni persona.
Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a
ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
Art. 4. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la
libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que
la componen [...].
Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica,
apostólica, romana, única y verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y
prohíbe el ejercicio de cualquier otra [...].
Art. 14. El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey.
Art. 17. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los
tribunales establecidos por ley”.
Cádiz, 19 de marzo de 1812
——————————————————–
2. Manifiesto de los persas (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del
comentario)
Era costumbre en los antiguos persas pasar cinco días en anarquía después del
fallecimiento de su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras
desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España a V.M. no
necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad [...]. La monarquía absoluta
[...] es una obra de la razón y de la inteligencia; está subordinada a la ley divina, a la
justicia y a las reglas fundamentales del Estado; fue establecida por derecho de
“conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus
Reyes [...]. Por todo lo cual pedimos se estime siempre sin valor esa Constitución de
Cádiz, y por no aprobada por V.M. ni por las provincias [...] porque estimamos las leyes
fundamentales que contiene de incalculables y trascendentales perjuicios, que piden la
previa celebración de unas Cortes españolas legítimamente congregadas en libertad y
con arreglo en todos a las antiguas leyes”.
Madrid, 12 de abril de 1814
Tema : Construcción y consolidación del Estado liberal
1. Manifiesto revolucionario (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del
comentario)
“Españoles:
La ciudad de Cádiz puesta en armas, con toda su provincia, con la Armada anclada en
su puerto [...], declara solemnemente que niega su obediencia al gobierno de Madrid,
segura de que es leal intérprete de todos los ciudadanos [...].
Hollada la ley fundamental, [...] corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno;
[...] muerto el municipio; pasto la Administración y la Hacienda de la Inmoralidad y del
agío; tiranizada la enseñanza; muda la prensa [...].Tal es la España de hoy [...].
Queremos que una legalidad común por todos creada tenga implícito y constante el
respeto de todos. Queremos que el encargado de observar la Constitución no sea su
enemigo irreconciliable [...]. Queremos que un gobierno provisional que represente
todas las fuerzas vivas del país asegure el orden, en tanto que el sufragio universal
eche los cimientos de nuestra regeneración social y política. Contamos para realizar
nuestro inquebrantable propósito con el concurso de todos los liberales, [...] con el
apoyo de las clases acomodadas, [...] con los amantes del orden, [...] con los ardientes
partidarios de las libertades individuales, [...] con el apoyo de los ministros del altar,
[...] con el pueblo todo [...]. Españoles: [...] Acudid a las armas, no con el impulso del
encono, siempre funesto; no con la furia de la ira, siempre débil, sino con la solemne y
poderosa serenidad con que la justicia empuña su espada. ¡Viva España con honra!
Cádiz, 19 de septiembre de 1868. Duque de la Torre, Juan Prim, Domingo Dulce,
Francisco Serrano Bedoya, Ramón Nouvilas, Rafael Primo de Rivera, Antonio Caballero
de Rodas, Juan Topete”
Gaceta de Madrid, 3 de octubre de 1868
——————————————————–
2. Manifiesto de Sandhurst (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del
comentario)
“Por virtud de la espontánea y solemne abdicación de mi augusta madre, tan
generosa como infortunada, soy el único representante yo del derecho monárquico en
España […]. Huérfana la nación ahora de todo derecho público y privada de sus
libertades, natural es que vuelva los ojos a su acostumbrado derecho constitucional y a
aquellas libres instituciones que ni en 1812 le impidieron defender su independencia ni
acabar en 1840 con otra empeñada guerra civil […]. Afortunadamente la monarquía
hereditaria y constitucional posee en sus principios la necesaria flexibilidad […] para
que todos los problemas que traiga su restablecimiento consigo sean resueltos de
conformidad con los votos y la convivencia de la nación. No hay que esperar que
decida yo nada de plano y arbitrariamente; sin Cortes no resolvieron los negocios
arduos los príncipes españoles allá en los antiguos tiempos de la monarquía […]. Por
mi parte, debo al infortunio estar en contacto con los hombres y las cosas de la Europa
moderna, y si en ella no alcanza España una posición digna de su historia […] culpa
mía no será ahora ni nunca. Sea lo que quiera mi propia suerte, ni dejaré de ser buen
español, ni […] buen católico, ni, como hombre del siglo, verdaderamente liberal”.
Alfonso de Borbón 1 de diciembre de 1874
Tema : Transformaciones económicas y cambios sociales en el siglo XIX y primer
tercio del siglo XX
1. Decreto de desamortización (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del
comentario)
“Señora:
Vender la masa de bienes que ha venido a ser propiedad del Estado, no es tan solo
cumplir una promesa solemne y dar garantía positiva a la deuda nacional por medio de
una amortización exactamente igual al producto de las ventas, es abrir una fuente
abundantísima de felicidad pública; vivificar una riqueza muerta; desobstruir los
canales de la industria y de la circulación; apegar al país por el amor natural y
vehemente a todo lo propio; ensanchar la patria; crear nuevos y fuertes vínculos que
liguen a ella; es, en fin, identificar con el trono excelso de Isabel II, símbolo de orden y
de libertad [...].
El decreto que voy a tener la honra de someter a la augusta aprobación de V.M. sobre
la venta de esos bienes adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material
ha de producir el beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda pública, es menester
que en su tendencia, en su objeto y aun en los medios por donde aspire a aquel
resultado, se enlace, se encadene, se funda en la alta idea de crear una copiosa familia
de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoye principalmente en el triunfo
completo de nuestras altas instituciones [...]”
Madrid, 19 de febrero de 1836. Juan Álvarez y Mendizábal
Gaceta de Madrid, 21 de febrero de 1836
——————————————————–
2. Manifiesto fundacional del Partido Socialista Obrero Español (Clasificación y
análisis / conceptos / desarrollo del comentario)
“Considerando que esta sociedad es injusta porque divide a sus miembros en dos
clases desiguales y antagónicas: una, la burguesía, que poseyendo los instrumentos de
trabajo es la clase dominante; otra, el proletariado, que no poseyendo más que su
fuerza vital es la clase dominada.
Que la sujeción económica del proletariado es la causa primera de la esclavitud en
todas sus formas: la miseria social, el envilecimiento intelectual y la dependencia
política.
Que los privilegios de la burguesía están garantizados por el Poder Político del cual se
vale para dominar al proletariado […].
El Partido Socialista tiene por aspiración:
Primero: La posesión del poder político por la clase trabajadora.
Segundo: La transformación de la propiedad individual o corporativa de los
instrumentos de trabajo (la tierra, las minas, los transportes, las fábricas, etc.) en
propiedad común de la sociedad entera […].
En suma, el ideal del Partido Socialista es la completa emancipación de la clase
trabajadora. Es decir, la abolición de todas las clases sociales y su conversión en una
solo de trabajadores libres e iguales, honrados e inteligentes […]
20 de julio de 1879
PREGUNTAS DEL SIGLO XIX
Tema: Crisis del Antiguo Régimen
1. Legislación social y económica de las Cortes de Cádiz
- principales medidas de carácter económico y social aprobadas por las Cortes
- significado de esta legislación: el fin del Antiguo Régimen económico y social
2. El problema sucesorio al final del reinado de Fernando VII
- las bases legales
- el resultado: la oposición carlista a la monarquía isabelina
Tema: Construcción y consolidación del Estado liberal
1. La década moderada del reinado de Isabel II (1844-1854)
- Constitución del 45.
- carácter centralista del Estado: división territorial y organización administrativa
2. La guerra de Cuba, 1895-1898
- su inicio y desarrollo. La intervención de los Estados Unidos
- el desenlace y sus consecuencias políticas e ideológicas
Tema: Transformaciones económicas y cambios sociales en el siglo XIX y primer
tercio del siglo XX
1. Principales medidas económicas del bienio progresista, 1854-1856
- continuación del proceso desamortizador
- otras medidas: reformas financieras y Ley General de Ferrocarriles
2. La evolución demográfica de España, 1800-1900
- el crecimiento de la población y sus componentes
- la emigración interna y externa
TEXTOS SIGLO XX
Tema: Crisis del Estado liberal, la Segunda República y la Guerra Civil
1. Manifiesto del general Miguel Primo de Rivera (Clasificación y análisis / conceptos
/ desarrollo del comentario)
“Al país y al ejército españoles:
Ha llegado para nosotros el momento más temido que esperado (porque hubiéramos
querido vivir siempre en la legalidad y que ella rigiera sin interrupción la vida española)
de recoger las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos amando a la
Patria no ven para ella otra solución que libertarla de los profesionales de la política,
de los que por una u otra razón nos ofrecen el cuadro de desdichas e inmoralidades
que empezaron en el año 98 y amenazan a España con un próximo fin trágico y
deshonroso […]. No tenemos que justificar nuestro acto, que el pueblo sano demanda
e impone […]. En virtud de la confianza y mandato que en mí han depositado, se
constituirá en Madrid un Directorio Militar con carácter provisional encargado de
mantener el orden público […]. No somos imperialistas, ni creemos pendiente de un
terco empeño en Marruecos el honor del ejército […]. Para esto, y cuando el ejército
haya cumplido las órdenes recibidas […] buscaremos al problema de Marruecos
solución pronta, digna y sensata […]. La responsabilidad colectiva de los partidos
políticos la sancionaremos con este apartamiento total a que los condenamos”.
La Vanguardia, Barcelona, 13 de septiembre de 1923
——————————————————–
2. Constitución de 1931 (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del
comentario)
“Art. 1. España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se
organiza en régimen de Libertad y de Justicia.
Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo.
La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los
Municipios y las Regiones […].
Art. 3. El Estado español no tiene religión oficial.
Art. 11. Si una o varias provincias, con características históricas, culturales y
económicas comunes, acordaran organizarse en región autónoma para formar un
núcleo político-administrativo dentro del Estado español, presentarán su Estatuto con
arreglo a lo establecido en el artículo 12.
Art. 27. La libertad de conciencia y el derecho a profesar y practicar libremente
cualquier religión quedan garantizados en todo el territorio español […].
Art. 39. Los españoles podrán asociarse o sindicarse libremente […].
Art. 51. La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de las
Cortes o Congreso de los Diputados.
Art. 52. El Congreso de los Diputados se compone de los representantes elegidos por
sufragio universal, igual, directo y secreto”.
Madrid, 9 de diciembre de 1931
Tema : La dictadura franquista
1. Fuero de los españoles (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del
comentario)
Art. 1º El Estado español proclama como el principio rector de sus actos el respeto a la
dignidad, la integridad y la libertad de la persona humana, reconociendo al hombre, en
cuanto portador de valores eternos y miembro de una comunidad nacional, titular de
deberes y derechos, cuyo ejercicio garantiza en orden al bien común.
Art. 2º Los españoles deben servicio fiel a la Patria, lealtad al Jefe del Estado y
obediencia a las leyes.
Art. 6º La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado español,
gozará de la protección oficial.
Nadie podrá ser molestado por sus creencias religiosas ni por el ejercicio privado de su
culto. No se permitirán otras ceremonias ni manifestaciones externas que las de la
Religión Católica.
Art. 10º Todos los españoles tiene derecho a participar en las funciones públicas de
carácter representativo; a través de la Familia, el Municipio y el Sindicato, sin perjuicio
de otras representaciones que las Leyes establezcan.
Art. 22º El Estado reconoce y ampara a la familia como institución natural y
fundamento de la sociedad, con derechos y deberes anteriores y superiores a toda Ley
humana positiva. El Estado protegerá especialmente a las familias numerosas. El
matrimonio será uno e indisoluble.
Art. 33º El ejercicio de los derechos que se reconocen en este Fuero no podrán atentar
a la unidad espiritual, nacional y social de España.
Dado en El Pardo, a 17 de julio de 1945. Francisco Franco.
—————————————————-
2. Convenio defensivo, de mutua defensa y ayuda económica entre Estados Unidos y
España (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario)
A) Convenio defensivo
Los Gobiernos de los Estados Unidos y España, deseosos de contribuir al
mantenimiento de la Paz y de la Seguridad internacional, han convenido lo siguiente:
Art. 1º […] Por parte de los Estados Unidos, el apoyo del esfuerzo defensivo español
[…] mediante la concesión de asistencia a España, en forma de suministro de material
de guerra y a través de un periodo de varios años, a fin de contribuir, con la posible
cooperación de la industria española, a la eficaz defensa aérea de España y para
mejorar el material de sus fuerzas militares y navales […].
El gobierno de España autoriza al gobierno de los Estados Unidos […] a desarrollar,
mantener y utilizar para fines militares, juntamente con el gobierno de España,
aquellas zonas e instalaciones bajo jurisdicción española que se convenga por las
autoridades competentes de ambos gobiernos […]
Art. 3º Las zonas que […] se preparen para su utilización conjunta, quedarán siempre
para pabellón y mando español […]. Sin embargo, los Estados Unidos podrán, en todo
caso, ejercer la necesaria vigilancia sobre el personal, instalaciones y equipo
estadounidense
B) Convenio de ayuda económica
Art. 1º El Gobierno de los Estados Unidos de América facilitará al Gobierno español
[…] la asistencia técnica y económica que se pida por el Gobierno español y se
apruebe por el de Estados Unidos de América conforme a las estipulaciones
convenidas en el presente convenio
Madrid, 26 de septiembre de 1953
Tema : La España actual
1. Constitución de 1978 (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del
comentario)
Art. 1º
1. España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho, que
propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia,
la igualdad y el pluralismo político.
2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del
Estado.
3. La forma política del Estado español en la Monarquía parlamentaria.
Art. 2º La Constitución de fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española,
patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a
la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre
todas ellas.
Art. 3º
1. El castellano es la lengua oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de
conocerla y el derecho a usarla.
2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas
Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus Estatutos.
Art. 137º El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las
Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de
autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.
Art. 138º
1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en
el artículo 2º de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio
económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y
atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no
podrá implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales
29 de diciembre de 1978
——————————————————–
2. Dictamen de la Comisión de las Comunidades Europeas: (Clasificación y análisis /
conceptos / desarrollo del comentario)
“Considerando que el Reino de España y la República Portuguesa han solicitado su
admisión como miembros de dichas Comunidades [la Comunidad Europea del Carbón
y del Acero, la Comunidad Económica Europea, la Comunidad Europea de la Energía
Atómica] […];
Considerando que las condiciones de admisión de estos Estados y las adaptaciones de
los Tratados constitutivos de las Comunidades que entraña su adhesión han sido
negociadas en el seno de Conferencias entre las Comunidades y los Estados
solicitantes […];
Considerando […] la primacía del Derecho comunitario sobre aquellas disposiciones
nacionales contrarias al mismo y la existencia de procedimientos que permiten
asegurar la uniformidad de interpretación del Derecho comunitario; que la adhesión a
las Comunidades implica el reconocimiento del carácter vinculante de estas normas
cuya observancia es indispensable para garantizar la eficacia y la unidad del Derecho
comunitario;
Considerando que los principios de democracia pluralista y de respeto de los derechos
humanos forman parte del patrimonio común de los pueblos de los Estados reunidos
en las Comunidades Europeas y constituyen, pues, elementos esenciales de la
pertenencia a dichas Comunidades;
Considerando que la ampliación de las Comunidades al Reino de España y a la
República Portuguesa contribuirá a fortalecer las salvaguardias de la paz y de la
libertad en Europa,
Emite un Dictamen Favorable
A la adhesión a las Comunidades Europeas del Reino de España y de la República
Portuguesa
Bruselas, 31 de mayo de 1985
PREGUNTAS CORTAS SIGLO XX
Tema: Crisis del Estado liberal, la Segunda República y la Guerra Civil
1. La crisis de 1917
- aspectos económicos, sociales, políticos y militares
2. Principales etapas militares de la Guerra Civil española, 1936-1939
Tema : La dictadura franquista
1. Fundamentos ideológicos del régimen franquista
- concentración de poderes
- bases ideológicas: anticomunismo, nacionalcatolicismo, tradicionalismo
2. Principales sectores y movimientos que se opusieron al franquismo, a partir de 1960
- sectores de la jerarquía eclesiástica
- movimiento obrero
- movimientos estudiantiles
- organizaciones nacionalistas
Tema: La España actual
1. Principales acontecimientos que se desarrollaron durante la transición democrática,
