Este documento define los conceptos de bienes y propiedad en derecho. Explica que un bien es cualquier cosa que puede ser objeto de una relación jurídica y convertirse en propiedad. Clasifica los bienes en corporales e incorporales, principales y accesorios, consumibles y no consumibles, fungibles y no fungibles, muebles e inmuebles. Define la posesión, propiedad y tipos de copropiedad. Finalmente, introduce la prescripción como un modo de adquirir el dominio de las cosas por posesión durante un tiempo legal.
El derecho real “es una relación de derecho por virtud de la cual una persona tiene la facultad de obtener de una cosa, exclusivamente, y en una forma oponible a todos, toda la utilidad que produce o parte de ella”.
Derecho: ley_cosas_cosas muebles_cosas inmuebles_cosas fungibles y no fungibles_cosas divisibles e indivisibles_prescripción adquisitiva_prescripción liberatoria...
POSESIÓN:
Definiciones Doctrinales
Teorías
Naturaleza Jurídica
Diferencia entre Posesión y Detentación
Objeto de la Posesión
Sujetos de la Posesión
Clases de la Posesión
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
IMÁGENES SUBLIMINALES EN LAS PUBLICACIONES DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁClaude LaCombe
Recuerdo perfectamente la primera vez que oí hablar de las imágenes subliminales de los Testigos de Jehová. Fue en los primeros años del foro de religión “Yahoo respuestas” (que, por cierto, desapareció definitivamente el 30 de junio de 2021). El tema del debate era el “arte religioso”. Todos compartíamos nuestros puntos de vista sobre cuadros como “La Mona Lisa” o el arte apocalíptico de los adventistas, cuando repentinamente uno de los participantes dijo que en las publicaciones de los Testigos de Jehová se ocultaban imágenes subliminales demoniacas.
Lo que pasó después se halla plasmado en la presente obra.
Presentación de la conferencia sobre la basílica de San Pedro en el Vaticano realizada en el Ateneo Cultural y Mercantil de Onda el jueves 2 de mayo de 2024.
2. CONCEPTO DE BIENES EN DERECHO Bien es toda cosa apropiable. Podemos añadir que bien es algo que puede ser objeto de una relación jurídica y que se convierte en propiedad cuando alguien la hace suya con exclusión de los demás, sin impórtanos que haya sido apropiada: nos interesa únicamente que pueda ser el contenido de un derecho.
3. CLASIFICACIÓN DE BIENES Bienes corporales: aquellos que pueden tocarse o apreciarse por los sentidos, es decir, que se trata de bienes que ocupan un lugar en el espacio. Bienes incorporales: son los que no pueden distinguirse físicamente, es decir, que no están materializados en cosa corpórea. Ejemplo: Bienes principales: son aquellos cuya existencia no depende de otros bienes y accesorios: Son aquellos cuya existencia y función deriva de un bien principal. Bienes consumibles: son aquellos que se extinguen o destruyen por el primer uso que de ellos se haga, siempre que este uso corresponda a su naturaleza.
4. Bienes no consumibles: son aquellos que no se extinguen o alteran por el primer uso que de ellos se haga, si no que resisten un número variado del mismo. Bienes fungibles: pueden ser indistintamente cambiados por otros, por la misma especio, cantidad y calidad; se trata de bienes que pueden ser reemplazados o intercambiados. Bienes no fungibles: se trata de bienes singulares que no pueden ser cambiados o remplazados por otros sin alterar su valor. BIENES MUEBLES E INMUEBLES. Son Bienes muebles por su naturaleza los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro o se mueven por sí mismos, o también por efectos de una fuerza exterior. Los bienes inmuebles son aquellos que no pueden trasladarse de un lugar a otro sin destruirse o alterar su naturaleza.
5. DERECHO DE POSESION Requiere de dos elementos: (El corpus) que es la cosa en si y el (animus rem sibí habendi) que es la intención de comportarse como su dueño, es decir la posesión requiere la intención y la conducta de un dueño. Se lleva a cabo por muchos títulos posesorios: arrendamiento, deposito, prenda. La persona con derecho de posesión no tiene por qué ser siempre el propietario, la protección de la posesión es provisional.
6. DERECHO DE PROPIEDAD Es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, su titular cuenta con la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley
11. Otros actos de disposición: Cuando el propietario constituye en favor de otra persona un derecho real limitado, como el usufructo: derecho a disfrutar bienes ajenos con la obligación a conservarlos, prenda o hipoteca.
14. 3.-TEMPORAL: Esta se establece o se forma únicamente por cierto lapso de tiempo por lo que concluido este dicho régimen se extingue. 4.-COPROPIEDAD PERMANENTE: Debe de existir, postergándose a través del tiempo, es decir de manera permanente la cosa estará sujeta a la copropiedad,(resulta similar a la copropiedad forzosa). 5.-COPROPIEDAD POR CAUSA DE MUERTE: Tiene su origen en la muerte de cierta persona, quien transmite hereditariamente una cosa bajo el régimen de copropiedad.
15. LA PRESCRIPCION La prescripción es un modo de adquirir el dominio de las cosas, o de extinguir las acciones o derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los demás requisitos legales. A prescripción puede ser de dos clases, adquisitiva que es el modo de adquirir la propiedad de una cosa por su posesión continuada durante el tiempo y con los requisitos que fija la ley. o extintiva que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones.