110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
Decreto codigo postal
1. MUNICIPIO D E ANSERMANUEVO PAGINA - 1 de 2 -
V A L L E DEL CAUCA CÓDIGO : 076.041.250
NIT : 800.100.532-8 VERSIÓN 2
ACTOS ADMINISTRATIVOS FECHA DE APROBACIÓN:
02/Enero/2012
Decreto N° 0037
(27 de octubre de 2014)
"POR E L CUAL S E ADOPTA E L CODIGO POSTAL PARA E L MUNICIPIO DE
ANSERMANUEVO VALLE DEL CAUCA"
El Alcalde del Municipio de Ansermanuevo Valle, en ejercicio de las atribuciones
conferidas en la ley 136 de 1994 y
CONSIDERANDO:
Que la ley 1369 de 2009, estableció la utilización del Código Postal en la República de
Colombia, y radicó en cabeza del Ministerio de Tecnologías de la información y las
Comunicaciones, las fundones de estructurar, administrar y difundir el sistema de
codificadón postal.
Que la misma normatividad establece que todas las Entidades Territoriales del País, se les
ha asignado un Código Postal y es deber de las Autoridades Departamentales,
Distritales y Munidpales apoyar la difusión y conodmiento del mismo entre sus habitantes.
Que el Gobierno Nadonal expidió el Decreto 0852 de Abril 25 de 2013, mediante el cual
establece los términos y condidones para la adopdón del Código Postal en el Territorio
Nadonal.
Que el mencionado Decreto en su artículo 4 señala lo siguiente "Adopdón y uso por parte de
entidades y organismos de la Administraci6n Pública, se entenderá por adopdón del
"código Postal" su incorporadón en las bases de datos pertinentes y su uso continuó
por parte de los destinatarios del presente Decreto.
Para los anteriores efectos y respecto de las Entidades Territoriales, se entienden por Bases
de Datos pertinentes aquellas que relacionen direcdones o nomendaturas de los predios
urbanos y rurales sujetos a la jurisdicdón de la Entidad Territorial tales como la .base de
datos en donde conste la información catastral de los mismos y aquellas que contengan
nomenclatura vial.
Que el Sistema de Codificadón Postal está constituido por el conjunto de procedimientos
técnicos que deben seguirse en la revisión, actualizadón, administradón y difusión del
Código Postal, que se define como una serie de caracteres que se incluyen como Un
complemento a la direcdón y su utilizadón permitirá fadlitar y automatizar el
encaminamiento de los envios postales.
Que el Código Postal deberá estar compuesto por seis (06) dígitos con la siguiente
estructura: los dos primeros dígitos representan a los Departamentos Nacionales; El tercero
y cuarto dígito definen las zonas postales de encaminamiento al interior de cada
Departamento: los dos dígitos restantes indican la subdivisión al interior de cada zona postal.
Que para la Adopdón del Código Postal en las Entidades Territoriales deberá incluirse las
Bases de Datos pertinentes a la relación de direcdones o nomendaturas de los predios
urbanos y rurales sujetos a la Jurisdicdón de la Entidad Territorial, tales como la Base de
Datos en donde conste la información catastral de los mismos y aquella que contengan
nomendatura vial.
2. MUNICIPIO D E ANSERMANUEVO
V A L L E D E L CAUCA
NIT: 800.100.532-8
PAGINA - 2 de 2 -
CÓDIGO : 076.041.250
VERSIÓN 2
ACTOS ADMINISTRATIVOS FECHA DE APROBACIÓN:
02/Enero/2012
Por lo anteriormente expuesto, el Alcalde Municipal de Ansermanuevo Valle del Cauca,
DECRETA
ARTICULO PRIMERO: ADOPTAR el Código Postal para todo el territorio del municipio de
Ansermanuevo Valle del Cauca.
ARTICULO SEGUNDO: ADOPTAR como dígitos para el Código Postal en el Territorio del
Municipio de Ansermanuevo Valle del Cauca los siguientes de acuerdo con su
clasificación:
> Ansermanuevo: 762010
> Corregimiento el Vergel: 762017
< Corregimiento el Billar: 762018
ARTICULO TERCERO: INCORPORESE en las bases de datos pertinentes del
Municipio para uso continúo en cumplimiento del presente Decreto.
Parágrafo: para todos los efectos se entenderá como Base de Datos para el Municipio de
Ansermanuevo Valle del Cauca, el registro de direcciones y nomenclaturas de los predios
rurales y urbanos que reposan en la Secretaría Financiera e Infraestructura y Planeación
del Municipio y que hacen parte integral del presente Decreto.
ARTICULO CUARTO: REALIZAR las modificaciones necesarias y pertinentes en todas las
comunicaciones oficiales que se generen hacia la comunidad, y con otras entidades del
estado, mediante la inserción del código postal junto con la dirección de la entidad, tanto en
físico como medio digital o electrónico y de la misma manera modifiqúese también
documentos internos y actos administrativos.
ARTICULO QUINTO: PUBLICAR en medios electrónicos y de comunicación la expedición
del presente acto administrativo.
ARTICULO SEXTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Se expide en Ansermanuevo valle del cauca a los veintisiete (27) días del mes de octubre de
dos mil catorce (2014).
JOSE LUIS HERRERA RENDON
Alcalde Municipal.