en el periodo 1975-1978
- gobierno Arias Navarro
- gobierno Adolfo Suárez y Ley para la reforma política
- legalización del PCE y elecciones de junio de 1977
2. Los gobiernos democráticos, 1978-1996
- los gobiernos de la UCD
- los gobiernos del PSOE
Pau 2013 14

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  • 1. 2º BACHILLERATO HISTORIA DE ESPAÑA, CURSO 2013-14 LAS RAICES DE LA ESPAÑA CONTEMPORÁNEA 1. Enumere y sitúe en el espacio los pueblos que colonizaron la Península Ibérica antes de los romanos y los principales pueblos prerromanos - situación cronológica y geográfica de los pueblos colonizadores y prerromanos 2. La conquista romana de la Península Ibérica y el proceso de romanización - etapas de la conquista - principales aspectos de la romanización 3. La Reconquista y los primeros reinos cristianos - primeros núcleos de resistencia cristiana al Islam. - expansión territorial de los reinos cristianos entre los siglos XI-XIII 4. Carácter y significado de la monarquía de los Reyes Católicos. La expansión territorial efectuada en su reinado - unión dinástica. - anexiones territoriales (referencia al descubrimiento de América) y alianzas matrimoniales 5. La política exterior del reinado de Felipe II 6.- Los decretos de Nueva Planta y la centralización borbónica - decretos de Nueva Planta - reforma administrativa
  • 2. SIGLO XIX TEXTOS: Tema : Crisis del Antiguo Régimen 1. Constitución de 1812 (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) “Art. 1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios. Art. 2. La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona. Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales. Art. 4. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen [...]. Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única y verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra [...]. Art. 14. El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria. Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey. Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey. Art. 17. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los tribunales establecidos por ley”. Cádiz, 19 de marzo de 1812 ——————————————————– 2. Manifiesto de los persas (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) Era costumbre en los antiguos persas pasar cinco días en anarquía después del fallecimiento de su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España a V.M. no
  • 3. necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad [...]. La monarquía absoluta [...] es una obra de la razón y de la inteligencia; está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado; fue establecida por derecho de “conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus Reyes [...]. Por todo lo cual pedimos se estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V.M. ni por las provincias [...] porque estimamos las leyes fundamentales que contiene de incalculables y trascendentales perjuicios, que piden la previa celebración de unas Cortes españolas legítimamente congregadas en libertad y con arreglo en todos a las antiguas leyes”. Madrid, 12 de abril de 1814 Tema : Construcción y consolidación del Estado liberal 1. Manifiesto revolucionario (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) “Españoles: La ciudad de Cádiz puesta en armas, con toda su provincia, con la Armada anclada en su puerto [...], declara solemnemente que niega su obediencia al gobierno de Madrid, segura de que es leal intérprete de todos los ciudadanos [...]. Hollada la ley fundamental, [...] corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno; [...] muerto el municipio; pasto la Administración y la Hacienda de la Inmoralidad y del agío; tiranizada la enseñanza; muda la prensa [...].Tal es la España de hoy [...]. Queremos que una legalidad común por todos creada tenga implícito y constante el respeto de todos. Queremos que el encargado de observar la Constitución no sea su enemigo irreconciliable [...]. Queremos que un gobierno provisional que represente todas las fuerzas vivas del país asegure el orden, en tanto que el sufragio universal eche los cimientos de nuestra regeneración social y política. Contamos para realizar nuestro inquebrantable propósito con el concurso de todos los liberales, [...] con el apoyo de las clases acomodadas, [...] con los amantes del orden, [...] con los ardientes partidarios de las libertades individuales, [...] con el apoyo de los ministros del altar, [...] con el pueblo todo [...]. Españoles: [...] Acudid a las armas, no con el impulso del encono, siempre funesto; no con la furia de la ira, siempre débil, sino con la solemne y poderosa serenidad con que la justicia empuña su espada. ¡Viva España con honra! Cádiz, 19 de septiembre de 1868. Duque de la Torre, Juan Prim, Domingo Dulce, Francisco Serrano Bedoya, Ramón Nouvilas, Rafael Primo de Rivera, Antonio Caballero de Rodas, Juan Topete”
  • 4. Gaceta de Madrid, 3 de octubre de 1868 ——————————————————– 2. Manifiesto de Sandhurst (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) “Por virtud de la espontánea y solemne abdicación de mi augusta madre, tan generosa como infortunada, soy el único representante yo del derecho monárquico en España […]. Huérfana la nación ahora de todo derecho público y privada de sus libertades, natural es que vuelva los ojos a su acostumbrado derecho constitucional y a aquellas libres instituciones que ni en 1812 le impidieron defender su independencia ni acabar en 1840 con otra empeñada guerra civil […]. Afortunadamente la monarquía hereditaria y constitucional posee en sus principios la necesaria flexibilidad […] para que todos los problemas que traiga su restablecimiento consigo sean resueltos de conformidad con los votos y la convivencia de la nación. No hay que esperar que decida yo nada de plano y arbitrariamente; sin Cortes no resolvieron los negocios arduos los príncipes españoles allá en los antiguos tiempos de la monarquía […]. Por mi parte, debo al infortunio estar en contacto con los hombres y las cosas de la Europa moderna, y si en ella no alcanza España una posición digna de su historia […] culpa mía no será ahora ni nunca. Sea lo que quiera mi propia suerte, ni dejaré de ser buen español, ni […] buen católico, ni, como hombre del siglo, verdaderamente liberal”. Alfonso de Borbón 1 de diciembre de 1874 Tema : Transformaciones económicas y cambios sociales en el siglo XIX y primer tercio del siglo XX 1. Decreto de desamortización (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) “Señora: Vender la masa de bienes que ha venido a ser propiedad del Estado, no es tan solo cumplir una promesa solemne y dar garantía positiva a la deuda nacional por medio de una amortización exactamente igual al producto de las ventas, es abrir una fuente abundantísima de felicidad pública; vivificar una riqueza muerta; desobstruir los canales de la industria y de la circulación; apegar al país por el amor natural y vehemente a todo lo propio; ensanchar la patria; crear nuevos y fuertes vínculos que liguen a ella; es, en fin, identificar con el trono excelso de Isabel II, símbolo de orden y de libertad [...].
  • 5. El decreto que voy a tener la honra de someter a la augusta aprobación de V.M. sobre la venta de esos bienes adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material ha de producir el beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda pública, es menester que en su tendencia, en su objeto y aun en los medios por donde aspire a aquel resultado, se enlace, se encadene, se funda en la alta idea de crear una copiosa familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoye principalmente en el triunfo completo de nuestras altas instituciones [...]” Madrid, 19 de febrero de 1836. Juan Álvarez y Mendizábal Gaceta de Madrid, 21 de febrero de 1836 ——————————————————– 2. Manifiesto fundacional del Partido Socialista Obrero Español (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) “Considerando que esta sociedad es injusta porque divide a sus miembros en dos clases desiguales y antagónicas: una, la burguesía, que poseyendo los instrumentos de trabajo es la clase dominante; otra, el proletariado, que no poseyendo más que su fuerza vital es la clase dominada. Que la sujeción económica del proletariado es la causa primera de la esclavitud en todas sus formas: la miseria social, el envilecimiento intelectual y la dependencia política. Que los privilegios de la burguesía están garantizados por el Poder Político del cual se vale para dominar al proletariado […]. El Partido Socialista tiene por aspiración: Primero: La posesión del poder político por la clase trabajadora. Segundo: La transformación de la propiedad individual o corporativa de los instrumentos de trabajo (la tierra, las minas, los transportes, las fábricas, etc.) en propiedad común de la sociedad entera […]. En suma, el ideal del Partido Socialista es la completa emancipación de la clase trabajadora. Es decir, la abolición de todas las clases sociales y su conversión en una solo de trabajadores libres e iguales, honrados e inteligentes […] 20 de julio de 1879
  • 6. PREGUNTAS DEL SIGLO XIX Tema: Crisis del Antiguo Régimen 1. Legislación social y económica de las Cortes de Cádiz - principales medidas de carácter económico y social aprobadas por las Cortes - significado de esta legislación: el fin del Antiguo Régimen económico y social 2. El problema sucesorio al final del reinado de Fernando VII - las bases legales - el resultado: la oposición carlista a la monarquía isabelina Tema: Construcción y consolidación del Estado liberal 1. La década moderada del reinado de Isabel II (1844-1854) - Constitución del 45. - carácter centralista del Estado: división territorial y organización administrativa 2. La guerra de Cuba, 1895-1898 - su inicio y desarrollo. La intervención de los Estados Unidos - el desenlace y sus consecuencias políticas e ideológicas Tema: Transformaciones económicas y cambios sociales en el siglo XIX y primer tercio del siglo XX 1. Principales medidas económicas del bienio progresista, 1854-1856 - continuación del proceso desamortizador - otras medidas: reformas financieras y Ley General de Ferrocarriles 2. La evolución demográfica de España, 1800-1900 - el crecimiento de la población y sus componentes - la emigración interna y externa
  • 7. TEXTOS SIGLO XX Tema: Crisis del Estado liberal, la Segunda República y la Guerra Civil 1. Manifiesto del general Miguel Primo de Rivera (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) “Al país y al ejército españoles: Ha llegado para nosotros el momento más temido que esperado (porque hubiéramos querido vivir siempre en la legalidad y que ella rigiera sin interrupción la vida española) de recoger las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos amando a la Patria no ven para ella otra solución que libertarla de los profesionales de la política, de los que por una u otra razón nos ofrecen el cuadro de desdichas e inmoralidades que empezaron en el año 98 y amenazan a España con un próximo fin trágico y deshonroso […]. No tenemos que justificar nuestro acto, que el pueblo sano demanda e impone […]. En virtud de la confianza y mandato que en mí han depositado, se constituirá en Madrid un Directorio Militar con carácter provisional encargado de mantener el orden público […]. No somos imperialistas, ni creemos pendiente de un terco empeño en Marruecos el honor del ejército […]. Para esto, y cuando el ejército haya cumplido las órdenes recibidas […] buscaremos al problema de Marruecos solución pronta, digna y sensata […]. La responsabilidad colectiva de los partidos políticos la sancionaremos con este apartamiento total a que los condenamos”. La Vanguardia, Barcelona, 13 de septiembre de 1923 ——————————————————– 2. Constitución de 1931 (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) “Art. 1. España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones […]. Art. 3. El Estado español no tiene religión oficial. Art. 11. Si una o varias provincias, con características históricas, culturales y económicas comunes, acordaran organizarse en región autónoma para formar un
  • 8. núcleo político-administrativo dentro del Estado español, presentarán su Estatuto con arreglo a lo establecido en el artículo 12. Art. 27. La libertad de conciencia y el derecho a profesar y practicar libremente cualquier religión quedan garantizados en todo el territorio español […]. Art. 39. Los españoles podrán asociarse o sindicarse libremente […]. Art. 51. La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de las Cortes o Congreso de los Diputados. Art. 52. El Congreso de los Diputados se compone de los representantes elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto”. Madrid, 9 de diciembre de 1931 Tema : La dictadura franquista 1. Fuero de los españoles (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) Art. 1º El Estado español proclama como el principio rector de sus actos el respeto a la dignidad, la integridad y la libertad de la persona humana, reconociendo al hombre, en cuanto portador de valores eternos y miembro de una comunidad nacional, titular de deberes y derechos, cuyo ejercicio garantiza en orden al bien común. Art. 2º Los españoles deben servicio fiel a la Patria, lealtad al Jefe del Estado y obediencia a las leyes. Art. 6º La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado español, gozará de la protección oficial. Nadie podrá ser molestado por sus creencias religiosas ni por el ejercicio privado de su culto. No se permitirán otras ceremonias ni manifestaciones externas que las de la Religión Católica. Art. 10º Todos los españoles tiene derecho a participar en las funciones públicas de carácter representativo; a través de la Familia, el Municipio y el Sindicato, sin perjuicio de otras representaciones que las Leyes establezcan. Art. 22º El Estado reconoce y ampara a la familia como institución natural y fundamento de la sociedad, con derechos y deberes anteriores y superiores a toda Ley humana positiva. El Estado protegerá especialmente a las familias numerosas. El matrimonio será uno e indisoluble.
  • 9. Art. 33º El ejercicio de los derechos que se reconocen en este Fuero no podrán atentar a la unidad espiritual, nacional y social de España. Dado en El Pardo, a 17 de julio de 1945. Francisco Franco. —————————————————- 2. Convenio defensivo, de mutua defensa y ayuda económica entre Estados Unidos y España (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) A) Convenio defensivo Los Gobiernos de los Estados Unidos y España, deseosos de contribuir al mantenimiento de la Paz y de la Seguridad internacional, han convenido lo siguiente: Art. 1º […] Por parte de los Estados Unidos, el apoyo del esfuerzo defensivo español […] mediante la concesión de asistencia a España, en forma de suministro de material de guerra y a través de un periodo de varios años, a fin de contribuir, con la posible cooperación de la industria española, a la eficaz defensa aérea de España y para mejorar el material de sus fuerzas militares y navales […]. El gobierno de España autoriza al gobierno de los Estados Unidos […] a desarrollar, mantener y utilizar para fines militares, juntamente con el gobierno de España, aquellas zonas e instalaciones bajo jurisdicción española que se convenga por las autoridades competentes de ambos gobiernos […] Art. 3º Las zonas que […] se preparen para su utilización conjunta, quedarán siempre para pabellón y mando español […]. Sin embargo, los Estados Unidos podrán, en todo caso, ejercer la necesaria vigilancia sobre el personal, instalaciones y equipo estadounidense B) Convenio de ayuda económica Art. 1º El Gobierno de los Estados Unidos de América facilitará al Gobierno español […] la asistencia técnica y económica que se pida por el Gobierno español y se apruebe por el de Estados Unidos de América conforme a las estipulaciones convenidas en el presente convenio Madrid, 26 de septiembre de 1953 Tema : La España actual 1. Constitución de 1978 (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario)
  • 10. Art. 1º 1. España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. 3. La forma política del Estado español en la Monarquía parlamentaria. Art. 2º La Constitución de fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. Art. 3º 1. El castellano es la lengua oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. 2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus Estatutos. Art. 137º El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses. Art. 138º 1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2º de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. 2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrá implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales 29 de diciembre de 1978 ——————————————————– 2. Dictamen de la Comisión de las Comunidades Europeas: (Clasificación y análisis / conceptos / desarrollo del comentario) “Considerando que el Reino de España y la República Portuguesa han solicitado su admisión como miembros de dichas Comunidades [la Comunidad Europea del Carbón
  • 11. y del Acero, la Comunidad Económica Europea, la Comunidad Europea de la Energía Atómica] […]; Considerando que las condiciones de admisión de estos Estados y las adaptaciones de los Tratados constitutivos de las Comunidades que entraña su adhesión han sido negociadas en el seno de Conferencias entre las Comunidades y los Estados solicitantes […]; Considerando […] la primacía del Derecho comunitario sobre aquellas disposiciones nacionales contrarias al mismo y la existencia de procedimientos que permiten asegurar la uniformidad de interpretación del Derecho comunitario; que la adhesión a las Comunidades implica el reconocimiento del carácter vinculante de estas normas cuya observancia es indispensable para garantizar la eficacia y la unidad del Derecho comunitario; Considerando que los principios de democracia pluralista y de respeto de los derechos humanos forman parte del patrimonio común de los pueblos de los Estados reunidos en las Comunidades Europeas y constituyen, pues, elementos esenciales de la pertenencia a dichas Comunidades; Considerando que la ampliación de las Comunidades al Reino de España y a la República Portuguesa contribuirá a fortalecer las salvaguardias de la paz y de la libertad en Europa, Emite un Dictamen Favorable A la adhesión a las Comunidades Europeas del Reino de España y de la República Portuguesa Bruselas, 31 de mayo de 1985
  • 12. PREGUNTAS CORTAS SIGLO XX Tema: Crisis del Estado liberal, la Segunda República y la Guerra Civil 1. La crisis de 1917 - aspectos económicos, sociales, políticos y militares 2. Principales etapas militares de la Guerra Civil española, 1936-1939 Tema : La dictadura franquista 1. Fundamentos ideológicos del régimen franquista - concentración de poderes - bases ideológicas: anticomunismo, nacionalcatolicismo, tradicionalismo 2. Principales sectores y movimientos que se opusieron al franquismo, a partir de 1960 - sectores de la jerarquía eclesiástica - movimiento obrero - movimientos estudiantiles - organizaciones nacionalistas Tema: La España actual 1. Principales acontecimientos que se desarrollaron durante la transición democrática, en el periodo 1975-1978 - gobierno Arias Navarro - gobierno Adolfo Suárez y Ley para la reforma política - legalización del PCE y elecciones de junio de 1977 2. Los gobiernos democráticos, 1978-1996 - los gobiernos de la UCD - los gobiernos del PSOE